ARTÍCULO Nº 94 (CVE: BOME-A-2021-94) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5832 - viernes, 5 de febrero de 2021 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 - juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 4


Notificación a Dª Saloua Laout y D. Mohamed Musa Milud, en procedimiento de modificación de medidas supuesto contencioso 86 / 2020.

BOME-P-2021-201 Descargar página

N.I.G.: 52001 41 1 2013 1010485

MMC MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000086 /2020

Procedimiento origen: F02 FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI NO C 0000078 /2013

Sobre MODIFICACION MEDIDAS

DEMANDANTE D/ña. SALOUA LAOUT

Procurador/a Sr/a. INMACULADA LOPEZ LOPEZ

Abogado/a Sr/a. SEBASTIAN ALCALA GARCIA

DEMANDADO D/ña. MOHAMED MUSA MILUD

 

E D I C T O

 

Dª ANA ISABEL ISLA HERNANDEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción 4 de Melilla, doy fe y testimonio que en los autos de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS 86/20, ha sido dictada sentencia, en fecha 9/12/20, cuyo Fallo paso a transcribir a continuación:  

 

FALLO

 

Que ESTIMANDO la demanda formulada a instancia D.ª SALOUA LAOUT, representada por la Procuradora Sra. López López y asistida del Letrado Sr. Alcalá García, contra D. MOHAMED MUSA MILUD, en situación procesal de rebeldía; habiendo intervenido el MINISTERIO FISCAL en defensa del interés público y de la legalidad DEBO DECLARAR Y DECLARO modificada la medida tercera de las definitivas que se establecieron en Sentencia de Guarda Custodia alimentos de hijos menores de fecha 22 de enero de 2014, dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Melilla, bajo n.º de autos 78/2013, quedando fijada la pensión de alimentos como sigue:

 

“3. El padre abonará, en concepto de pensión alimenticia, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (250,00 €), a cada uno de sus tres hijos menores, que serán ingresados mensualmente en la cuenta que designe la madre entre los días 1 y 5 de cada mes, cantidad que se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC que publique el INE u Organismo que lo sustituya”.

 

No se efectúa especial pronunciamiento en costas.

 

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe RECURSO DE APELACIÓN, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de VEINTE DÍAS siguientes al de su notificación, conforme a los artículos 457 y siguientes de la nueva LEC.

 

Y para que así conste, expido el presente, en Melilla, a 22 de enero de 2021.

 

LA LETRADA DE LA ADM. DE JUSTICIA