ARTÍCULO Nº 20 (CVE: BOME-A-2021-20) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5825 - martes, 12 de enero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 6 de fecha 5 de enero de 2021, relativa a bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de siete plazas de la escala de administración general, subescala administrativa, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna.
De conformidad con el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de
fecha 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueban las bases para la
provisión definitiva de plazas vacantes en la plantilla e incluidas en las
Ofertas de Empleo Público para 2018 y 2019, Personal Funcionario, y en base a
lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá
ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la
Administración Local, y en uso de las competencias que me confiere el
Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 31911/2020, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar el proceso de
selección de las plazas que más abajo se relacionan, de conformidad con las
siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN
PROPIEDAD DE SIETE PLAZAS DE LA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL, SUBESCALA
ADMINISTRATIVA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO- OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN
INTERNA.
Es objeto de la presente
convocatoria la provisión mediante el procedimiento de Concurso-Oposición, por
promoción interna, de 7
plazas de
Administrativo, encuadradas en el Grupo
C1, Complemento de destino y demás emolumentos que correspondan con arreglo a
la legislación vigente.
Se reserva del total de las
mismas una plaza para ser cubierta entre personas con discapacidad de grado
igual o superior al 33 por 100, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 5.7
de las Bases Generales de aplicación publicadas en el B.O.M.E. núm. 5000 de
fecha 15 de febrero de 2013. Dicha circunstancia deberá indicarse en la
solicitud para participar en el proceso selectivo.
Si quedara vacante se sumará
a las restantes.
Dichas plazas están
previstas en la Ofertas de Empleo Público para el año 2018 (B.O.ME. nº
5580 de 7 de septiembre de 2018) y OEP para el año 2019 (B.O.ME. nº
5630 de 1 de marzo de 2019).
1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-
Además de los requisitos
exigidos en las Bases Generales de aplicación, publicadas en el B.O.ME. núm.
5000 de 15/02/2013, los siguientes:
a)
Estar en posesión del Título de Bachiller o equivalente (o estar en
condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de
instancias ).
A las instancias deberán
añadirse necesariamente debidamente autentificado, copia de la titulación
exigida.
En defecto de la titulación
exigida, se requerirá una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del
Grupo C2 dentro de la Administración General o de cinco años y la superación de
un curso específico desarrollado a los efectos.
b)
Tener una antigüedad de al menos dos años como funcionario de carrera
propio o transferido de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Grupo C2 en la
Escala de Administración General.
2.- PROCESO DE SELECCIÓN.-
Se celebrará primero la fase
de concurso y después la de oposición.
A) CONCURSO: Se valorarán los siguientes
méritos:
ANTIGÜEDAD:
Por cada año de servicio
prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla como Subgrupo C2, 0,3 puntos.
Por cada año de servicio
prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla, en Grupos inferiores al puesto
convocado, 0,1 puntos.
La puntuación máxima en este
apartado será de 2 puntos.
Para el cómputo de los años,
se despreciarán las fracciones inferiores al año. El periodo de tiempo de
servicios prestados se acreditará mediante certificación extendida por la
Secretaría Técnica de la Consejería de Presidencia y Administración Pública,
que deberá ser solicitada y presentada por los propios aspirantes, adjuntándola
a la solicitud para tomar parte en la convocatoria.
NIVEL DE FORMACION: Poseer titulación académica superior a la exigida como requisito en la
convocatoria:
a)Título Universitario de
Grado o equivalente, 1,5 puntos.
b)Título Universitario de
Diplomatura o equivalente, 1 punto.
La puntuación por titulación
académica, será como máximo de 1,5 puntos, computándose a estos efectos la
mayor titulación que se posea.
CURSOS: Por cursos relacionados con la plaza a desempeñar, 0,01 puntos por hora,
hasta un máximo de 1 punto.
Los cursos inferiores a 15
horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.
La fase de concurso se
valorará de 0 a 4,5 puntos y no tendrá, en ningún caso, carácter eliminatorio.
B)
FASE DE OPOSICIÓN: Constará de los siguientes
ejercicios:
Primer Ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá
en contestar por escrito un cuestionario de ochenta preguntas, con tres
respuestas alternativas, durante un período máximo de noventa minutos, que será
determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, de
entre las materias contenidas en el programa de esta convocatoria.
Cada pregunta contestada
correctamente se puntuará con 0,125 puntos, no penalizando las contestadas
erróneamente, siendo necesario obtener un mínimo de 6 puntos para pasar al
siguiente ejercicio.
