ARTÍCULO Nº 79 (CVE: BOME-A-2021-79) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5831 - martes, 2 de febrero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 71 de fecha 29 de enero de 2021, relativa a convocatoria del concurso de disfraces de carnavales para mascotas 2021.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2021000071 de fecha 29 de enero de 2021, ha resuelto lo siguiente:

 

La publicación de la siguiente Convocatoria del CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES PARA MASCOTAS 2021 y el inicio del período de presentación de solicitudes conforme a las siguientes

 

BASES

 

1º.- Podrán participar todos los propietarios de sus mascotas que lo deseen, siendo requisito que los propietarios sean residentes en Melilla.

2º.- La mascota puede ser de cualquier tipo siempre que vaya disfrazada, siendo libre la temática de los disfraces.

3º.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del certamen.

 

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

 

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

 

4º.- El jurado valorará la originalidad, animación (bailes, coreografías, representación del personaje o similar), la confección de los trajes y los materiales utilizados.

5º.- El disfraz debe ser portado por la mascota sin sufrir el animal participante.

6º.- No podrá participar en el Concurso oficial aquel disfraz que haya sido “PREMIADO” en otra edición local o nacional.

7º.- Queda prohibida la utilización en el Concurso de cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como llamas en antorchas, velas, con petróleo, gas o cualquier otro tipo de combustible

8.- Los premios establecidos por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad son los siguientes:

 

·         Primer Premio: Un cupón valorado en de 300 € para productos para la mascota.

·         Segundo Premio: Un cupón valorado en de 250 € para productos para la mascota.

·         Tercer Premio: Un cupón valorado en de 200 € para productos para la mascota.

·         Cuarto Premio: Un cupón valorado en de 150 € para productos para la mascota.

·         Quinto Premio: Un cupón valorado en de 100 € para productos para la mascota.

 

9º.- La inscripción se realizará a través del correo carnaval2021@rtvmelilla.es, siendo la hora límite de envío las 14,00 h del día 15 de febrero.

10º.- El participante deberá realizar un vídeo no superior a 40 segundos (en formato YDRAY) y adjuntarlo con una copia del DNI, dirección, teléfono, Certificado de la Cuenta Corriente del Participante, nombre de la mascota y documento acreditativo de la titularidad de la misma. Asimismo, los vídeos enviados serán visualizados por el Jurado con anterioridad a la celebración del concurso.

11º.- Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación

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12º.- El concurso oficial se celebrará el domingo día 21 de febrero y se emitirá por Radio Televisión Melilla.

13º.- El Jurado podrá declarar desierto aquellos premios que no hayan alcanzado un nivel de calidad suficiente y su fallo será inapelable. La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

14º.- La presentación al CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES PARA MASCOTAS 2021 supone la plena aceptación de sus Bases.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 1 de febrero de 2021,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero