ARTÍCULO Nº 109 (CVE: BOME-A-2021-109) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5834 - viernes, 12 de febrero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 341/2020, seguido a instancias por Dª María Adela Mira Carmona.

BOME-P-2021-229 Descargar página

EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO: ( 30874 / 2019 ) Responsabilidad Patrimonial por caída en vía pública C/ General Polavieja

INTERESADA : MARIA ADELA MIRA CARMONA

 

En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al PROCEDIMIENTO ABREVIADO N a 341 12020 en el desarrollo del cual ha recaído Decreto, de fecha 24 de noviembre de 2020, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo N O 3 de Melilla, cuyo contenido es el siguiente:

 

PARTE DISPOSITIVA

 

ACUERDO:

 

-       Admitir la demanda interpuesta por D./Da . MARIA ADELA MIRA CARMONA, contra CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA sobre RESPON PATRIMONIAL.

-       Tramitar el presente recurso por las normas del Procedimiento Abreviado del art. 78 de la LJCA.

 

Se fija la cuantía del presente procedimiento en la cantidad de 9.123,80 euros.

 

Tener a la Letrado NATALIA CHOCRON WAHNON, por personada en nombre de Da MARIA ADELA MIRA CARMONA, en virtud de comparecencia apud acta que consta en autos.

 

-Dar traslado a la Administración demandada del escrito de demanda y documentos presentados por la parte recurrente, requiriéndole que remita el expediente administrativo, con al menos QUINCE DÍAS de antelación del término señalado para la vista, debiendo notificar en los cinco días siguientes la resolución por la que se acuerde su remisión a cuantos aparezcan como interesados en el expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

 

El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

 

Citar a las partes para la celebración de la vista que tendrá lugar el día VEINTIDOS DE ABRIL 2021 A LAS 11 HORAS una vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, haciendo saber a las partes que si el recurrente no comparece se le tendrá por desistido de! recurso y se le condenará en costas; y si no comparece la Administración demandada, continuará la vista en su ausencia, con las prevenciones, en orden a la realización y desarrollo de la prueba, recogidas en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.

 

Hágase saber a las partes que la vista se desarrollará por el orden y la forma prevista en los apartados 7 y siguientes del citado artículo 78 de la LJCA, y en relación a la prueba que:

 

a) La prueba deberá practicarse en el acto de la vista, siendo carga de cada parte la aportación de las pruebas que intente hacer valer en el juicio.

b)Sólo se suspenderá el juicio para la práctica de pruebas, cuando no hubieran podido ser aportadas por el proponente sin mala fe (artículo 78.18 LJCA).

c) A los efectos expresado en los apartados a) y b), la citación indicará también a las partes que, en el plazo de los cinco días siguientes a la recepción de la citación, deben indicar las personas que, por no poderlas presentar ellas mismas, han de ser citadas por el Letrado de la Administración de Justicia a la vista para que declaren en calidad de parte, testigos o peritos. A 
BOME-P-2021-230 Descargar página

tal fin, facilitarán todos los datos y circunstancias precisos para llevar a cabo la citación. En el mismo plazo de cinco días podrán las partes pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas o entidades públicas, por los trámites establecidos en el artículo 381,todo ello como dispone el art. 440 de la L.E.C. ; no obstante si fuera preciso por no haberse pedido con antelación en el plazo anteriormente indicado, las partes pueden solicitar , en plazo no inferior a DIEZ DIAS , antes de la celebración del juicio , y una vez examinado el expediente, el auxilio del Juzgado para la preparación de pruebas que pretenda proponer en el acto del juicio y no sea posible aportar directamente al juicio y en concreto citaciones y requerimientos pertinentes ( artículo 149 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) , incluso la solicitud de interrogatorio de la administración demandada por vía de informe ( artículo 315 de la LEC). En el escrito de solicitud deberán expresarse en forma ordenada los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba ( Art. 60.1 LJCA ) dese cuenta de dicho señalamiento a SSª.

 

MODO DE IMPUGNACIÓN

 

Recurso de reposición en el plazo de CINCO DIAS a contar desde el siguiente a su notificación, mediante escrito dirigido a este Órgano Judicial, y sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución recurrida.

 

Lo que le comunico para su conocimiento.

 

Melilla 10 de febrero de 2021,

La Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,

Inmaculada Merchán Mesa