ARTÍCULO Nº 85
(CVE: BOME-A-2021-85)
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BOME Nº 5832 - viernes, 5 de febrero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Resolución nº 267 de fecha 2 de febrero de 2021, relativa a apertura del plazo de presentación de solicitudes de medidas tributarias de carácter urgente y extraordinario.

Mediante Decreto del Excmo. Sr. Presidente de la
Ciudad, registrado al número 83, de 8 de mayo de 2020 (BOME Núm. 5755, de 12 de
mayo) se aprobaron, entre otras, las siguientes medidas tributarias de carácter
urgente y extraordinario:
PRIMERO. - TASA POR DISTRIBUCIÓN Y DEPURACIÓN DE AGUA
Con efectos exclusivos para el ejercicio
2020, los sujetos pasivos que resulten beneficiados o afectados por la
concesión de las licencias de acometida de agua y por los servicios o
actividades prestados por el suministro de agua para inmuebles destinados a los
usos industrial, comercial, restauración u hoteles, establecidos en el artículo
5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa (BOME Extra. Núm. 21 de 30 de
diciembre de 2009) se podrán beneficiar de una reducción del 50 % de la cuota tributaria correspondiente al segundo
trimestre del ejercicio 2020.
La reducción deberá ser solicitada por el
sujeto pasivo en el plazo que se establecerá por Resolución de la Consejera de
Hacienda, Empleo y Comercio.
SEGUNDO. - TASA POR RECOGIDA DE BASURA
Con efectos exclusivos para el ejercicio
2020, los sujetos pasivos receptores del servicio de recogida de residuos
sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos y limpieza en calles
particulares que sean titulares de locales comerciales, industriales,
profesionales, hoteles, residencias, hostales, pensiones o similares,
establecidos en el artículo 7 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa
(BOME Extra. Núm. 21 de 30 de diciembre de 2009) podrán ser beneficiarios de una reducción del 25 % de la cuota
tributaria anual, que corresponde al segundo trimestre de 2020.
La reducción deberá ser solicitada por el
sujeto pasivo, en el plazo que se establecerá por Resolución de la Consejera de
Hacienda, Empleo y Comercio.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
3241/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La apertura del plazo de presentación de solicitudes,
que concluirá el próximo día 31
de marzo de 2021, para instar las
reducciones de las cuotas tributarias citadas por aquellos sujetos pasivos que
cumplan los siguientes requisitos:
1.- TASA POR DISTRIBUCIÓN Y DEPURACIÓN DE
AGUA:
1.
Ser beneficiarios
o afectados por la concesión de las licencias de acometida de agua y por los
servicios o actividades prestados por el suministro de agua en inmuebles
destinados a los siguientes usos, previstos en el artículo 5 de la Ordenanza
Fiscal reguladora de la tasa (BOME Extra. Núm. 21 de 30 de diciembre de 2009):
-
Industriales y
comerciales
-
Restauración y
hoteles
2.
Encontrarse al
corriente de sus obligaciones tributarias con la Ciudad Autónoma de Melilla.
3.
Presentar la
siguiente documentación, con
fecha límite 31 de marzo de 2021:
a)
Solicitud
formalizada según el modelo que se adjunta como Anexo I y que se encuentra disponible
en la web www.melilla.es.
b)
Documento de
identificación fiscal.
c)
Cuando se actúe
por representación, poder bastante en derecho que acredite las facultades de
representación del firmante de la solicitud para actuar en su nombre o modelo
de representación, acompañado de DNI del representante.
d)
Alta en el
Impuesto de Actividades Económicas.
2.- TASA POR RECOGIDA DE BASURA:
1.
Ser receptores del
servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de
los mismos y limpieza en calles particulares en locales destinados a las
siguientes actividades, conforme al artículo 7 de la Ordenanza Fiscal
reguladora de la tasa (BOME Extra. Núm. 21 de 30 de diciembre de 2009):

-
Bares y Cafeterías
-
Restaurantes
-
Oficinas y
despachos
-
Profesionales
-
Academias y
centros de estudio
-
Carpinterías,
Fábricas de Bricolaje
-
Fábricas e
industrias restantes
-
Talleres de
reparación
-
Textiles, calzados
y otros
-
Peluquería,
Perfumería, Droguería
-
Locales Hostelería
GRUPO 2 y 3
-
Hoteles,
residencias, hostales, pensiones o similares de 3 estrellas o más
-
Hoteles,
residencias, hostales, pensiones o similares de menos de 3 estrellas
1.
Encontrarse al
corriente de sus obligaciones tributarias con la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.
Presentar la siguiente
documentación, con
fecha límite 31 de marzo de 2021:
a)
Solicitud
formalizada según el modelo que se adjunta como Anexo II y que se encuentra
disponible en la web www.melilla.es.
b)
Documento de
identificación fiscal.
c)
Cuando se actúe
por representación, poder bastante en derecho, poder bastante en derecho que
acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para
actuar en su nombre o modelo de representación, acompañado de DNI del representante.
d)
Alta en el
Impuesto de Actividades Económicas.
Tipo documento |
Nombre |
CSV (link al
documento |
Informe |
ANEXO I. SOLICITUD REDUCCIÓN TASA AGUA |
|
Informe |
ANEXO
II. SOLICITUD REDUCCIÓN TASA BASURA |
Melilla 2
de febrero de 2021,
El
Secretario Técnico de Hacienda, Empleo y Comercio,
Sergio
Conesa Mínguez