ARTÍCULO Nº 66 (CVE: BOME-A-2021-66) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5829 - martes, 26 de enero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES


Resolución provisional del instructor de la tercera comisión de evaluación de las solicitudes presentadas al régimen de concurrencia no competitiva del programa de apoyo a empresas melillenses afectadas por la crisis generada por el COVID- 19.Linea 3.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR

DE LA TERCERA COMISIÓN DE EVALUACION

 

ANTECEDENTES

 

1. Mediante Acuerdo de Pleno de la excma. Asamblea de Melilla de fecha 21 de mayo de 2020 se adoptó, entre otros acuerdos, en su punto 6 el PLAN DE MEDIDAS DE APOYO ECONÓMICO DESTINADO A LAS EMPRESAS Y FAMILIAS MELILLENSES EN RELACIÓN AL IMPACTO PRODUCIDO POR EL COVID-19 (Bome Extraordinario nº 19 de 22/05/2020)

2. En aplicación del Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva celebrada el día 6 de julio de 2020, en su punto décimo noveno, aprobó las BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19 (Bome nº 5774 de 17/07/2020)

3. Mediante Orden del Consejero de Economía y Políticas Sociales número 2020004278 de fecha 11 de noviembre de 2020, se aprueba la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19. LINEA 3 (BOME nº 5808 de 13/11/2020).

5.- El informe de la  Tercera Comisión de Evaluación de la Consejería, como órgano colegiado, en sesión de fecha 21 de enero de 2021.

 

RESULTANDO

 

1.- Que los peticionarios solicitan Ayuda conforme a lo establecido en la norma citada.

2.- Que por la Comisión de Evaluación de la Consejería, como Órgano Colegiado para la evaluación de las solicitudes presentadas en la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19, Línea 3  el día 21 de enero de 2021, se emite informe sobre las peticiones formuladas.

 

FUNDAMENTOS

 

1. Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el art. 13.6. de las bases reguladoras.

2. Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.

3.  Esta convocatoria se financiará con cargo al Presupuesto General Consolidado  de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2020, en concreto con la aplicación presupuestaria 08/43000/44901 “ PROMESA, Fondo Apoyo Pymes y autónomos crisis covid19”, cuantía de 3.500.000,00 euros, según la retención de crédito número 12020000069002 dentro de la 3ª LINEA DE ACTUACIÓN (“PLAN REINICIA”) “ Medidas de apoyo a la recuperación económica y del empleo”, aprobado por el Pleno de la Asamblea, se tramitará mediante una convocatoria independiente en la forma señalada en el “ Plan de Medidas de apoyo económico destinado a las empresas y familias melillenses en relación al impacto producido por el COVID-19”, aprobado mediante Acuerdo del Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla de fecha 21 de mayo de 2020, publicado en el BOME núm. extra de 22 de en articulo 177.5 del TRLHL”( BOME extraordinario número 19 de 22 de mayo de 2020).

4. Que existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención.

5. Que los criterios seguidos para la resolución de los expedientes incluidos e la presente propuesta provisional se han resuelto en régimen de concurrencia no competitiva, siguiendo el orden riguroso de incoación, en función de la fecha de su presentación y siempre que dicho expediente este completo y pueda estudiarse y resolverse conforme a las bases reguladoras y convocatoria.

6. Que se han evaluado parte de las solicitudes presentadas siguiendo los criterios señalados en el punto anterior.

 

 

BOME-P-2021-140 Descargar página

Por todo lo anteriormente expuesto este órgano instructor adopta el siguiente:

 

ACUERDO

 

1. Proponer provisionalmente la CONCESION de la subvención solicitada a las entidades que aparecen relacionadas en el Anexo I, por el importe que se indican.

 

ANEXO I - FAVORABLES

Ayuda

Expediente

Solicitante

CIFNIF

Importe Concedido

36200/2020

L3CV20079

HOZMAN SOUSSI LAHCHAYCHI

****5886**

330,00

36374/2020

L3CV20100

RACHID MOHAMED EL FATME

****9665**

4.320,00

36422/2020

L3CV20105

CONSTRUCCIONES HERNANDEZ Y ARNEDO, S.L.

B52038924

6.400,00

36594/2020

L3CV20107

RIDOUANE BOUCHANKOUK TAHAR

****1736**

5.000,00

36435/2020

L3CV20108

FARID ABDELKADER MOHAMED ACHAMLAL

****9909**

11.240,00

36436/2020

L3CV20109

EUROHUADA S.L.

B52017415

3.050,00

36440/2020

L3CV20110

AGRUPACION AMARRADORES DEL PUERTO S. COOP.

F52020708

3.600,00

36448/2020

L3CV20112

LAILA AL-LAL AMAR

****0292**

300,00

36449/2020

L3CV20113

ISAAC BENZAQUEN BENZAQUEN

****8311**

1.000,00

36467/2020

L3CV20116

PUBLIGRAFIC MELILLA S.L.

B52004140

1.000,00

36473/2020

L3CV20117

FRANCISCO ANTONIO MENA GIL

****7399**

5.060,00

36503/2020

L3CV20120

M´HAMED AMJAHAD AMJAHDI

****7026**

3.000,00

36596/2020

L3CV20121

FRANCISCO JESUS BENITEZ LUQUE

****8155**

6.735,00

36509/2020

L3CV20122

FRANCISCA AVIÑON NARVAEZ

****8287**

2.000,00

36597/2020

L3CV20123

MEDOC INVESMENTS S.A.

A52032562

2.480,00

36514/2020

L3CV20124

MARIA DEL CARMEN BUENAPOSADA GUTIERREZ

****0643**

750,00

36517/2020

L3CV20126

JUAN MANUEL CANO CLARO

****7378**

7.100,00

36522/2020

L3CV20127

KARIM EL FOUNTI

*****5685*

4.086,60

 

 

 

TOTAL

67.451,60

 

2.- Proponer provisionalmente por DESFAVORABLES/DESISTIDAS las solicitudes de las entidades que se relacionan en el Anexo II.

 

ANEXO II - DESFAVORABLES

Ayuda

Expediente

Solicitante

CIFNIF

Motivo

35236/2020

L3CV20025

AFRICA TRAVEL S.L.

B5201044

Art. 5 no recupera trabajadores en ERTE

 

3.- Se notifique la presente mediante su publicación en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla. Complementariamente se publicará también en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla y en la de la entidad gestora www.promesa.net. Estas publicaciones respetarán lo dispuesto en la disposición adicional 7ª de la LO 3/2018. De conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos, conforme a lo señalado en el artículo 13.6 de las bases reguladoras y convocatoria, indicándole a los solicitantes que la propuesta de resolución provisional, no creará derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no se haya comunicado la resolución de concesión.

4.- Participarle a la entidad que tiene un plazo de 5 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Melilla, para efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el Art. 13.6 de las bases reguladoras y convocatoria.

5.- La presentación de alegaciones a esta propuesta provisional implicará la no aceptación de dicha propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones presentadas. En caso contrario la presente propuesta provisional se entenderá definitiva.

 

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 22 de enero de 2021,

Por suplencia del Director General de Economía, Innovación y Competitividad,

Andrés Vicente Navarrete