ARTÍCULO Nº 174 (CVE: BOME-A-2021-174) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5839 - martes, 2 de marzo de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 143 de fecha 26 de febrero de 2021, relativa a convocatoria del XLII Premio Internacional de Poesía "Ciudad de Melilla".

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2021000143 de fecha 26 de febrero de 2021, ha resuelto lo siguiente:

 

La aprobación de la Convocatoria del “XLII Premio Internacional de Poesía “Ciudad de Melilla” con arreglo a lo siguiente

 

CONVOCATORIA DEL XLII PREMIO INTERNACIONAL DE POESÍA “CIUDAD DE MELILLA”

 

1.- Podrán concursar cuantos poetas lo deseen, siempre que sus obras se presenten escritas en español.

2.- El premio está dotado con 18.000 euros otorgado al mejor libro de poemas que a juicio del Jurado sea acreedor del mismo.

3.- Si las obras presentadas no alcanzaran la calidad necesaria, el Jurado podrá considerar desierto el Premio.

4.- Los libros que opten al Premio deberán tener una extensión mínima de 750 versos y no excederá de 1000 (tanto si son en verso como en prosa poética). Los trabajos serán rigurosamente originales e inéditos y no premiados en ningún otro certamen. Se entenderá como inédita aquella obra que no haya sido reproducida total ni parcialmente en ningún tipo de soporte, tanto gráfico como digital. Si la obra presentada estuviera participando simultáneamente en otro concurso, en caso de obtener un premio, el autor o autora deberá notificarlo inmediatamente a la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de Melilla.

5.- Tanto la temática como el procedimiento serán de absoluta libertad del autor o autora.

6.- Los originales se presentarán en formato “Word o PDF", diseño de página “DIN A4 (folio)” y a “espacio  1,5” y en letra “Times New Roman o Arial tamaño 12”.

Se enviarán los libros titulados a:

 

Libros: libropoesiamelilla@melilla.es

Plicas: plicapoesiamelilla@melilla.es 

 

Los libros no llevarán ninguna identificación salvo el título de la obra. En la plica figurarán el título y los datos del autor/a. A esta información tan solo tendrá acceso el fedatario designado al efecto.

 

7.- El plazo de admisión quedará cerrado el 25 de marzo de 2021. El plazo de recepción se iniciará al día siguiente de la publicación de estas Bases en el BOME y finalizará el 25 de marzo de 2021 a las 23:59 h (hora peninsular). No serán admitidos aquellos trabajos que se reciban fuera de plazo.

8.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en el mundo de la literatura y la poesía. En la designación del jurado, se tendrá en cuenta la voluntad de los candidatos-as de formar parte del mismo, su experiencia en el campo de la lengua y la literatura y el prestigio académico o profesional

 

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

 

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

 

9.- Sin perjuicio de las facultades de poder decidir sus propias normas internas de funcionamiento, las obras a concurso deberán ser sometidas a una preselección por parte de los miembros del jurado. El jurado designado, efectuará una preselección de las 24 obras que considere mejores, que se darán a conocer a los restantes miembros del jurado al menos diez días antes del fallo. De entre las 24, elegirán las cuatro mejores que tendrán el carácter de finalistas. El jurado se reunirá la víspera del acto público en el que se dé a conocer el fallo y seleccionará una obra como ganadora o bien, dejará el concurso desierto, preservando la identidad de la autoría de la obra seleccionada hasta el acto público que se celebrará el día siguiente. Los criterios por los que se valorarán las obras serán la creatividad, la originalidad, la calidad literaria.

10.- No habrá accésits ni se revelará el nombre de los autores o autoras finalistas. Solo se abrirá la plica del libro ganador.

11.- El Secretario del Jurado abrirá la plica correspondiente al autor-a de la obra seleccionada en acto público, adquiriendo los derechos patrimoniales o de explotación de dicha obra la Ciudad Autónoma de 
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Melilla. El autor-a de la obra premiada conservará los derechos morales de la obra que reconoce la vigente Ley de Propiedad Intelectual.

12.- El fallo del jurado se comunicará al ganador/a personalmente y será publicado en las Redes Sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de Melilla (Facebook, Instagram y Twitter) en Web de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la ciudad de Melilla, en el BOME y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

13.- La persona premiada deberá realizar una declaración jurada de la autoría de la obra, que ostenta íntegros los derechos de propiedad sobre ella y de estar libre de obligaciones editoriales o cualquier otra causa que comprometa su publicación y comercialización. Así mismo se compromete a enviar el texto original con todos los datos necesarios para su publicación (autoría, bibliografía, etc.) y toda la documentación mencionada anteriormente en el plazo improrrogable de 5 días una vez que se haya declarado ganador-a del premio.

14.- El libro premiado se editará en la Colección Rusadir y en la Editorial Visor.

15.- El pago del premio se realizará por transferencia bancaria a la cuenta de la que sea titular el ganador o la ganadora. Al importe de dicho premios, se le aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.

16.- Los trabajos que no se premien no serán devueltos. Serán destruidos a los DIEZ DÍAS siguientes al fallo. Los trabajos recibidos que no se ajusten a estas bases quedarán en depósito, no participando en la convocatoria. Estas obras serán destruidas junto a los trabajos no premiados.

17.- No se mantendrá correspondencia con los autores o autoras de los libros presentados. La organización del concurso no mantendrá correspondencia acerca de los originales enviados y cualquier intento de comunicación con la organización o con alguno de los jurados supondrá la inmediata descalificación de la obra.

18.- Dependiendo de cuál sea la evolución de la actual situación sanitaria, la entrega del premio se efectuará en un acto público en fecha y lugar que oportunamente se darán a conocer, en el que la ganadora o el ganador se compromete a participar salvo que tenga fijada su residencia fuera de España.

19.- La obra seleccionada servirá como justificación del premio otorgado, de conformidad con lo dispuesto en Art. 71 de RD 887/2006, de 21 de julio.

20.- La convocatoria del presente premio se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENCES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La presentación de trabajos a esta XLII edición del PREMIO INTERNACIONAL DE POESÍA "CIUDAD DE MELILLA" 2020, implica la total aceptación por sus autores de sus BASES.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlo o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 26 de febrero de 2021,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero