ARTÍCULO Nº 144
(CVE: BOME-A-2021-144)
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BOME Nº 5837 - martes, 23 de febrero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Rectificación de error material de anuncio publicado en el bome nº 5836 de fecha 19 de febrero de 2021, referente al acuerdo del consejo de gobierno de fecha 12 de febrero de 2021, por el que se modifica el decreto de distribución de competencias entre las Consejería de la Ciudad Autónoma De Melilla.

ANUNCIO
DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES
Habiéndose detectado error material en la transcripción
al BOME nº 5836 de fecha 19 de febrero de 2021 del texto del ACUERDO DEL
CONSEJO DE GOBIERNO DE FECHA 12 DE FEBRERO DE 2021, POR EL QUE SE MODIFICA EL
DECRETO DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS CONSEJERÍAS DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA, se procede mediante la presente a su rectificación, en
aplicación del art.109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes
términos:
Donde dice (en el BOME nº 5836 de fecha 19 de
febrero de 2021):
“En particular, son las siguientes:
-
Área de patrimonio:
(…)
-
Corresponde al titular de la Consejería
de Hacienda, Empleo y Comercio la adjudicación de concesiones sobre los
bienes de la Ciudad de conformidad con el artículo 33.2 del Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad, por cuanto los Consejeros son los
titulares de la competencia de resolución en los asuntos de su Departamento que
no estén atribuidos a la Asamblea ni al Consejo de Gobierno, ejercitando dichas
competencias como propias, no delegadas, en aplicación del art. 33.3 del
referido Reglamento, artículos 6, 20 y 18 in fine del Estatuto de Autonomía de
Melilla y DA4ª.1ª de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, LRSAL.
(…) “
Debe decir (texto correcto del acuerdo del
Consejo de Gobierno):
“En particular, son las siguientes:
-
Área de patrimonio:
(…)
-
Corresponde al titular de la Consejería
la adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Ciudad de conformidad con
el artículo 33.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la
Ciudad, por cuanto los Consejeros son los titulares de la competencia de
resolución en los asuntos de su Departamento que no estén atribuidos a la
Asamblea ni al Consejo de Gobierno, ejercitando dichas competencias como
propias, no delegadas, en aplicación del art. 33.3 del referido Reglamento,
artículos 6, 20 y 18 in fine del Estatuto de Autonomía de Melilla y DA4ª.1ª de
la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, LRSAL.
(…) “
Lo
que se publica para general conocimiento y efectos.
Melilla 22 de febrero
de 2021,
El Técnico de
Administración General,
Antonio Jesús García
Alemany