ARTÍCULO Nº 43 (CVE: BOME-A-2021-43) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5826 - viernes, 15 de enero de 2021 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3
Notificación a Dª Samira Jalal, en divorcio contencioso 40/2020.
DCT DIVORCIO CONTENCIOSO 0000040/2020
N.I.G: 52001 41 1 2020 0000214
Procedimiento origen: Sobre DIVORCIO CONTENCIOSO
Demandante D/ña RACHID MOMMOUH AMAR
Procurador/a Sr/a ANA HEREDIA MARTINEZ
Abogado/a Sr/a ANA MARIA RODRIGUEZ PEREZ
DEMANDADO D/ña. SAMIRA JALAL
EDICTO
DOÑA ENCARNACION OJEDA SALMERON, LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº3 DE MELILLA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento de Divorcio Contencioso nº40/2020, se ha dictado sentencia en fecha 11.12.2020, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº285/2020
En Melilla, a 11 de diciembre de 2020
Han sido vistos por Doña Laura López García, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Melilla, los autos de juicio de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número 40/20 seguido a instancia de D. RACHID MOMMOUH AMAR representado por la procuradora Dª Ana Heredia Martínez y con la asistencia letrada de Dª Ana María Rodríguez Pérez frente a Dª SAMIRA JALAL declarada en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Se estima la demanda de divorcio interpuesta por D. RACHID MOMMOUH AMAR representado por la procuradora Dª Ana Heredia Martínez y con la asistencia letrada de Dª Ana María Rodríguez Pérez frente a Dª SAMIRA JALAL declarada en situación de rebeldía procesal, por lo que debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los efectos legales.
No se hace expreso pronunciamiento condenatorio en las condenatorio en las costas de esta instancia.
Esta sentencia no es firme y contra la misma puede interponerse recurso de apelación ante este Juzgado para la Iltma. Audiencia de Málaga Sección Séptima dentro de los veinte días siguientes a su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma Dª LAURA LÓPEZ GARCÍA Juez titular de este Juzgado de Primera Instancia en Instrucción nº3 de Melilla; doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En MELILLA, a veintitrés de diciembre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.