ARTÍCULO Nº 1007 (CVE: BOME-A-2020-1007) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5814 - viernes, 4 de diciembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Orden nº 2322 de fecha 30 de noviembre de 2020, relativa a propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para entidades deportivas implantadas en Melilla, para la organización de eventos deportivos en la Ciudad Autónoma de Melilla, para el ejercicio 2020.
El Excmo Sr. Consejero de
Infraestructura, Urbanismo y Deporte, mediante Orden de 30/11/2020, registrada
al número 2020002322, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de
Infraestructura, Urbanismo y Deporte, ha dispuesto lo siguiente:
ASUNTO: PROPUESTA DE
RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE
SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA,
PARA ENTIDADES DEPORTIVAS IMPLANTADAS EN MELILLA, PARA LA ORGANIZACIÓN DE
EVENTOS DEPORTIVOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, PARA EL EJERCICIO 2020.
I.- Que con fecha 28
de Abril de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla,
mediante Decreto registrado al número 2017000152, ha tenido a bien disponer lo
siguiente:
Habiendo sido
aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva
ordinaria, celebrada el día 9 de Febrero de 2017, las Bases reguladoras de las
Subvenciones institucionales para Entidades Deportivas implantadas en Melilla
para la Organización de Eventos Deportivos de la Ciudad Autónoma de Melilla, y
sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME extraordinario núm.5, de 2 de Marzo
de 2017, éstas han pasado a ser definitivas (publicadas en el BOME
Extraordinario núm. 8 de fecha 4 de Mayo de 2017), ante la falta de alegaciones
en el plazo de información pública, por la aplicación de lo establecido en el
artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)
II.- Que con fecha
16 de Junio de 2020, se procede, mediante Orden del Consejero de Educación,
Juventud y Deportes, registrada al número 2020000978, a efectuar la
Convocatoria correspondiente. (BOME número 5767 de 23 de Junio de 2020).
III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido
a informar sobre el cumplimiento
de los requisitos de las
correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 5.-2.3. de las correspondientes Bases.
IV.- Que con fecha
28 de Septiembre de 2020, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano
colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el
artículo 5.-2.4. de las correspondientes Bases.
V.- Que con fecha 19
de Octubre de 2020, y al amparo del artículo 5.-2.4. de las correspondientes
bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.
VI.- Que se procede
a la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla, BOME 5802 de 23 de Octubre de 2020 (al amparo de lo
dispuesto en el Artículo 5.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la
correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2020), entre el día 23 de
Octubre de 2020 al 9 de Noviembre de 2020, ambos inclusive.
VII.- Transcurrido
el plazo señalado en el apartado anterior, se presenta una alegación que es
estudiada y resuelta por la Comisión de Valoración, (Acta de Reunión por el
órgano Colegiado, de fecha 24 de Noviembre de
2020, Expediente 34337/2019).
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
34337/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN
DISPONER
1º) La concesión de
la siguiente convocatoria de: Subvenciones institucionales por procedimiento de
concurrencia competitiva, para Entidades Deportivas implantadas en Melilla,
para la organización de Eventos Deportivos en la Ciudad Autónoma de Melilla,
para el ejercicio 2020.