Segundo Ejercicio: Resolución de un supuesto práctico relacionado con alguna de las
materias del programa adjunto en un periodo máximo de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará
de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan, al
menos, cinco puntos en este ejercicio.
Cada uno de los ejercicios
de esta fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
C) CALIFICACION
FINAL:
Será la que resulte de sumar la media obtenida en la fase de oposición, a la
que se sumarán los puntos obtenidos en la fase de concurso. En caso de empate
lo resolverá la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y si persiste
el empate lo resolverá el Tribunal, si fuere necesario por haberse de dilucidar
la selección o no de los aspirantes, mediante la realización de un nuevo
ejercicio teórico a los aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga
a la establecida para la fase de oposición, determinándose la selección por la
mayor puntuación obtenida. Si aun así persistiera el empate se realizarán
tantos ejercicios cuantos sean necesarios hasta dirimirlo.
El Tribunal no podrá aprobar
ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de
vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite
será nulas de pleno derecho.
El Tribunal una vez
realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas que coincida con
las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.
En aplicación de lo previsto en el art. 77 del
R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se permite la exención de aquellas
materias cuyo conocimiento ya se acreditó al ingresar en el Grupo de origen,
anterior al que se trata de acceder por promoción interna, el número de temas
queda fijado en veinticinco, según el siguiente:
PROGRAMA
TEMA 1.-. La Administración
Pública en el Ordenamiento jurídico español. Sometimiento de la Administración
a la Ley y al Derecho.
TEMA 2.- La personalidad
jurídica de la Administración. Clases de personas jurídicas públicas.
TEMA 3.- El administrado:
concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas.
Situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses
legítimos.
TEMA 4.- El acto
administrativo I: Concepto, clases y elementos.
TEMA 5.- El acto administrativo II. -Eficacia de
los actos. - Nulidad y anulabilidad.
TEMA 6.- Los interesados en
el procedimiento: concepto y capacidad de obrar. Identificación y firma de los
interesados en el procedimiento administrativo. Derechos de los interesados en
el procedimiento administrativo.
TEMA 7.- La notificación:
condiciones generales, práctica de la notificación, notificación infructuosa,
publicación e indicación de notificaciones y publicaciones.
TEMA 8.- Dimensión temporal
del procedimiento: Términos y plazos, cómputo, ampliación y tramitación de
urgencia.
TEMA 9.- La obligación de
resolver. Falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo.
El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
TEMA 10.- Procedimiento
administrativo común. – Fases: iniciación, ordenación instrucción y
finalización.
TEMA 11.- La tramitación
simplificada del procedimiento administrativo. La ejecución.
TEMA 12.- Revisión de actos
en vía administrativa I: Revisión de oficio.
TEMA 13.- Revisión de actos
en vía administrativa II: Recursos administrativos de alzada, potestativo de
reposición y extraordinario de revisión.
TEMA 14.- La potestad
sancionadora: principios de la potestad sancionadora y especialidades del
procedimiento sancionador.
TEMA 15.- La responsabilidad
patrimonial de las Administraciones Públicas y de las autoridades y personal a
su servicio.
TEMA 16.- El Texto Refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público, RD 5/2015, de 30 de octubre: Objeto y
ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
TEMA 17.- El personal al
servicio de las Corporaciones locales: Clases y régimen jurídico. Derechos y
deberes.
TEMA 18.- Las licencias:
Naturaleza, régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento.
TEMA 19.- Ordenanzas y
reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y
aprobación.
TEMA 20.- Los bienes de las
entidades locales: el patrimonio de las Entidades Locales.
TEMA 21.- Los Presupuestos
locales: contenido, estructura, procedimiento de elaboración y aprobación
inicial.
TEMA 22.- El Estatuto de
Autonomía de la Ciudad de Melilla: Asamblea, presidente, Consejo de Gobierno y
Comisiones.
TEMA 23.- Competencias de la
Ciudad de Melilla. Régimen jurídico. Régimen económico y financiero.
TEMA 24.- El Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla: Órganos de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TEMA 25.- Ley Orgánica
3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de
igualdad y la tutela contra la discriminación.
En lo no previsto en las
presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación
a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral
fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de
15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación
de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”,
publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.
Publíquense las mismas en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón
de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la
provisión de las citadas plazas.
Las presentes bases y los actos que de
ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la
forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Melilla 5 de enero de 2021,
La Consejera de Presidencia y Administración
Pública,
Gloria Rojas Ruiz