ARTÍCULO Nº 23 (CVE: BOME-A-2021-23) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5825 - martes, 12 de enero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº20 de fecha 8 de enero de 2021, relativa a relación de solicitantes admitidos y excluidos en la convocatoria de subvenciones para el pago de alquiler de viviendas privadas a jóvenes.

BOME-P-2021-56 Descargar página

El titular de la Consejería, mediante Orden de 08/01/2021, registrada al número 2021000020, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

En el BOME nº 5800 de fecha 16/10/2020, se publicó la Convocatoria en Régimen de Concurrencia Competitiva para el Otorgamiento de Subvenciones para el Pago del Alquiler de Viviendas Privadas a Jóvenes, dando el correspondiente plazo para presentación de solicitudes.

 

El plazo de presentación de solicitudes concluyó el pasado 31/10/2020.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 27559/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Se publiquen las listas de solicitantes admitidos y excluidos. En cumplimiento de lo establecido en el punto Décimo de las Bases, los interesados admitidos y excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación para formular alegaciones, completar o subsanar la solicitud y/o documentación. A los solicitantes que no subsanen o completen la documentación se les tendrá por desistidos de su solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, constituyendo la resolución definitiva del procedimiento la resolución a que se refiere el art. 21.1. de la referida Ley.

 

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Otros documentos de entrada

SOLICITANTES ADMITIDOS- LISTAS DEFINITIVAS DE AYUDA AL ALQUILER JOVENES EJERCICIO 2020 BOME 5800 DE 16-10-20

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Otros documentos de entrada

SOLICITANTES EXCLUIDOS- LISTAS DEFINITIVAS DE AYUDA AL ALQUILER JOVENES EJERCICIO 2020 BOME 5800 DE 16-10-20

1353131301711430145

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 11 de enero de 2021,

La Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Inmaculada Merchán Mesa

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