ARTÍCULO Nº 14 (CVE: BOME-A-2021-14) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5824 - viernes, 8 de enero de 2021 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 - juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 4


Notificación a D. Rachid Karimi Lahmidi, en juicio verbal 40/2019.

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N.I.G.: 52001 41 1 2019 0000260

JVB JUICIO VERBAL 0000040 /2019

Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD

DEMANDANTE D/ña. ILHAM TOURS S.L

Procurador/a Sr/a. JOSE LUIS YBANCOS TORRES

Abogado/a Sr/a . ANA MARIA RODRIGUEZ PEREZ

DEMANDADO D/ña. RACHID KARIMI LAHMID I

 

E D I C T O

 

En  este  órgano  judicial  se  tramita  JUICIO  VERBAL  40/2019, seguido a instancias de ILHAM TOURS S.L, contra RACHID KARIMI LAID1IDI,  sobre  reclamación  de  cantidad  en  los  que,  por resolución de fecha 03/02/2020 se ha acordado  la publicación del fallo de la sentencia  recaída  en  autos  JUICIO  VERBAL  Nº 40/19,  seguida  a  instancia  de  ILHAM  TOURS,  SL.  Frente  a  Dº RACHID KARIMI LAHMIDI, en situación de rebeldía procesal, para que sirva de notificación al mismo:

 

FALLO

 

Que ESTIMANDO la demanda formulada a instancia de ILHAM TOURS S.L., representada por el Procurador Sr. Ybancos Torres y asistida de la Letrada Sra. Rodríguez Pérez, contra D. RACHID KARIMI LAHMIDI, en situación procesal de rebeldía, DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a abonar a la entidad demandante la cantidad de TRES MIL CUARENTA Y OCHO EUROS CON TREINTA Y CUARTRO CÉNTIMOS (3.048'34 euros), junto con los intereses indicados en el anterior Fundamento Jurídico tercero; e imposición de las costas causadas en esta instancia.

 

Notifíquese a las partes la presente resolución.

 

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación, que ante el Tribunal que haya dictado la resolución dentro del plazo de veinte días contados siguiente de la notificación de aquélla.

 

se interpondrá que se impugne desde el día

 

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto (artículo 456.2 L.E.C.).

 

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

 

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Santander en la cuenta de este expediente 3002 indicando, en el campo "concepto" la indicación "Recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación"

 

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

BOME-P-2021-31 Descargar página

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación literal a las actuaciones para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

 

Y en cumplimiento de lo acordado expido el presente EDICTO para su inserción en dicho boletín debiendo remitir a este órgano un ejemplar del mismo debidamente sellado.

 

EL/LA MAGISTRADO/JUEZ

 

En MELILLA, a tres de febrero de dos mil veinte.

 

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,