ARTÍCULO Nº 147
(CVE: BOME-A-2021-147)
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BOME Nº 5837 - martes, 23 de febrero de 2021 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 - juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 4
Notificación a D. Atmani Otmani, en procedimiento ordinario nº 216 / 2019.

NIG: 52001
44 4 2020 0000211
Modelo: N81291
PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000216 /2020
Sobre ORDINARIO
DEMANDANTE/S D/ña: ALI AL LAL ABDELKADER
GRADUADO/A SOCIAL: MARIA LOURDES SANCHEZ GIL
DEMANDADO/S D/ña: ELSAMEX SAU Y CONTRUCCIONES OTERO SL ELSAMEX
SAU Y CONSTRUCCIONES OTERO SL
EDICTO
D/Dª MARIA LUZ MARTINEZ
ESCUDERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº
001 de MELILLA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO
ORDINARIO 0000216 /2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D/Dª ALI AL LAL ABDELKADER contra la
mercantil ELSAMEX SAU Y CONTRUCCIONES OTERO SL UTE ABASTECIMIENTO DISTRITO V
sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:
CÉDULA DE CITACIÓN Y REQUERIMIENTO APORTEN
DOCUMENTOS
TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR
JDO. DE LO SOCIAL N. 1.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
0000216 /2020.
PERSONA A LA QUE SE CITA
ELSAMEX SAU Y CONTRUCCIONES
OTERO SL ABASTECIMIENTO DISTRITO V, como parte/s demandada/s.
OBJETO DE LA CITACIÓN
Asistir en esa condición
al/los acto/s de juicio/conciliación, concurriendo a tales actos con las
pruebas de que intente valerse y también, si la parte contraria lo pide, y
el/la Tribunal lo admite, contestar a las preguntas que se le formulen en la
práctica de la prueba de interrogatorio.
LUGAR, DÍA Y HORA EN LA QUE
DEBE COMPARECER
Deben comparecer el día 9/3/2021 a las 9.05 horas, en Secretaria, al acto de
conciliación ante el/la Letrado de la Administración de Justicia y, en caso de
no avenencia, el día 9/3/2021 a las 9.15 horas en la sala de vistas asignada a este Juzgado, al
acto de juicio.
PREVENCIONES
LEGALES
1º.- La incomparecencia del
demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de
conciliación, y en su caso, juicio, continuando éste sin necesidad de declarar
su rebeldía (art. 83.3 LJS).
2º.- Se le hace saber que la
parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su
defensa y/o representación - procurador o graduado social para su
representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.
3º.- Debe asistir al juicio con
todos los medios de prueba de que intente valerse (art.82.3 LJS), y, en el caso
de que se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte,
deberá comparecer y contestar al interrogatorio o, en caso contrario, podrán
considerase reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se
refieren las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos
personalmente y su fijación como ciertos le resulte perjudicial en todo o en
parte.

Conforme dispone el artículo
91.3 de la LJS, el interrogatorio de las personas jurídicas se practicará con
quienes legalmente las representen y tengan facultades para responder a tal
interrogatorio.
Si el representante en
juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la
persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin, la parte interesada
podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando
debidamente la necesidad de tal interrogatorio personal.
Podrán asimismo solicitar,
al menos con CINCO DÍAS de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas
que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o
requerimiento (art. 90.3 LJS).
4º.- Se le advierte que la parte
actora ha solicitado como pruebas:
La aportación al acto del
juicio de los siguientes documentos: LAS NÓMINAS DE 2019.
Se le advierte que, si los
citados documentos no se aportan al juicio sin mediar causa justificada, podrán
estimarse probadas las alegaciones de la parte contraria en relación con la
prueba acordada (art. 94.2 LJS).
El domicilio y los datos de
localización facilitados con tal fin, surtirán
plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin
efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados, asimismo deberán comunicar
los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o
similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos
de comunicación con el tribunal.
6º.- También deberá comunicar, y
antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la
suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca
(art. 183 LEC).
7º.- Las partes podrán formalizar conciliación
en evitación del proceso por medio de comparecencia ante la oficina judicial,
sin esperar a la fecha de señalamiento, así como someter la cuestión a los
procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo
dispuesto en el art. 63 de esta ley, sin que ello suponga la suspensión salvo
que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la
mediación y por el tiempo máximo establecido en el procedimiento
correspondiente que no podrá exceder de quince días.
En MELILLA, a quince de
enero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN EN LEGAL
FORMA a la empresa ELSAMEX SAU Y CONSTRUCCIONES OTERO SL UTE ABASTECIMIENTO
DISTRITO V,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Se advierte al destinatario
que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de
la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de
la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o
sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En MELILLA, a diez de
febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA