ARTÍCULO Nº 12 (CVE: BOME-A-2021-12) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5824 - viernes, 8 de enero de 2021 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2


Notificación a D. Miguel Castillo Marin, en procedimiento ordinario 410/2017.

BOME-P-2021-28 Descargar página

N.I.G.: 52001 41 1 2017 0002187

ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000410 /2017

Sobre OTRAS MATERIAS 

 DEMANDANTE  D/ña. JOSEFA ROSA GUTIERREZ

Procurador/a Sr/a. ISABEL HERRERA GOMEZ

Abogado/a Sr/a. NOELIA MARIA MARTINEZ MARTINEZ 

DEMANDADO  D/ña. MIGUEL CASTILLO MARIN

 

E D I C T O

 

 D. FRANCISCO JAVIER RUIZ MARTIN, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MELILLA, por el presente, 

 

A N U N C I O:

 

En el presente procedimiento  seguido a instancia de JOSEFA ROSA GUTIERREZ frente a MIGUEL CASTILLO MARIN se ha dictado sentencia de fecha 26/05/20, cuyo FALLO es el siguiente: 

 

“Se estima la demanda promovida por Dª. Josefa Rosa Gutiérrez, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Isabel Herrera Gómez y asistida por la Letrada Dª. Noelia Mª Martínez Martínez, contra los herederos indeterminados de D. Miguel Castillo Marín, declarados en rebeldía procesal declarando que Dª Josefa Rosa Gutiérrez es la propietaria de la finca la finca sita en C/ Río Manzanares nº 4 de Melilla con referencia catastral 5262504WE0056S0001RM, por prescripción adquisitiva, con condena en costas a la parte contraria. 

 

Notifíquese esta resolución a las partes. 

 

Contra esta resolución cabe formular ante este Juzgado recurso de apelación, que se interpondrá en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución, conforme disponen los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.”

   

Y Auto de fecha 10/09/20 cuya PARTE DISPOSITIVA es la siguiente: 

 

 “Completar la sentencia de fecha 26/05/20, en los términos siguientes: 

 

-       Que Doña Josefa Rosa Gutiérrez es titular en pleno dominio de la finca descrita. 

-       Que como consecuencia de la anterior declaración, debe ordenarse la inmatriculación de la finca descrita, y la inscripción del dominio de la misma a favor de Doña Josefa Rosa Gutiérrez. 

 

MODO DE IMPUGNACION: contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución que se acuerda completar, comenzándose a computar su plazo desde el día siguiente a la notificación de esta resolución. 

Así lo manda y acuerda S.Sª.; doy fe”

 

Y encontrándose dicho demandado, MIGUEL CASTILLO MARIN, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

MELILLA a catorce de diciembre de dos mil  veinte.

 

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,