ARTÍCULO Nº 108 (CVE: BOME-A-2021-108) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5834 - viernes, 12 de febrero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº 224 de fecha 5 de febrero de 2021, relativa a resolución de recursos de reposición referente al segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020 para la concesión de subvenciones para el pago de alquiler de viviendas privadas

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El titular de la Consejería, mediante Orden de 05/02/2021, registrada al número 2021000224, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

ORDEN DEL CONSEJERO

 

Examinados los recursos de reposición interpuestos contra la resolución del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, n.º 2020002277, de fecha 26/11/2020 (BOME n.º 5813, de 01/12/2020), por la que se aprobaron las listas definitivas de admitidos y excluidos para la concesión de subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas correspondientes a la convocatoria del segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020, y en atención a los siguientes:

 

HECHOS

 

PRIMERO.- Mediante la citada resolución se aprobaron las listas definitivas de las subvenciones solicitadas para el pago del alquiler de viviendas privadas correspondientes al período señalado, incluyendo las concedidas y las desestimadas, así como, en este último caso, los motivos denegatorios.

SEGUNDO.- Contra la citada resolución, publicada el 1 de diciembre de 2020 en el BOME y en el tablón de anuncios de EMVISMESA, se han interpuesto varios recursos de reposición solicitando la concesión de la subvención con carácter urgente.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Por resolución del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte nº. 2020000736, de 27 de abril de 2020 (BOME nº 5751, de 28/04/2020), se convocaron las subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas correspondientes al segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.m del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

SEGUNDO.- La competencia para resolver los presentes recursos corresponde al Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. El criterio undécimo, apartado 3, de la citada convocatoria establece que la resolución que ponga fin al procedimiento agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 40426/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

UNO.- Aprobar la relación de recursos de reposición admitidos que se inserta en el anexo que acompaña a esta Orden, correspondiente al segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020.

 

Las subvenciones aprobadas se otorgarán con cargo a la partida presupuestaria 06.23101.48900, habiéndose efectuado la correspondiente retención de crédito con cargo a la misma, por un importe de 900.000,00 €.

 

DOS.- La percepción de la subvención por parte de los solicitantes beneficiarios no supone automáticamente la concesión de la subvención para el segundo semestre de 2020, ya que ésta dependerá de su situación socio-económica, del número de solicitantes y de la disponibilidad presupuestaria.

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TRES.- Según el criterio decimoquinto, apartado 4, el plazo para la presentación de los recibos correspondientes a las mensualidades objeto de subvención será el mayor de los siguientes:

 

a)            Para las mensualidades de julio a diciembre de 2019, treinta días naturales contados a partir de la publicación de la lista de beneficiarios.

b)            Para las mensualidades de enero a junio de 2020, hasta el 31 de julio de 2020 si la lista de beneficiarios se publicase antes del 15 de julio y transcurridos treinta días tras la publicación si ésta se produjese con posterioridad al 15 de julio.

 

Transcurrido dicho plazo, comenzará el procedimiento de reintegro de la subvención.

 

CUATRO.- Lo que se comunica para su conocimiento y efectos consiguientes, advirtiéndose que contra esta Orden puede interponerse recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 8.2, 46.1 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

CINCO.- Ordenar la publicación de esta Orden, en la que se inserta la relación de recursos admitidos, en el tablón de anuncios del órgano instructor y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el criterio tercero, segundo apartado, de la convocatoria y en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

 

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ANEXO

 

LISTADO DE RECURSOS DE REPOSICIÓN ESTIMADOS

 

Expediente

Nombre y Apellidos

DNI/TR

Domicilio

Alquiler

Subvencion

Mensual

Fecha Recurso

Subvención a pagar

Recibos

EXP. 046

FATIMA EL ALLALI

453*****V

GRAL BUCETA********

267,17 €

76,29 €

03/12/2020

74,52 €

DIFERENCIA A COBRAR SOBRE

LOS 12 RECIBOS YA

APORTADOS POR EL

BENEFICIARIO

EXP. 094

HAYAT  DALLIOU NIE X7148901H

*****901H

CARLOS RAMIREZ DE ARELLANO******

450,00 €

200,00 €

04/12/2020

2.400,00 €

12

EXP. 121

VERONICA GIBAJA SAUCEDA

45*****8V

GENERAL ASTILLEROS*********

500,00 €

110,91 €

22/12/2020

443,64 €

4

EXP. 138

NABILA EL YAZIDI

***8032**

ANTONIO FALCON*********

450,00 €

300,00 €

04/12/2020

3.600,00 €

12

EXP. 270

SALIMA LAAZIBI

X93**9***

DIAZ OTERO, ALFEREZ********

450,00 €

225,00 €

14/12/2020

900,00 €

4

EXP. 278

MHAMED MOUCHOIRI BONCHOIRI

4*****80D

GRAN CAPITAN********

466,05 €

225,00 €

21/12/2020

300,00 €

DIFERENCIA A COBRAR SOBRE

LOS 12 RECIBOS YA

APORTADOS POR EL

BENEFICIARIO

EXP. 357

ZOULIKHA BOUZIL

Y15*****H

GENERAL BARCELO******

350,00 €

300,00 €

04/12/2020

3.600,00 €

12

EXP. 408

HALIMA HASNAOUI

**84***9W

INFANTA ELENA DE ESPAÑA******

400,00 €

153,07 €

15/12/2020

306,14 €

2

EXP. 409

RABIA TAOUBIH

Y212*****

CACERES******

500,00 €

300,00 €

10/12/2020

3.600,00 €

12

EXP. 417

WARI EL KAJOUI CARRIZO

4***916**

RONDA********

470,00 €

200,00 €

03/12/2020

600,00 €

2

EXP. 461

ZINAB MEHDI ABDELKADER

4***267**

VIGO*******

500,00 €

150,00 €

04/12/2020

3.300,00 €

12

.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 8 de febrero de 2021,

La Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Inmaculada Merchán Mesa