ARTÍCULO Nº 132 (CVE: BOME-A-2021-132) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5836 - viernes, 19 de febrero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Orden nº 379 de fecha 12 de febrero de 2021, relativa a relación de recursos de reposición desestimados, para el pago del alquiler de viviendas privadas correspondientes al segundo semestre de 2019 y primer semestre de 2020.
El titular de la Consejería,
mediante Orden
de
12/02/2021, registrada al número 2021000379, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
ORDEN DEL CONSEJERO
Examinados los recursos de
reposición interpuestos contra la resolución del Consejero de Infraestructuras,
Urbanismo y Deporte, n.º 2020002277, de fecha 26/11/2020 (BOME n.º 5813, de
01/12/2020), por la que se aprobaron las listas definitivas de admitidos y
excluidos para la concesión de subvenciones para el pago del alquiler de viviendas
privadas correspondientes a la convocatoria del segundo semestre de 2019 y primer
semestre de 2020, y en atención a los siguientes:
HECHOS
PRIMERO.- Mediante la citada resolución se aprobaron
las listas definitivas de las subvenciones solicitadas para el pago del
alquiler de viviendas privadas correspondientes al período señalado, incluyendo
las concedidas y las desestimadas, así como, en este último caso, los motivos
denegatorios.
SEGUNDO.- Contra la citada resolución, publicada el 1
de diciembre de 2020 en el BOME y en el tablón de anuncios de EMVISMESA, se han
interpuesto varios recursos de reposición solicitando la concesión de la
subvención con carácter urgente.
FUNDAMENTOS
DE DERECHO
PRIMERO.- Por resolución del Consejero de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte nº. 2020000736, de 27 de abril de 2020
(BOME nº 5751, de 28/04/2020), se convocaron las subvenciones para el pago del
alquiler de viviendas privadas correspondientes al segundo semestre de 2019 y primer
semestre de 2020, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.m del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
SEGUNDO.- La competencia para resolver los presentes
recursos corresponde al Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte. El
criterio undécimo, apartado 3, de la citada convocatoria establece que la
resolución que ponga fin al procedimiento agotará la vía administrativa,
pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la
forma y los plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 40426/2020, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
UNO.- Aprobar la relación de recursos de reposición que
han resultado DESESTIMADOS que se inserta en el anexo que
acompaña a esta Orden, correspondiente al segundo semestre de 2019 y primer
semestre de 2020.
DOS.- Lo que se comunica para su conocimiento y efectos
consiguientes, advirtiéndose que contra esta Orden puede interponerse recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
notificación, de conformidad con los artículos 8.2, 46.1 y concordantes de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier
otro que estimen oportuno.
CINCO.- Ordenar la publicación de esta Orden, en la que se inserta la relación de recursos admitidos,
en el tablón de anuncios del órgano instructor y en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el criterio
tercero, segundo apartado, de la convocatoria y en el artículo 45.1.b) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la
notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
ANEXO
LISTADO
DE RECURSOS DE REPOSICIÓN DESESTIMADOS
Exp. |
Nombre y Apellidos |
DNI/TR |
Domicilio |
Fecha Recurso |
Motivo DENEGACIÓN |
EXP. 033 |
MIMOUN DRISS EL MOHATAR |
4*285**** |
REYES CATOLICOS NÚM. 10 EN D |
04/12/2020 |
Base Decimocuarta, punto 4 |
EXP. 122 |
MIMOUNT EL BOUAZSZATI |
X*****98G |
GENERAL POLAVIEJA, Nº11-2ºC |
04/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 164 |
YAMINA DANFOUR |
**2419*** |
IBAÑEZ MARIN, Nº69-3ºD |
15/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 167 |
MOUMNA FOURKA |
*65****7A |
ALFÉRECES DIAZ OTERO, Nº12-BAJO A |
04/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 246 |
LAMIA AMARAOUI |
X852***** |
PANAMA, Nº5 |
11/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 291 |
SALIMA KORAYCHE AMOURI |
*40***86* |
GENERAL PINTOS, Nº30-2ºC |
04/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 325 |
RACHID BEN AMAR AAMMI |
44*****0R |
GRAN CAPITAN, Nº6-3ºI |
04/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 418 |
SAIDA MOHAMED MIMUN |
***946**Q |
INFANTERIA 11-1ºB |
10/12/2020 |
Base Sexta, punto 1.3.a) |
EXP. 419 |
MOHAMED BENAOUDA |
*****5221Z |
JERICO Nº1-2º |
16/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 427 |
ABDELHAMID EL MALKIOUI |
X**729*** |
GARCIA CABRELLES Nº21-1º-5 |
29/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 446 |
FATMA LARBI NIE X3772820S |
X37*****S |
PARAGUAY, Nº30-2º |
04/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 479 |
SAMIA ABDEL-LAH MOHAMED |
4528***** |
COMANDANTE HAYA NÚM. 5 ENTRP. B |
29/12/2020 |
Base Sexta, punto 1.3.a) |
EXP. 500 |
FATIHA AL BACHIRI |
*3*0**05* |
VALENCIA, Nº6-3ºB |
04/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 518 |
NADIA AHOUJJA |
*****299N |
AZUCENA, Nº28-ESC 5-2ºC |
04/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
EXP. 519 |
JAMILA SAFA |
X9*****6A |
DCTOR JUAN RIOS GARCIA Nº15-3ºI D |
16/12/2020 |
No aportar documentación en el plazo previsto |
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos
oportunos.
Melilla
16 de febrero de 2021,
La
Secretaria Técnica de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte,
Inmaculada
Merchán Mesa