ARTÍCULO Nº 93 (CVE: BOME-A-2021-93) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5832 - viernes, 5 de febrero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Protocolo general de cooperación en el ámbito educativo para desarrollo de actividades de refuerzo educativo entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, y la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla asociadas a fondos COVID - 19.

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Con fecha 03 de febrero actual ha sido firmado protocolo general de cooperación cuyo tenor literal es el siguiente:

 

PROTOCOLO GENERAL DE COOPERACIÓN  EN EL ÁMBITO EDUCATIVO PARA DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE REFUERZO EDUCATIVO  ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN  Y FORMACIÓN PROFESIONAL, Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA ASOCIADAS A FONDOS COVID -19.

 

En Melilla a, 03 de febrero  de 2021.

 

REUNIDOS

 

De una parte, la Excma. Sra. Da. Elena Fernández Treviño, Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrada por Decreto del Presidente, núm. 377, de 13 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario nº 42, del viernes 13 de diciembre de 2019), debidamente facultada mediante acuerdo del Consejo de Gobierno.

 

De otra parte, El Sr. Don Juan Ángel Berbel Galera, Director Provincial en Melilla del Ministerio de Educación y Formación Profesional

 

Las partes, en la representación con que actúan,

 

EXPONEN

 

I.      Que, en función de su naturaleza y objetivos, la Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de

II.     Educación, Cultura,  Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla (en adelante, la Consejería) están llamados a cooperar estrechamente en beneficio de la educación  en el ámbito de la ciudad de Melilla.

Ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

III.            Que en virtud de la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se ve pertinente reforzar educativamente mediante la contratación de personal técnico destinado a atender al alumnado, que en horario complementario o extraescolar (preferentemente) o, como apoyo dentro del aula en horario lectivo, siempre bajo la supervisión del personal docente adscrito por el Ministerio.

 

Por ello, se precisa la cooperación entre ambas Administraciones firmantes con el fin de minimizar en la medida de lo posible la desventaja socioeducativa y el impacto ocasionado por la COVID-19 entre el alumnado vulnerable de la Ciudad asociado también a variables generales de tipo ambiental, social, económico, cultural o lingüístico.

 

IV. Que la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad con relación a la enseñanza tiene atribuidas, entre otras, la competencia de fomento del refuerzo educativo y programas de colaboración con la Administración del Estado en materia educativa (Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías del 19 de Diciembre de 2019 (BOME extraordinario Nº43 del jueves 19 de diciembre de 2019).

 

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, las partes que intervienen deciden formalizar el presente Protocolo General  de conformidad con las siguientes

 

ESTIPULACIONES

 

I.              Se acuerda el apoyo  de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad al Ministerio de Educación y Formación Profesional  para el desarrollo de actividades de refuerzo educativo a través de modalidad presencial y, si fuese precisa, telemáticamente, acorde a la evolución de la propia situación de la pandemia y su impacto entre los centros educativos.

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Dicho apoyo se efectuará mediante la aportación de perfiles profesionales contratados al efecto (auxiliar de centro escolar, diplomados/graduados en educación primaria, diplomados/graduados en enfermería, técnicos en educación infantil) en la medida en que la Consejería disponga del mismo, acorde a la financiación recibida del Fondo Covid19, aprobado mediante Real Decreto Ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del citado Fondo y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

 

I.             Por parte de la Dirección Provincial se establecerán las directrices a los centros para la selección del alumnado.

II.            Se priorizará a estudiantes  con necesidades determinadas como más acuciantes por el rendimiento académico previo mostrado en el primer trimestre y al nivel superior en que se halle matriculado, en caso de que los recursos destinados  no fuesen suficientes para la atención integral de todos los seleccionados por sus tutores/as y/o especialistas.

III.           La duración del presente Protocolo de cooperación se extenderá por el período previsto por ambas Administraciones, que coincidirá con el final del curso académico en marcha.

 

Y, en prueba de conformidad y reciproca aceptación, firman, para el cumplimiento de lo pactado, por triplicado ejemplar en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

 

El DIRECTOR PROVINCIAL DEL       

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y

FORMACIÓN PROFESINAL,

Juan Ángel Berbel Galera

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD,

 

Elena Fernández Treviño”

 

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.

 

Melilla 3 de febrero de 2021,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero