ARTÍCULO Nº 1048 (CVE: BOME-A-2020-1048) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5817 - martes, 15 de diciembre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES


Propuesta de resolución provisional de la convocatoria 2020, para la concesión en el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas para el desarrollo de proyectos subvenciones a la creación de flujos de visitantes a la Ciudad de Melilla

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LA CONVOCATORIA 2020 PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO 2020, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS SUBVENCIONES A LA CREACIÓN DE FLUJOS DE VISITANTES A LA CIUDAD  DE MELILLA

 

De conformidad con lo previsto en la Convocatoria 2020 para la concesión en el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas para el desarrollo de proyectos subvenciones a la creación de flujos de visitantes a la ciudad  de Melilla, publicada en el BOME número 5810, de 20 de noviembre de 2020, así como en las Bases Reguladoras que le son de aplicación, promulgadas por Decreto de fecha seis de noviembre de 2020, registrado al número 2020000481 del Libro Oficial de Resoluciones no Colegiadas de la Presidencia y publicadas en el BOME número 5807, de 10 de noviembre de 2020,

 

Instruido el procedimiento, a la vista del expediente y del informe emitido por el órgano colegiado, una vez aplicados los criterios de adjudicación, motivadores de la puntuación obtenida por los solicitantes, y atendiendo al artículo 4 de las Bases reguladoras, que identifican los gastos subvencionables, el instructor formula PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL relativa a la concesión de las siguientes subvenciones a las entidades que a continuación se especifican,  en la cuantía y con el objeto y condiciones que igualmente se mencionan, con cargo a la aplicación presupuestaria 43200/48900, Retención de Crédito nº. 520200000000640, de 26/10/2020, todo ello como consecuencia de los trámites y criterios de adjudicación previstos en la convocatoria:

 

Proyecto 1: Visitas Comerciales / Luxotur

Proyecto 2: Exploración de nuevas zonas / Luxotur

Proyecto 3: Marketing y Marketing on line / Luxotur

Proyecto 4: Patrocinios / Luxotur

Proyecto 5: Proyecto Operaciones Especiales / ALBORÁN OCIO

Proyecto 6: Patrocinio Dakar / ALBORÁN OCIO

Proyecto 7: Puerta de África ALBORÁN OCIO

Proyecto 8: La Africana / ALBORÁN OCIO

Proyecto 9: Melilla una ciudad por descubrir / Andalucía Travel

Proyecto 10: Presentación Melilla en Fitur 2020 / África Travel

Proyecto 11: Medios Personales / Viajes Halcón SAU

Proyecto 12: Patrocinio Escudería Delfi Sport / Viajes Halcón SAU

Proyecto 13: Pantallas Escaparates / Viajes Halcón SAU Proyecto 14: Fitur 2020 / Viajes Halcón SAU

 

Calidad del proyecto: máximo 40 puntos: 2,5 por aspecto

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

Claridad de la

formulación(por oposición a generales  o vagas)

 

 

2,5

-

2,5

-

2,5

2,5

2,5

2.5

2,5

-

-

-

Designa persona responsable del proyecto.

2,5

2,5

2,5

-

2,5

-

2,5

2,5

2,5

2,5

2,5

-

-

-

Describe el currículo o cualificación del responsable.

2,5

2,5

2,5

-

 

-

 

 

 

 

2,5

-

-

-

Currículo o cualificación adecuado al proyecto.

2,5

2,5

2,5

-

 

-

 

 

 

 

2,5

-

-

-

Designa personal encargado de la ejecución.

 

 

 

-

 

-

2,5

 

2,5

2,5

 

-

-

-

Describe cualificación del personal encargado de la ejecución.

 

 

 

-

 

-

2,5

 

2,5

 

 

-

-

-

Cualificación adecuado al proyecto.

 

 

 

-

 

-

2,5

 

2,5

 

 

-

-

-

Identifica objetivos verificables.

 

 

 

-

2,5

-

2,5

2,5

2,5

 

 

-

-

-

Describe procedimiento de verificación.

 

 

 

-

 

-

 

 

 

 

 

-

-

-

BOME-P-2020-2988 Descargar página

Describe un plan de trabajo.

2,5

2,5

 

-

2,5

-

2,5

2,5

2,5

 

2,5

-

-

-

Establece calendario de actuaciones.

2,5

2,5

2,5

-

2,5

-

2,5

2,5

2,5

2,5

 

-

-

-

Incorpora presupuesto desglosado.

2,5

2,5

2,5

-

2,5

-

2,5

2,5

2,5

2,5

2,5

-

-

-

Coherencia entre presupuesto y gastos subvencionables

2,5

2,5

2,5

-

2,5

-

2,5

2,5

2,5

2,5

2,5

-

-

-

Diseña sistema de evaluación proyecto.

 

 

 

-

 

-

 

 

2,5

 

 

-

-

-

Sistema de evaluación coherente con objetivo de la subvención.

 

 

 

-

 

-

 

 

2,5

 

 

-

-

-

Subtotal

17,5

17,5

17,5

-

17,5

-

30,5

17

35

15

17,5

-

-

-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Repercusión: hasta 30 puntos. Máxima puntuación al mayor número de visitas y prop. los restantes.

 

 

-

-

30

-

15

6,15

-

-

 

-

-

-

Carácter consolidado: 20 puntos. Máxima puntuación al mayor número de años y prop. a los restantes

20

20

20

-

5

-

5

20

20

-

 

-

-

-

Cofinanciación: hasta 10 puntos .Máxima puntuación al proyecto que acredite mayor

 

 

-

-

5,62

-

3,92

5,31

10

-

3,46

-

-

-

cofinanciación y prop, los os restantes.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Subtotal

20

20

20

-

40,62

-

23,92

55,31

30

0

3,46

-

-

-

Total

37,5

37,

5

37,

5

-

58,12

-

54,42

59,25

65

15

20,96

-

-

-

 

Conforme al apartado 5.2 de las Bases Reguladoras, para que los proyectos puedan ser subvencionados deberán obtener al menos el 50 por ciento de la puntuación máxima total que determine la convocatoria, y un mínimo del 10 por ciento de dicha puntuación total en el apartado de calidad del proyecto.

 

Por otro lado, según lo dispuesto en el artículo 11.1 de las Bases Reguladoras, la determinación individualizada de la subvención se establecerá en la resolución conforme a lo que establezca la convocatoria, en atención al importe solicitado, al número de solicitantes que concurran y a la prelación entre las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la convocatoria, adjudicando aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

 

En consecuencia, resulta:

 

Proyectos concedidos:

 

Beneficiario

Proyecto

Puntos

Solicitado

Concedido 

Gastos elegibles

Alborán Ocio  B5202345-4

Operaciones especiales

58,12

15000,00

15000,00

Según convocatoria

Alborán Ocio  B5202345-4

Puerta de África

54,42

15000,00

15000,00

Según convocatoria

Alborán Ocio  B5202345-4

La Africana

59,25

15000,00

15000,00

Según convocatoria

Andalucía Travel A29053998

Melilla una ciudad por descubrir

65

17975,60

17975,60

Actualización y adaptación pagina web,  publicidad digital y en prensa

 

(*) Los gastos elegibles se determinan en correspondencia con la relación de gastos y documentación aportada por el solicitante para el proyecto.

 

Proyectos denegados:

 

Beneficiario

Proyecto

Motivo de la denegación

Luxotour SA A2909204-6

Visitas Comerciales

Puntuación insuficiente

Luxotour SA A2909204-6

Exploración nuevas zonas

Puntuación insuficiente

Luxotour SA A2909204-6

Marketing y Marketing on line

Puntuación insuficiente

Luxotour SA A2909204-6

Patrocinios

No adecuado al objeto de la convocatoria

Alborán Ocio  B5202345-4

Patrocinio Dakar

No adecuado al objeto de la convocatoria

BOME-P-2020-2989 Descargar página

África Travel B52010444

Presentación Melilla en Fitur 2020

Puntuación insuficiente

Viajes Halcón SAU A1000551-0

Medios Personales

Putuación insuficiciente

Viajes Halcón SAU A1000551

Patrocinio   Escudería

Delfi Sport

No adecuado al objeto de la convocatoria

Viajes Halcón SAU A1000551

Pantallas Escaparates

No adecuado al objeto de la convocatoria

Viajes Halcón SAU

Fitur 2020

No adecuado al objeto de la convocatoria

A1000551

 

 

 

De conformidad con el artículo 15.2 de las Bases reguladoras, no pudiendo, por su inminente finalización, acreditarse documentalmente la justificación antes de la finalización del corriente ejercicio presupuestario, se efectuará el pago del importe concedido al beneficiario, pero con la obligación de justificación antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente y a resultas de la liquidación definitiva, en su caso, así como condicionado a la inexistencia de subvenciones pendientes de justificar.

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 14.g) de las Bases Reguladoras de aplicación, se hace constar que según el artículo 14.1 de la Ley General de Subvenciones, son obligaciones de los beneficiarios:

 

a)     Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b)     Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c)     Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d)     Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

 

Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

 

e)     Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

f)      Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g)     Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h)     Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de esta ley.

i)      Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de esta ley.

 

Conforme al artículo 10 de las Bases Reguladoras, y habiéndose acordado la tramitación de urgencia del expediente (BOME Número 5814, de 4 de diciembre de 2020), se concede un plazo de 5 DÍAS para presentar alegaciones, contados a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Melilla 14 de diciembre de 2020,

El Director Gerente del Patronato de Turismo,

Alejandro Jiménez Rodanes