ADMITIDOS
EVENTOS CAMPEONATO
DE ESAPAÑA / EUROPA O DEL MUNDO
ENTIDAD |
EVENTO |
TOTAL PUNTOS |
SUBVENCIÓN |
F. M. TENIS |
XV ITF MASCULINO |
85 |
24.300,00.-€ |
F. M. TENIS |
XVII ITF WTA
FEMENINO |
85 |
24.000,00.-€ |
F. M. TIRO OLÍMPICO |
I COPA RFEDETO |
19 |
5.000,00.-€ |
EVENTOS CIUDAD DE
MELILLA
ENTIDAD |
EVENTO |
TOTAL PUNTOS |
SUBVENCIÓN |
A. BÁDMINTON |
III INTER SÁNCHEZ
MOTA |
31,9 |
6.336,74.-€ |
CLUB ATLÉTICO
MELILLA |
VII SAN SILVESTRE |
54,5 |
10.825,20.-€ |
CLUB TENIS MELILLA |
VI INTERNACIONAL
VETERANOS |
34,7 |
6.886,44.-€ |
CLUB TENIS PLAYA |
VIII INTERNACIONAL |
35,7 |
7.085,07.-€ |
CLUB TIRO CON ARCO |
IV OPEN PRESIDENTE |
13,9 |
2.751,89.-€ |
CLUB D.E. OLIMPO |
I COPA NAVIDAD |
19,5 |
3.879,69.-€ |
CLUB D.E. PESCAYAK |
VI OPEN PESCA DESDE
KAYAK |
35,4 |
6.920,25.-€ |
F. M. BALONCESTO |
IV TORNEO NAVIDAD |
72,3 |
13.750,00.-€ |
F. M. NATACIÓN |
XVIII TROFEO
NATACIÓN |
30,2 |
5.998,81.-€ |
F. PÁDEL |
XI INTERNACIONAL |
38,1 |
7.565,90.-€ |
EVENTOS BASE
ENTIDAD |
EVENTO |
TOTAL PUNTOS |
SUBVENCIÓN |
CLUB NTRA. SRA. BUEN
CONSEJO |
ROJOS Y VERDES |
83,0 |
2.750,00.-€ |
2º) La denegación de
las siguientes convocatoria de Subvenciones institucionales por procedimiento
de concurrencia competitiva, para Entidades Deportivas implantadas en Melilla,
para la organización de Eventos Deportivos en la Ciudad Autónoma de Melilla,
para el ejercicio 2020.:
EXCLUIDOS POR NO
CUMPLIR REQUISITOS
ENTIDAD |
EVENTO |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
CLUB BALONMANO EL
ACIRAS |
I TORNEO HALLOWEEN |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB BALONMANO EL
ACIRAS |
I TORNEO NAVIDAD |
No cumple los requisitos establecidos en el art.
2.b. de las bases reguladoras (que hayan justificado las subvenciones
recibidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla) |
CLUB TAEKWONDO
SUPERMUSCLE |
I OPEN INTERNACIONAL |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB TAEKWONDO
ZARIOUH |
II OPEN CAM |
No cumple los requisitos establecidos en el art.
2.b. de las bases reguladoras (que hayan justificado las subvenciones
recibidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla) |
F. M. ATLETISMO |
I MILLA URBANA CAM |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
F. M. ATLETISMO |
I MITIN MEDIO FONDO MENORES |
No cumple los requisitos establecidos en el art.
2.b. de las bases reguladoras (que hayan justificado
las subvenciones recibidas con
anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
F. M. CICLISMO |
I BIKE MELILLA SPORT CAPITAL |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB CEIP REAL |
XXXII TORNEO NAVIDAD |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB WINDSURF
MELILLA |
I TALLER VELA
INCLUSICA |
No cumple con los
requisitos establecidos en el art. 5.1. de las bases reguladoras (Si la
solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la
convocatoria, el órgano competente requerira al interesado para que la
subdsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no
lo hiciese se le tendrá por desistido de su
solicitud) |
|
EXCLUSIÓN EVENTOS
CAMPEONATOS DE ESPAÑA, DE EUROPA O
DEL MUNDO |
|
F. M. TAEKWONDO |
CTO. ESPAÑA CADETE |
NO REALIZABLE. Según
Base Reguladora Artículo 3; Apartado 3a |
|
EXCLUSIÓN EVENTOS
CIUDAD |
|
CLUB PETANCA |
III ENCUENTRO
INTERNACIONAL |
Programado para
Octubre. Inviable por pandemia COVID-19. Artículo 3.3 último párrafo y Artículo
12.1.1 de las Bases |
|
|
Reguladoras |
FEDERACIÓN M.
BALONCESTO |
IX TORNEO PEZZI |
Programado para
Octubre. Inviable por pandemia COVID-19. Artículo 3.3 último párrafo y
Artículo 12.1.1 de las bases Reguladoras |
F. M. VOLEIBOL |
MADISON TOUR |
NO REALIZADO
(PROGRAMADO 31 Mayo – 3 Junio) |
|
EXCLUSIÓN EVENTOS
BASE |
|
ASOCIACIÓN BÁDMINTON |
LIGA ESCOLAR |
NO PROCEDE. Base
Reguladora Artículo 3; Apartado 2 y Apartado 3c) |
ASOCIACIÓN BÁDMINTON |
LIGA ESCOLAR |
NO PROCEDE. Base
Reguladora Artículo 3; Apartado 3c) |
CLUB ROADS OF LEGEND |
BIKE SHOW |
NO PROCEDE. No es
objeto de esta Convocatoria. |
Contra esta ORDEN,
que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para
dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá
entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá
utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se notifica
para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla,
1 de diciembre de 2020,
La
Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,
Inmaculada
Merchán Mesa