ARTÍCULO Nº 119 (CVE: BOME-A-2021-119) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5835 - martes, 16 de febrero de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES


Resolución provisional de la primera comisión de evaluación de las solicitudes presentadas a la convocatoria extraordinaria del régimen de concurrencia no competitiva del programa de apoyo a empresas melillenses afectadas por la crisis generada por el COVID-19. Líneas 1 - 2.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR

DE LA PRIMERA COMISIÓN DE EVALUACION

 

ANTECEDENTES

 

1. Mediante Acuerdo de Pleno de la excma. Asamblea de Melilla de fecha 21 de mayo de 2020 se adoptó, entre otros acuerdos, en su punto 6 el PLAN DE MEDIDAS DE APOYO ECONÓMICO DESTINADO A LAS EMPRESAS Y FAMILIAS MELILLENSES EN RELACIÓN AL IMPACTO PRODUCIDO POR EL COVID-19 (Bome Extraordinario nº 19 de 22/05/2020)

2. En aplicación del Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva celebrada el día 6 de julio de 2020, en su punto décimo noveno, aprobó las BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19 (Bome nº 5774 de 17/07/2020)

3. Mediante Orden del Consejero de Economía y Políticas Sociales número 2020004726 de fecha 11 de noviembre de 2020, se aprueba la Convocatoria Extraordinaria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19. Líneas 1 y 2 (Bome nº 5808 de 13-11-2020)

4.- El informe de la Primera  Comisión de Evaluación de la Consejería, como órgano colegiado, en sesión de fecha 11 de febrero de 2021.

 

RESULTANDO

 

1.- Que los peticionarios solicitan Ayuda conforme a lo establecido en la norma citada.

2.- Que por la Comisión de Evaluación de la Consejería, como Órgano Colegiado para la evaluación de las solicitudes presentadas en la Convocatoria Extraordinaria de ayudas del RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DEL PROGRAMA DE APOYO A EMPRESAS MELILLENSES AFECTADAS POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19. Líneas 1 y 2,  el día 11 de febrero de 2021, se emite informe sobre las peticiones formuladas.

 

FUNDAMENTOS

 

1. Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el art. art. 7. de la Convocatoria.

2. Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.

3. Que esta subvención se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 08/43000/44901 “PROMESA, Fondo Apoyo Pymes y autónomos crisis covid19”, cuantía de 2.000.000,00 euros, retención de crédito 12020000059056.

4. Que existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención.

5. Que los criterios seguidos para la resolución de los expedientes incluidos e la presente propuesta provisional se han resuelto en régimen de concurrencia no competitiva, siguiendo el orden riguroso de incoación, en función de la fecha de su presentación y siempre que dicho expediente este completo y pueda estudiarse y resolverse conforme a las bases reguladoras y convocatoria.

6. Que se han evaluado parte de las solicitudes presentadas siguiendo los criterios señalados en el punto anterior.

 

Por todo lo anteriormente expuesto este órgano instructor adopta el siguiente:

 

 

 

 

 

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ACUERDO

 

1. Proponer provisionalmente la CONCESION de la subvención solicitada a las entidades que aparecen relacionadas en el Anexo I, por el importe que se indican.

 

ANEXO I: FAVORABLES

Ayuda

Expediente

Solicitante

NIF

Importe concedido Linea 1

Importe concedido Linea 2

Importe Total Concedido

EXCV20005

35546/2020

LUIS FERNANDO PORRAS RETTSCHLAG

****7871**

335,25 €

2.082,10 €

2.417,35 €

EXCV20006

35549/2020

MOHAMED ABARKANI HADUCHI

****1947**

2.500,00 €

2.500,00 €

5.000,00 €

EXCV20007

35691/2020

DISCOTECAS MELILLA S.L.

B29959368

3.340,00 €

2.500,00 €

5.840,00 €

EXCV20008

35723/2020

AHMED AISA AHMED

****9682**

0,00 €

492,17 €

492,17 €

EXCV20010

35967/2020

LAZARO ATENCIA CHARDI

****7022**

232,87 €

1.639,39 €

1.872,26 €

EXCV20011

35973/2020

AZIZ EL MAHAMDI SLIMAN

****0877**

472,06 €

2.500,00 €

2.972,06 €

EXCV20012

36053/2020

JANAN MOHAMED TANI

****9665**

1.555,99 €

2.500,00 €

4.055,99 €

EXCV20014

36319/2020

ASIA STORE, S.L.

B52041696

2.500,00 €

2.500,00 €

5.000,00 €

EXCV20023

37280/2020

ALBERTO BENAIM BELILTY

****7629**

253,63 €

809,11 €

1.062,74 €

EXCV20024

37519/2020

ISABEL MARIA VIZCAINO

****0092**

782,73 €

2.500,00 €

3.282,73 €

EXCV20026

37617/2020

PEDRO ABAD LOPEZ

****7562**

1.278,90 €

2.500,00 €

3.778,90 €

EXCV20027

37622/2020

EPOCA SUEÑO S.L.

B52037033

5.144,65 €

2.500,00 €

7.644,65 €

 

2.- Se notifique la presente mediante su publicación en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla. Complementariamente se publicará también en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla y en la de la entidad gestora www.promesa.net. Estas publicaciones respetarán lo dispuesto en la disposición adicional 7ª de la LO 3/2018. De conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos, conforme a lo señalado en el artículo 13.6 de las bases reguladoras y convocatoria, indicándole a los solicitantes que la propuesta de resolución provisional, no creará derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no se haya comunicado la resolución de concesión.

3.- Participarle a la entidad que tiene un plazo de 5 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Melilla, para efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el Art. 13.6 de las bases reguladoras y convocatoria.

4.- La presentación de alegaciones a esta propuesta provisional implicará la no aceptación de dicha propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones presentadas. En caso contrario la presente propuesta provisional se entenderá definitiva.

 

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 12 de febrero de 2021,

Por suplencia del Director General de Economía, Innovación y Competitividad,

Andrés Vicente Navarrete