ARTÍCULO Nº 1002 (CVE: BOME-A-2020-1002) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5814 - viernes, 4 de diciembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Orden nº 5101 de fecha 1 de diciembre de 2020, relativa a designación de D. Andrés Vicente Navarrete como sustituto en casos de ausencia, enfermedad o impedimento del titular de la Dirección General de Economía, Competitividad e Innovación.
ANTECEDENTES Y
FUNDAMENTOS
I.- El
Consejo de Gobierno, en sesión extraordinaria de carácter urgente celebrada el
día 19 de diciembre de 2019, acordó la aprobación del DECRETO DE
DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE CONSEJERÍAS DE LA CAM (BOME Extraord. núm 43, de 19 de
diciembre de 2019, en el que se recoge como parte de la estructura en su
punto 4 la Consejería de, ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES.
Y en el apartado 4.1 ESTRUCTURA las siguientes
Direcciones Generales:
-
Dirección General
de Servicios Sociales
-
Dirección General
de Salud Pública y Consumo
-
Dirección General
de Coordinación y Relaciones con el Tercer Sector
-
Dirección General
de Economía, Competitividad e Innovación
II.- El
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019, relativo a
las nuevas denominaciones de las Direcciones Generales y Secretarías Técnicas
conforme al decreto de distribución de competencias de fecha 19 de diciembre de
2019 (BOME Extraord. núm. 43, de 19 de diciembre de 2019) hace referencia,
igualmente, al mantenimiento de las mismas y a su correcta denominación.
III.- El
artículo 13 de la Ley 40/20151 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector,
relativo a la suplencia, señala que:
1.
En la forma que disponga cada Administración Pública,
los titulares de los órganos administrativos podrán ser
suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así
como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación. Si no
se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por
quien designe el órgano administrativo inmediato superior de quien dependa.
2.
La suplencia no
implicará alteración de la competencia y para su validez no será necesaria su
publicación.
3.
En el ámbito de la Administración General del Estado,
la designación de suplente podrá efectuarse:
En los reales decretos de estructura orgánica básica
de los Departamentos Ministeriales o en los estatutos de sus Organismos
públicos y Entidades vinculados o dependientes según corresponda.
Por el órgano competente para el nombramiento del titular, bien en el propio acto de
nombramiento bien en otro posterior cuando se produzca el supuesto que dé lugar
a la suplencia.
4.
En las resoluciones y actos que se dicten
mediante suplencia, se hará constar
esta circunstancia y se especificará el titular del órgano en cuya suplencia se adoptan y quien efectivamente está ejerciendo esta
suplencia
IV.- El art.
56 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla (BOME. Extraord. núm. 2 de 30 de enero de 2017), relativo sustitución
de los Directores Generales, señala que:
por otro Director General
de la misma Consejería o por un empleado público de la misma u otra Consejería que reúna los requisitos establecidos en el artículo
54 del presente Reglamento, previa
autorización o conformidad de los titulares de las Consejerías afectadas.
2.
Las sustituciones se realizarán mediante
designación de sustituto por Orden del Consejero
a propuesta del titular de la
Dirección General.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
37301/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN
DISPONER
1.- Se designa como sustituto en casos de ausencia,
enfermedad o impedimento del titular de la Dirección General de Economía,
Competitividad e Innovación a D. Andrés Vicente Navarrete.
Dése traslado a D. ANDRÉS VICENTE NAVARRETE., y
publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, para su conocimiento
y efectos.
Melilla,
1 de diciembre de 2020,
El Consejero
de Economía y Políticas Sociales,
Mohamed
Mohamed Mohand