ARTÍCULO Nº 20 (CVE: BOME-A-2021-20) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5825 - martes, 12 de enero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 6 de fecha 5 de enero de 2021, relativa a bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de siete plazas de la escala de administración general, subescala administrativa, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna.

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De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueban las bases para la provisión definitiva de plazas vacantes en la plantilla e incluidas en las Ofertas de Empleo Público para 2018 y 2019, Personal Funcionario, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas,  y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del  Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla, 

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 31911/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Convocar el proceso de selección de las plazas que más abajo se relacionan, de conformidad con las siguientes:

 

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE SIETE PLAZAS DE LA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL, SUBESCALA ADMINISTRATIVA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO- OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA.

 

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante el procedimiento de Concurso-Oposición, por promoción interna, de 7 plazas de Administrativo,  encuadradas en el Grupo C1, Complemento de destino y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

 

Se reserva del total de las mismas una plaza para ser cubierta entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 5.7 de las Bases Generales de aplicación publicadas en el B.O.M.E. núm. 5000 de fecha 15 de febrero de 2013. Dicha circunstancia deberá indicarse en la solicitud para participar en el proceso selectivo.

 

Si quedara vacante se sumará a las restantes.

 

Dichas plazas están previstas en la Ofertas de Empleo Público para el año 2018 (B.O.ME.    5580 de 7 de septiembre de 2018) y OEP para el año 2019 (B.O.ME.    5630 de 1 de marzo de 2019).

 

1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-

Además de los requisitos exigidos en las Bases Generales de aplicación, publicadas en el B.O.ME. núm. 5000 de 15/02/2013, los siguientes:

 

a)            Estar en posesión del Título de Bachiller o equivalente (o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de instancias ).

 

A las instancias deberán añadirse necesariamente debidamente autentificado, copia de la titulación exigida.

 

En defecto de la titulación exigida, se requerirá una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del Grupo C2 dentro de la Administración General o de cinco años y la superación de un curso específico desarrollado a los efectos.

 

b)            Tener una antigüedad de al menos dos años como funcionario de carrera propio o transferido de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Grupo C2 en la Escala de Administración General.

 

2.- PROCESO DE SELECCIÓN.-

Se celebrará primero la fase de concurso y después la de oposición.

 

A) CONCURSO: Se valorarán los siguientes méritos:

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ANTIGÜEDAD:

 

Por cada año de servicio prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla como Subgrupo C2, 0,3 puntos.

Por cada año de servicio prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla, en Grupos inferiores al puesto convocado, 0,1 puntos.

 

La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos.

 

Para el cómputo de los años, se despreciarán las fracciones inferiores al año. El periodo de tiempo de servicios prestados se acreditará mediante certificación extendida por la Secretaría Técnica de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, que deberá ser solicitada y presentada por los propios aspirantes, adjuntándola a la solicitud para tomar parte en la convocatoria.

 

NIVEL DE FORMACION: Poseer titulación académica superior a la exigida como requisito en la convocatoria:

 

a)Título Universitario de Grado o equivalente, 1,5 puntos.

b)Título Universitario de Diplomatura o equivalente, 1 punto.

 

La puntuación por titulación académica, será como máximo de 1,5 puntos, computándose a estos efectos la mayor titulación que se posea.

 

CURSOS: Por cursos relacionados con la plaza a desempeñar, 0,01 puntos por hora, hasta un máximo de 1 punto.

 

Los cursos inferiores a 15 horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.

 

La fase de concurso se valorará de 0 a 4,5 puntos y no tendrá, en ningún caso, carácter eliminatorio.

 

B) FASE DE OPOSICIÓN: Constará de los siguientes ejercicios:

 

Primer Ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ochenta preguntas, con tres respuestas alternativas, durante un período máximo de noventa minutos, que será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de entre las materias contenidas en el programa de esta convocatoria.

 

Cada pregunta contestada correctamente se puntuará con 0,125 puntos, no penalizando las contestadas erróneamente, siendo necesario obtener un mínimo de 6 puntos para pasar al siguiente ejercicio.

 

Segundo Ejercicio: Resolución de un supuesto práctico relacionado con alguna de las materias del programa adjunto en un periodo máximo de noventa minutos.

 

Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan, al menos, cinco puntos en este ejercicio.

 

Cada uno de los ejercicios de esta fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

 

C) CALIFICACION FINAL: Será la que resulte de sumar la media obtenida en la fase de oposición, a la que se sumarán los puntos obtenidos en la fase de concurso. En caso de empate lo resolverá la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y si persiste el empate lo resolverá el Tribunal, si fuere necesario por haberse de dilucidar la selección o no de los aspirantes, mediante la realización de un nuevo ejercicio teórico a los aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga a la establecida para la fase de oposición, determinándose la selección por la mayor puntuación obtenida. Si aun así persistiera el empate se realizarán tantos ejercicios cuantos sean necesarios hasta dirimirlo.

 

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite será nulas de pleno derecho.

 

El Tribunal una vez realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas que coincida con las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.

 

 En aplicación de lo previsto en el art. 77 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se permite la exención de aquellas materias cuyo conocimiento ya se acreditó al ingresar en el Grupo de origen, anterior al que se trata de acceder por promoción interna, el número de temas queda fijado en veinticinco, según el siguiente:

 

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PROGRAMA

 

TEMA 1.-. La Administración Pública en el Ordenamiento jurídico español. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

TEMA 2.- La personalidad jurídica de la Administración. Clases de personas jurídicas públicas.

TEMA 3.- El administrado: concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses legítimos.

TEMA 4.- El acto administrativo I: Concepto, clases y elementos.

TEMA  5.- El acto administrativo II. -Eficacia de los actos. - Nulidad y anulabilidad.

TEMA 6.- Los interesados en el procedimiento: concepto y capacidad de obrar. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. Derechos de los interesados en el procedimiento administrativo.

TEMA 7.- La notificación: condiciones generales, práctica de la notificación, notificación infructuosa, publicación e indicación de notificaciones y publicaciones.

TEMA 8.- Dimensión temporal del procedimiento: Términos y plazos, cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.

TEMA 9.- La obligación de resolver. Falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

TEMA 10.- Procedimiento administrativo común. – Fases: iniciación, ordenación instrucción y finalización.

TEMA 11.- La tramitación simplificada del procedimiento administrativo. La ejecución.

TEMA 12.- Revisión de actos en vía administrativa I: Revisión de oficio.

TEMA 13.- Revisión de actos en vía administrativa II: Recursos administrativos de alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión.

TEMA 14.- La potestad sancionadora: principios de la potestad sancionadora y especialidades del procedimiento sancionador.

TEMA 15.- La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas y de las autoridades y personal a su servicio.

TEMA 16.- El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, RD 5/2015, de 30 de octubre: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

TEMA 17.- El personal al servicio de las Corporaciones locales: Clases y régimen jurídico. Derechos y deberes.

TEMA 18.- Las licencias: Naturaleza, régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento.

TEMA 19.- Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

TEMA 20.- Los bienes de las entidades locales: el patrimonio de las Entidades Locales.

TEMA 21.- Los Presupuestos locales: contenido, estructura, procedimiento de elaboración y aprobación inicial.

TEMA 22.- El Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Melilla: Asamblea, presidente, Consejo de Gobierno y Comisiones.

TEMA 23.- Competencias de la Ciudad de Melilla. Régimen jurídico. Régimen económico y financiero.

TEMA 24.- El Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla: Órganos de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

TEMA 25.- Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.

 

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.

 

     Publíquense las mismas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la provisión de las citadas plazas.

 

      Las presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

 

Melilla 5 de enero de 2021,

La Consejera de Presidencia y Administración Pública,

Gloria Rojas Ruiz