ARTÍCULO Nº 83
(CVE: BOME-A-2021-83)
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BOME Nº 5832 - viernes, 5 de febrero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 22 de enero de 2021, relativo a rectificación de errores materiales detectados en las bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de sargento de servicio de extinción de incendios, prevención y salvamento (S.E.I.P.S), por el procedimiento de concurso - oposición, promoción interna.

El Consejo de
Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el 22 de enero de 2021, ha
procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Presidencia y
Administración Pública, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número
2021000040:
“
De conformidad
con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, Vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo
siguiente:
Se proceda a la
rectificación de los errores materiales detectados en las “Bases de la
Convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Sargento del
Servicio de Extinción de Incendios, Prevención y Salvamento (S.E.I.P.S), por el
procedimiento de concurso-oposición, promoción interna” (BOME nº 5825 de fecha
12-01-21), en el sentido siguiente:
Donde dice:
“...
3.- PROCESO DE SELECCIÓN.-
A) Fase de Concurso:
...
CURSOS:
Formación recibida: Por cursos relacionados
con la plaza objeto de la convocatoria,
0,033 puntos por hora lectiva hasta un máximo de 1 punto.
Se acreditará
mediante certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que
impartió el curso o copia compulsada de los mismos, con indicación del número
de horas de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación.
Los cursos
inferiores a 15 horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.
...”
Debe decir:
“...
3.- PROCESO DE SELECCIÓN.-
A) Fase de Concurso:
...
CURSOS:
Formación recibida: Por cursos relacionados
con la plaza objeto de la convocatoria,
0,0033 puntos por hora lectiva hasta un máximo de 1 punto.
Se acreditará
mediante certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que
impartió el curso o copia compulsada de los mismos, con indicación del número
de horas de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación.

Los cursos
inferiores a 15 horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.
”
De conformidad
con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de
octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás
concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la
vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el
propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un
mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa
administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o
notificación.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se hace
público para su conocimiento y efectos.
Melilla 3 de febrero de 2021,
El Secretario Accidental del Consejo de
Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany