ARTÍCULO Nº 59 (CVE: BOME-A-2021-59) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5828 - viernes, 22 de enero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Orden nº 13 de fecha 15 de enero de 2021, relativa a concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento para el desarrollo de clases lectivas no presenciales por los Centros Educativos de Melilla con motivo del COVID-19.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden núm. 2021000013 del día
15 de enero de 2021 ha dispuesto lo siguiente:
“De conformidad con lo
estipulado en la Base 9 ,“Procedimiento de Concesión”, que rige en la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN, EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE
EQUIPAMIENTO PARA EL DESARROLLO DE CLASES LECTIVAS NO PRESENCIALES POR LOS
CENTROS EDUCATIVOS DE
MELILLA CON MOTIVO DEL COVID-19, publicada en el Boletín
Oficial de Melilla núm. 5802 del día 23 de octubre de 2020, y de acuerdo con la
propuesta de resolución definitiva formulada por el Órgano Colegiado en fecha
de 14 de enero de 2021, una vez no han sido presentadas alegaciones durante el
trámite de audiencia tras publicación de la propuesta de resolución provisional
en el Boletín Oficial de Melilla núm. 5818, del viernes 18 de diciembre de
2020, VENGO EN ORDENAR LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA, disponiendo
lo siguiente:
La Concesión de las
siguientes subvenciones a los centros educativos que a continuación se
enumeran, en la cuantía que se indica:
CENTRO
SOLICITANTE cee, cepa y ceips |
IMPORTE
CONCEDIDO |
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1 CEE REINA
SOFÍA |
14.999,00 € |
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2 CEPA CARMEN
CONDE |
10.600,00 € |
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3 CEIP PINTOR
EDUARDO MORILLAS |
14.999,00 € |
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4 CEIP LEON
SOLA |
14.999,00 € |
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5CEIP ENRIQUE
SOLER |
14.999,00 € |
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6CEIP REAL |
14.999,00 € |
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7 CEIP ESPAÑA |
14.999,00 € |
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8 CEIP
HIPODROMO |
14.999,00 € |
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9 CEIP
MEDITERRANEO |
14.999,00 € |
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10 CEIP
ANSELMO PARDO |
14.999,00 € |
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11 CEIP
CONSTITUCIÓN |
14.999,00 € |
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12 CEIP JUAN
CARO ROMERO |
14.999,00 € |
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13 CEIP PEDRO
DE ESTOPIÑAN |
14.999,00 € |
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14 CEIP REYES
CATOLICOS |
14.999,00 € |
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15 CEIP
VELAZQUEZ |
14.999,00 € |
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16 CEIP NTRA
SRA BUEN CONSEJO |
14.999,00 € |
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17 CEIP
GABRIEL DE MORALES |
14.600,00 € |
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18 CEIP LA
SALLE EL CARMEN |
14.999,00 € |
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CENTRO
SOLICITANTES IES. |
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19 IES VIRGEN
DE LA VICTORIA |
14.999,00 € |
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20 IES ENRIQUE
NIETO |
14.999,00 € |
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21 IES
LEOPOLDO QUEIPO |
14.999,00 € |
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22 IES JUAN
ANTONIO FERNANDEZ |
14.999,00 € |
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23 IES MIGUEL
FERNANDEZ |
14.999,00 € |
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24 IES RUSADIR |
14.999,00 € |
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25CPIFP REINA
VICTORIA EUGENIA |
14.999,00 € |
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26 ESCUELA DE
ARTE MIGUEL MARMOLEJO |
5.745,00 € |
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27 ESCUELA
OFICIAL DE IDIOMAS |
14.316,35 € |
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TOTAL IMPORTE
CONCEDIDO |
390.238,35 € |
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Debiéndose efectuar la
advertencia de que, según comunicación del Ministerio de Educación y Formación
Profesional a la Dirección General de Educación e Igualdad de esta Consejería,
los centros docentes sólo podrán realizar contratos cuya suma total sea inferior
a 15.000 euros, en aplicación del artículo 17.a) de la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, de
delegación de competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Para la adquisición de ordenadores portátiles,
y dentro de los límites establecidos por la convocatoria, los centros docentes deberán
acudir al procedimiento centralizado establecido del Acuerdo Marco AM 02/2016,
por exigencia del artículo 230 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público. La Dirección Provincial del Ministerio de Educación y
Formación Profesional en Melilla indicará instrucciones sobre los trámites a
seguir para su autorización en “Conecta centralización”.
Para la adquisición del
resto de equipamiento contemplado en el apartado 3 de las Bases ,incluidas las
tabletas, y dentro de los límites previstos en la convocatoria, se podrán
contratar mediante el procedimiento ordinario de contratación menor de suministros
previsto en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, cumplimentando toda la documentación pertinente.”
La presente Orden , en
aplicación del artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/15, de 01 de
octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, no agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de
alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, pudiendo presentarse el recurso ante la Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o bien directamente ante el órgano
competente para resolverlo, sin perjuicio de que puedan los interesados
interponer cualquier otro que consideren oportuno, bajo su responsabilidad.”
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general
conocimiento.
Melilla 19 de enero de 2021,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos
e Igualdad, P.A.,
Arturo Jiménez Cano