ARTÍCULO Nº 108 (CVE: BOME-A-2021-108) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5834 - viernes, 12 de febrero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Orden nº 224 de fecha 5 de febrero de 2021, relativa a resolución de recursos de reposición referente al segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020 para la concesión de subvenciones para el pago de alquiler de viviendas privadas
El titular de la
Consejería, mediante Orden de
05/02/2021, registrada al número 2021000224, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
ORDEN
DEL CONSEJERO
Examinados los recursos de
reposición interpuestos contra la resolución del Consejero de Infraestructuras,
Urbanismo y Deporte, n.º 2020002277, de fecha 26/11/2020 (BOME n.º 5813, de
01/12/2020), por la que se aprobaron las listas definitivas de admitidos y
excluidos para la concesión de subvenciones para el pago del alquiler de
viviendas privadas correspondientes a la convocatoria del segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020, y en atención a los
siguientes:
HECHOS
PRIMERO.- Mediante la citada resolución se aprobaron
las listas definitivas de las subvenciones solicitadas para el pago del
alquiler de viviendas privadas correspondientes al período señalado, incluyendo
las concedidas y las desestimadas, así como, en este último caso, los motivos
denegatorios.
SEGUNDO.- Contra la citada resolución, publicada el 1
de diciembre de 2020 en el BOME y en el tablón de anuncios de EMVISMESA, se han
interpuesto varios recursos de reposición solicitando la concesión de la
subvención con carácter urgente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Por resolución del Consejero de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte nº. 2020000736, de 27 de abril de 2020
(BOME nº 5751, de 28/04/2020), se convocaron las subvenciones para el pago del
alquiler de viviendas privadas correspondientes al segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.m del
Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
SEGUNDO.- La competencia para resolver los presentes
recursos corresponde al Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. El
criterio undécimo, apartado 3, de la citada convocatoria establece que la
resolución que ponga fin al procedimiento agotará la vía administrativa,
pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la
forma y los plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 40426/2020, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO EN DISPONER
UNO.- Aprobar la relación de recursos de reposición
admitidos que se inserta en el anexo que acompaña a esta Orden, correspondiente al segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020.
Las subvenciones aprobadas
se otorgarán con cargo a la partida presupuestaria 06.23101.48900, habiéndose efectuado la correspondiente retención de crédito con cargo
a la misma, por un importe de 900.000,00 €.
DOS.- La percepción de la subvención por parte de los
solicitantes beneficiarios no supone automáticamente la concesión de la
subvención para el segundo semestre de 2020, ya que ésta dependerá de su
situación socio-económica, del número de solicitantes y de la disponibilidad
presupuestaria.
TRES.- Según el criterio decimoquinto, apartado 4, el plazo para la presentación de los recibos correspondientes a las
mensualidades objeto de subvención será el mayor de los siguientes:
a)
Para las mensualidades de julio a diciembre de 2019, treinta días naturales contados a partir de la
publicación de la lista de beneficiarios.
b)
Para las mensualidades de enero a junio de 2020, hasta el 31 de julio de
2020 si la lista de beneficiarios se publicase antes del 15 de julio y
transcurridos treinta días tras la publicación si ésta se produjese con
posterioridad al 15 de julio.
Transcurrido dicho plazo,
comenzará el procedimiento de reintegro de la subvención.
CUATRO.- Lo que se comunica para su conocimiento y
efectos consiguientes, advirtiéndose que contra esta Orden puede interponerse recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
notificación, de conformidad con los artículos 8.2, 46.1 y concordantes de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier
otro que estimen oportuno.
CINCO.- Ordenar la publicación de esta Orden, en la que se inserta la relación de recursos admitidos,
en el tablón de anuncios del órgano instructor y en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el criterio
tercero, segundo apartado, de la convocatoria y en el artículo 45.1.b) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la
notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
ANEXO
LISTADO DE RECURSOS DE REPOSICIÓN ESTIMADOS
Expediente |
Nombre y Apellidos |
DNI/TR |
Domicilio |
Alquiler |
Subvencion Mensual |
Fecha Recurso |
Subvención a pagar |
Recibos |
EXP. 046 |
FATIMA EL
ALLALI |
453*****V |
GRAL
BUCETA******** |
267,17 € |
76,29 € |
03/12/2020 |
74,52 € |
DIFERENCIA A
COBRAR SOBRE LOS 12 RECIBOS
YA APORTADOS POR
EL BENEFICIARIO |
EXP. 094 |
HAYAT DALLIOU NIE X7148901H |
*****901H |
CARLOS RAMIREZ DE
ARELLANO****** |
450,00 € |
200,00 € |
04/12/2020 |
2.400,00 € |
12 |
EXP. 121 |
VERONICA
GIBAJA SAUCEDA |
45*****8V |
GENERAL
ASTILLEROS********* |
500,00 € |
110,91 € |
22/12/2020 |
443,64 € |
4 |
EXP. 138 |
NABILA EL YAZIDI |
***8032** |
ANTONIO
FALCON********* |
450,00 € |
300,00 € |
04/12/2020 |
3.600,00 € |
12 |
EXP. 270 |
SALIMA LAAZIBI |
X93**9*** |
DIAZ OTERO, ALFEREZ******** |
450,00 € |
225,00 € |
14/12/2020 |
900,00 € |
4 |
EXP. 278 |
MHAMED MOUCHOIRI
BONCHOIRI |
4*****80D |
GRAN CAPITAN******** |
466,05 € |
225,00 € |
21/12/2020 |
300,00 € |
DIFERENCIA A COBRAR
SOBRE LOS 12 RECIBOS YA APORTADOS POR EL BENEFICIARIO |
EXP. 357 |
ZOULIKHA
BOUZIL |
Y15*****H |
GENERAL
BARCELO****** |
350,00 € |
300,00 € |
04/12/2020 |
3.600,00 € |
12 |
EXP. 408 |
HALIMA HASNAOUI |
**84***9W |
INFANTA ELENA DE
ESPAÑA****** |
400,00 € |
153,07 € |
15/12/2020 |
306,14 € |
2 |
EXP. 409 |
RABIA TAOUBIH |
Y212***** |
CACERES****** |
500,00 € |
300,00 € |
10/12/2020 |
3.600,00 € |
12 |
EXP. 417 |
WARI EL KAJOUI
CARRIZO |
4***916** |
RONDA******** |
470,00 € |
200,00 € |
03/12/2020 |
600,00 € |
2 |
EXP. 461 |
ZINAB MEHDI
ABDELKADER |
4***267** |
VIGO******* |
500,00 € |
150,00 € |
04/12/2020 |
3.300,00 € |
12 |
.
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 8 de febrero de 2021,
La Secretaria Técnica de Infraestructuras,
Urbanismo y Deporte,
Inmaculada Merchán Mesa