ARTÍCULO Nº 1009 (CVE: BOME-A-2020-1009) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5814 - viernes, 4 de diciembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado 397/2020, seguido a instancias por D. Homar El Yahyaoui Zizaoui.
El
Juzgado Contencioso-Administrativo, nº 3 de Melilla, en escrito de 26 de
noviembre de 2020, con entrada en esta Ciudad el 1 de diciembre del mismo año y
registrado con nº 82268, comunica lo
siguiente:
“UNIDAD
PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Modelo:
N30150
PLAZA
DEL MAR SN EDIF V CENTENARIO TORRE NORTE PLANTA 13
Teléfono:
952673557 Fax: 952695649
Equipo/usuario:
LGM
N
I G: 52001 45 3 2020 0001234
Procedimiento:
PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000397/2020
Sobre:
DERECHOS REALES, DEMANIO, BIENES PATRIMONIALES
De:
D./ña. HOMAR EL YAHYAOUI ZIZAOUI
Abogado:
SEBASTIAN ALCALA GARCIA
Procurador
Sr./a. D./Dña. :
Contra
D/ña. CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Abogado:
LETRADO DE LA COMUNIDAD
Procurador
Sr./a. D./Dña.
Conforme a lo acordado en resolución de fecha de
hoy en el procedimiento al
margen reseñado, por el presente solicito de V.I. la remisión del expediente 24090/2020,
que motivó la interposición del presente recurso.
El
expediente administrativo deberá remitirlo a este órgano judicial:
-
Completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índice de los documentos que contenga. Si el expediente
fuera reclamado por diversos órganos
judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia
que se conserve (art 48.4 LJCA). El expediente administrativo con la implantación de la Justicia
Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos en caso de no poder
remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.
-
De conformidad
con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la
resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los
cinco días siguientes a su adopción, a cuántos aparezcan como interesados en
dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como
demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días, La
notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el
procedimiento administrativo común.
-
Incorporando al
mismo las notificaciones para emplazamiento efectuadas, de conformidad con lo dispuesto en el Art 49 de la LJCA.
- Con al menos QUINCE DÍAS de antelación al
señalado para la vista, que está señalada, una vez consultada la Agenda
Programada de Señalamientos, para el próximo día 8/4/2021 a las 11:30 horas
Deberá
comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de
otros recursos contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los
supuestos de acumulación que previene el artículo 38.1 de la LJCA.
El
presente oficio sirve de emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se entenderá
efectuada por el simple envío del expediente.
Deberá
comunicar a este órgano judicial, la autoridad o empleado responsable de la
remisión del expediente administrativo.
Se
interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente señalada y
fechada por la oficina de recepción”
Lo
que se publica a efecto del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJCA.
Melilla, 1 de diciembre de 2020,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,
Juan Luis Villaseca Villanueva