ARTÍCULO Nº 1015 (CVE: BOME-A-2020-1015) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5814 - viernes, 4 de diciembre de 2020 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2


Notificación a D. José Parra Oller, en procedimiento ordinario 448/2019.

BOME-P-2020-2916 Descargar página

ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000448 /2019

Sobre OTRAS MATERIAS

Demandante: D/ña MOHAMED HADDUR ADDA, FARIDA ZARIOUHI EL MOAYMOUNI

Procurador/a Sr/a: ISABEL HERRERA GÓMEZ

Abogado/a Sr/a: LUIS BUENO HORCAJADAS

Demandado: D/ña JOSE PARRA OLLER

 

EDICTO

D. FRANCISCO JAVIER RUIZ MARTIN, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MELILLA, por el presente,

 

A N U N C I O:

 

En el presente procedimiento JUICIO ORDINARIO 448/19 seguido a instancia de MOHAMED HADDUR ADDA, FARIDA ZARIOUHI EL MOAYMOUNI frente a JOSE PARRA OLLER se ha dictado sentencia de fecha 23/06/20, cuyo FALLO es el siguiente:

 

“Que estimando íntegramente el suplico de la demanda presentada por la Procuradora Doña Isabel María Herrera Gómez en nombre y representación de DON MOHAMED KADDUR ADDA y DOÑA FARIDA ZARIOUHI EL MOAYMOUNI contra DON JOSE PARRA OLLER declarado en rebeldía:

 

a)    Debo declarar y declaro la propiedad por prescripción adquisitiva extraordinaria de DON MOHAMED KADDUR ADDA y DOÑA FARIDA ZARIOUHI EL MOAYMOUNI, al 50% pro indiviso cada uno del pleno dominio de la finca sita en la calle Patrón Pedro Sánchez de Melilla, demarcada con el número 2, con referencia catastral número 4559203WE0045N0001GJ.

b)    Debo condenar y condeno al demandado a estar y pasar por las consecuencias de la anterior declaración y al pago de las costas de este procedimiento.

 

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación debiéndose efectuar constitución de depósito por importe de 50 euros, el cual deberá ser ingresado en la cuenta de este Juzgado indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado de la Disposición Adicional Decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita, y del que conocerá la Iltma. Audiencia Provincial de Málaga.

 

Así por ésta mi sentencia, de la que se unirá testimonio literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia la pronuncio, mando y firmo.”

 

Y encontrándose dicho demandado, JOSE PARRA OLLER, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

MELILLA a diecinueve de noviembre de dos mil veinte.

 

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,