ARTÍCULO Nº 66 (CVE: BOME-A-2021-66) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5829 - martes, 26 de enero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Resolución provisional del instructor de la tercera comisión de evaluación de las solicitudes presentadas al régimen de concurrencia no competitiva del programa de apoyo a empresas melillenses afectadas por la crisis generada por el COVID- 19.Linea 3.
PROPUESTA
DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR
DE LA TERCERA COMISIÓN DE EVALUACION
ANTECEDENTES
1. Mediante Acuerdo de
Pleno de la excma. Asamblea de Melilla de fecha 21 de mayo de 2020 se adoptó,
entre otros acuerdos, en su punto 6 el PLAN DE MEDIDAS DE APOYO ECONÓMICO
DESTINADO A LAS EMPRESAS Y FAMILIAS MELILLENSES EN RELACIÓN AL IMPACTO
PRODUCIDO POR EL COVID-19 (Bome Extraordinario
nº 19 de 22/05/2020)
2. En
aplicación del Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, el Consejo de
Gobierno, en sesión ejecutiva celebrada el día 6 de julio de 2020, en su punto
décimo noveno, aprobó las BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS
MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19 (Bome nº 5774 de 17/07/2020)
3. Mediante
Orden del Consejero de Economía y Políticas Sociales número 2020004278 de fecha
11 de noviembre de 2020, se aprueba la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES
AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19. LINEA 3 (BOME nº 5808 de 13/11/2020).
5.- El informe de la Tercera Comisión de Evaluación de la Consejería,
como órgano colegiado, en sesión de fecha 21
de enero de 2021.
RESULTANDO
1.- Que los peticionarios
solicitan Ayuda conforme a lo establecido en la norma citada.
2.- Que por la Comisión de
Evaluación de la Consejería, como Órgano Colegiado para la evaluación de las
solicitudes presentadas en la Convocatoria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL
PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR
EL COVID-19, Línea 3 el día 21 de
enero de 2021, se emite informe sobre las peticiones formuladas.
FUNDAMENTOS
1. Que la competencia para
la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el
instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado,
conforme a lo establecido en el art. 13.6. de las bases reguladoras.
2. Que se cumplen en el expediente
de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases reguladoras de
tales ayudas.
3. Esta convocatoria se financiará con cargo al
Presupuesto General Consolidado de la
Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades
Mercantiles para el año 2020, en concreto con la aplicación presupuestaria
08/43000/44901 “ PROMESA, Fondo Apoyo Pymes y autónomos crisis covid19”,
cuantía de 3.500.000,00 euros, según la retención de crédito número
12020000069002 dentro de la 3ª LINEA DE ACTUACIÓN (“PLAN REINICIA”) “ Medidas
de apoyo a la recuperación económica y del empleo”, aprobado por el Pleno de la
Asamblea, se tramitará mediante una convocatoria independiente en la forma
señalada en el “ Plan de Medidas de apoyo económico destinado a las empresas y
familias melillenses en relación al impacto producido por el COVID-19”,
aprobado mediante Acuerdo del Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de
Melilla de fecha 21 de mayo de 2020, publicado en el BOME núm. extra de 22 de en articulo 177.5 del
TRLHL”( BOME extraordinario número 19
de 22 de mayo de 2020).
4. Que existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones
de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente
subvención.
5. Que los criterios seguidos para la resolución de los expedientes
incluidos e la presente propuesta provisional se han resuelto en régimen
de concurrencia no competitiva, siguiendo el orden riguroso de incoación, en
función de la fecha de su presentación y siempre que dicho expediente este
completo y pueda estudiarse y resolverse conforme a las bases reguladoras y
convocatoria.
6. Que se
han evaluado parte de las solicitudes presentadas siguiendo los criterios
señalados en el punto anterior.
Por todo lo
anteriormente expuesto este órgano instructor adopta el siguiente:
ACUERDO
1. Proponer provisionalmente la CONCESION de la subvención solicitada a
las entidades que aparecen relacionadas en el Anexo I, por el importe que se
indican.
ANEXO I -
FAVORABLES |
||||
Ayuda |
Expediente |
Solicitante |
CIFNIF |
Importe
Concedido |
36200/2020 |
L3CV20079 |
HOZMAN SOUSSI
LAHCHAYCHI |
****5886** |
330,00 |
36374/2020 |
L3CV20100 |
RACHID MOHAMED
EL FATME |
****9665** |
4.320,00 |
36422/2020 |
L3CV20105 |
CONSTRUCCIONES
HERNANDEZ Y ARNEDO, S.L. |
B52038924 |
6.400,00 |
36594/2020 |
L3CV20107 |
RIDOUANE
BOUCHANKOUK TAHAR |
****1736** |
5.000,00 |
36435/2020 |
L3CV20108 |
FARID
ABDELKADER MOHAMED ACHAMLAL |
****9909** |
11.240,00 |
36436/2020 |
L3CV20109 |
EUROHUADA S.L. |
B52017415 |
3.050,00 |
36440/2020 |
L3CV20110 |
AGRUPACION
AMARRADORES DEL PUERTO S. COOP. |
F52020708 |
3.600,00 |
36448/2020 |
L3CV20112 |
LAILA AL-LAL
AMAR |
****0292** |
300,00 |
36449/2020 |
L3CV20113 |
ISAAC
BENZAQUEN BENZAQUEN |
****8311** |
1.000,00 |
36467/2020 |
L3CV20116 |
PUBLIGRAFIC
MELILLA S.L. |
B52004140 |
1.000,00 |
36473/2020 |
L3CV20117 |
FRANCISCO
ANTONIO MENA GIL |
****7399** |
5.060,00 |
36503/2020 |
L3CV20120 |
M´HAMED
AMJAHAD AMJAHDI |
****7026** |
3.000,00 |
36596/2020 |
L3CV20121 |
FRANCISCO
JESUS BENITEZ LUQUE |
****8155** |
6.735,00 |
36509/2020 |
L3CV20122 |
FRANCISCA
AVIÑON NARVAEZ |
****8287** |
2.000,00 |
36597/2020 |
L3CV20123 |
MEDOC
INVESMENTS S.A. |
A52032562 |
2.480,00 |
36514/2020 |
L3CV20124 |
MARIA DEL
CARMEN BUENAPOSADA GUTIERREZ |
****0643** |
750,00 |
36517/2020 |
L3CV20126 |
JUAN MANUEL
CANO CLARO |
****7378** |
7.100,00 |
36522/2020 |
L3CV20127 |
KARIM EL
FOUNTI |
*****5685* |
4.086,60 |
|
|
|
TOTAL |
67.451,60 |
2.- Proponer
provisionalmente por DESFAVORABLES/DESISTIDAS las solicitudes de las entidades
que se relacionan en el Anexo II.
ANEXO II -
DESFAVORABLES |
||||
Ayuda |
Expediente |
Solicitante |
CIFNIF |
Motivo |
35236/2020 |
L3CV20025 |
AFRICA TRAVEL
S.L. |
B5201044 |
Art. 5 no
recupera trabajadores en ERTE |
3.- Se notifique la presente
mediante su publicación en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Melilla. Complementariamente se publicará también en la página web de
la Ciudad Autónoma de Melilla y en la de la entidad gestora www.promesa.net. Estas publicaciones
respetarán lo dispuesto en la disposición adicional 7ª de la LO 3/2018. De
conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus
mismos efectos, conforme a lo señalado en el artículo 13.6 de las bases
reguladoras y convocatoria, indicándole a los solicitantes que la propuesta de
resolución provisional, no creará derecho alguno a favor del beneficiario,
mientras no se haya comunicado la resolución de concesión.
4.-
Participarle a la entidad que tiene un plazo de 5 días naturales, a partir del
día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Melilla,
para efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en
el Art. 13.6 de las bases reguladoras y convocatoria.
5.- La presentación de
alegaciones a esta propuesta provisional implicará la no aceptación de dicha
propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones presentadas. En caso
contrario la presente propuesta provisional se entenderá definitiva.
Lo que le comunico para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 22 de enero de
2021,
Por suplencia del Director
General de Economía, Innovación y Competitividad,
Andrés Vicente Navarrete