ARTÍCULO Nº 1020 (CVE: BOME-A-2020-1020) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5815 - martes, 8 de diciembre de 2020 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1


Notificación a D. Isaac Levy Aserraf en procedimiento de alimentos provisionales nº 620 / 2020.

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ALIMENTOS PROVISIONALES 620/2009

Sobre OTROS VERBAL

N.I.G: 52001 41 1 2019 0000624

De D/ña. FATIHA LAMMARI

Procurador/a Sr/a BELEN PUERTO MARTINEZ, ABOGADO SR/A NURIA MOHAMED FADEL

Contra D/ña ISAAC LEVY ASERRAF

Procurador Sr/a. SIN PROFESIONALES

 

EDICTO

 

CEDULA DE NOTIFICACION

 

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

 

SENTENCIA

 

En Melilla, a siete de julio de dos mil diez.

 

Que ESTIMANDO la demanda formulada a instancia de Dª FATIHA LAMMARI, representada por la Procuradora Sra. Puerto Martínez, contra D. ISAAC LEVY ASERRAF, en situación procesal de rebeldía, con la intervención del MINITERIO FISCAL en defensa del interés público y de la legalidad, DEBO ACORDAR Y ACUERDO las siguientes MEDIDAS DEFINITIVAS por las que se regulan las relaciones paterno filiales respecto del menor de edad RAFAEL LEVY LAMMARI:

 

Primera.- Patria Potestad, guarda y custodia.

 

Se encomienda a la Sra. Lammari la guarda y custodia del hijo común menor de edad habido con el Sr. Levy Aserraf, sin perjuicio de la patria potestad compartida con éste.

 

Segunda.- Pensión de alimentos.

 

El Sr. Levy Aserraf habrá de abonar, en concepto de pensión de alimentos para el hijo común menor de edad, la cantidad de trescientos (300) euros mensuales. La pensión se pagará por anticipado, dentro de los cincos primeros días de cada mes, en la cuenta corriente que, al efecto, designe la Sra. Lammari, y se actualizará anualmente, con efectos a primero de enero, conforme al Índice de Precios al Consumo o cualquier otro índice estadístico que lo sustituya.

 

Los gastos extraordinarios se abonarán por mitad entre ambos progenitores.

 

Y como consecuencia del ignorado paradero de ISAAC LEVY ASERRAF, se extiende la presente para que sirva de cedula de notificación.

 

MELILLA a diez de enero de dos mil veinte.

 

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION JUSTICIA