ARTÍCULO Nº 1045 (CVE: BOME-A-2020-1045) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5817 - martes, 15 de diciembre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 4 de diciembre de 2020, relativa a subvención directa excepcional por COVID a Escuela Oficial de Idiomas para curso 2020 / 2021.
El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria
celebrada el día 4 de diciembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente
acuerdo:
Aprobar Propuesta de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad relativa a SUBVENCIÓN DIRECTA EXCEPCIONAL POR
COVID A ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS PARA
CURSO 2020/2021, con el siguiente tenor literal:
Actualmente vivimos inmersos en una pandemia mundial
provocada por el virus COVID19 que hace que se deban adoptar las necesarias
medidas anticontagio, contra COVID-19, para el desarrollo de las clases
lectivas con plenas garantías durante el presente curso escolar 2020/2021 en la
totalidad de centros docentes de nuestra Ciudad. Se trata de una grave crisis
sanitaria que padecemos a consecuencia del virus que hace necesario la adopción
de medidas excepcionales con el fin de evitar contagios.
La Ciudad Autónoma de Melilla ha recibido fondos COVID
destinados al área de educación y regidos por Real Decreto Ley 22/2020, 16 de
junio, por el que se regula su creación y se establecen las reglas relativas a
su distribución y libramiento. Por ello, se ha efectuado la oportuna generación
de créditos por ingresos dando lugar a la Aplicación Presupuestaria
14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”,
Por su parte, la Intervención General de la Ciudad
Autónoma de Melilla ha informado, con fecha 19/10/2020, la existencia de crédito suficiente para la
subvención que nos ocupa por cuantía de 21.769,30 euros con cargo dicha
aplicación presupuestaria 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza
Covid”, habiéndose efectuado R.C. nº 12020000067548 por dicho importe.
Con cargo a esa
aplicación 14/32000/48906 “Subvenciones Entidades Enseñanza Covid”, se tramitan
procedimientos de concesión de las necesarias subvenciones directas
excepcionales para medidas anticovid por la totalidad de centros docentes de
Melilla, de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria, Bachillerato,
Formación Profesional y de Educación Reglada de Personas Adultas, en atención
de las líneas educativas existentes en los mismos y solicitudes formuladas.
El artículo 16, apartado 27, del vigente Reglamento de
Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla atribuye al Consejo
de Gobierno la aprobación de la concesión directa de subvenciones a las que
alude el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, cuando estas igualen
o superen los 18.000 euros.
En su virtud, instruido el expediente administrativo
pertinente y evacuados los informes preceptivos, con sujeción a las bases reguladoras
de la concesión de ayudas y subvenciones publicas por el procedimiento de
concesión directa en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad (antes Educación y Colectivos Sociales),
publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015, VENGO EN PROPONER AL
CONSEJO DE GOBIERNO, La concesión de una subvención directa excepcional al
ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS , con CIF Q-2968029-E, por importe de 21.024,46
euros, al objeto de la adopción de medidas preventivas anticovid durante el curso escolar 2020/2021, con cargo
a la aplicación presupuestaria 202014/32000/48906 “Subvenciones Entidades
Enseñanza Covid”, RC nº 12020000067548, debiendo destinarse a sufragar los
siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de estimaciones determinados
apartados requieran una mayor aportación que se atendería detrayendo cantidades
previstas para los otros, previa autorización de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad:
ACTUACIÓN |
IMPORTE EUROS |
Adquisición de 30 purificadores de aire y 60 repuestos de filtros HEPA |
10.617,00 |
Cambio de sistema de apertura en 86 ventanas del edificio de la EOI |
10.407,46 |
|
|
TOTAL |
21.024,46 |
La aportación económica por parte de la Ciudad
Autónoma de Melilla se abonará mediante pago anticipado, a la adopción del
presente acuerdo, con carácter de “a justificar”, dispensándose la constitución
de garantía en atención al objeto de la subvención.
La percepción de la subvención es compatible con los
ingresos que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria,
procedentes de cualesquiera personas o entidades tanto públicas como privadas,
si bien su importe no podrá superar el coste total de la actividad
subvencionada, en cuyo caso se minorará la subvención en la cantidad
correspondiente.
El beneficiario podrá subcontratar totalmente la
actividad subvencionada, en los términos y condiciones establecidos en la Ley
General de Subvenciones.
El citado centro docente asumirá las obligaciones
establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter
publico de la financiación de las actuaciones
subvencionadas por la Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a Fondo
COVID.
La justificación se realizará mediante rendición de
cuenta justificativa que comprenderá el coste total, durante el curso académico
2020/2021, de las actuaciones subvencionadas y la totalidad de ingresos y los
justificantes de gastos imputados a sufragar dichas actuaciones.
La cuenta justificativa se presentará en el plazo
máximo de tres meses desde la conclusión del curso escolar 2020/2021, ante la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, Dirección General de
Educación e Igualdad, que una vez conformada la remitirá, en caso de que así se
le requiera, a la Intervención General de la Ciudad Autónoma.”
De conformidad con los artículos 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y demás concordantes, contra el presente acuerdo,
que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a
interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el
plazo de un mes a partir del día de su publicación, o bien directamente recurso contencioso
administrativo ante la Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación del mismo.
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla
para general conocimiento.
Melilla
10 de diciembre de 2020,
El
Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio
Jesús García Alemany