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BOME Nº 5841 - martes, 9 de marzo de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - INMUSA - INMUSA
Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 19 de febrero de 2021, relativo a las bases de la convocatoria para la constitución de bolsas de trabajo par las contrataciones temporales de la empresa municipal Radio Televisión Melilla en anagrama "RTVMELILLA".
RADIO
TELEVISIÓN MELILLA (RTVMELILLA)
ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
DE FECHA 19 DE FEBRERO DE 2021, RELATIVO A LAS BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA
CONSTITUCIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO PARA CONTRATACIONES TEMPORALES DE LA EMPRESA
MUNICIPAL RADIO TELEVISIÓN MELILLA EN ANAGRAMA “RTVMELILLA”.
ANUNCIO
Anuncio del acuerdo del Consejo de
Administración de fecha 19 de febrero de 20 21, por el que se aprobaron las “BASES GENERALES PARA LA CREACIÓN Y CONVOCATORIA
DE LA BOLSA DE TRABAJO DE RADIO TELEVISIÓN MELILLA EN ANAGRAMA “RTVMELILLA”.
BASES GENERALES
PARA LA CREACIÓN Y CONVOCATORIA DE LA BOLSA DE TRABAJO DE RADIO TELEVISIÓN
MELILLA EN ANAGRAMA “RTVMELILLA”.
En sesión de CIVE de fecha 10 de
febrero de 2021 se ha alcanzado consenso mayoritario para proponer al Consejo
de Administración las siguientes bases para la creación y convocatoria de la
Bolsa de Trabajo de RTVMelilla conforme a los siguientes
ANTECEDENTES
Primero.- En la actualidad el sistema de selección y cese de personal se
regía la anterior Bolsa de Trabajo, sin embargo, se entiende necesario y
oportuno actualizar la herramienta, ante la actual situación de RTVMelilla que dote y aprovisione suficientemente las necesidades
de personal eventual de esta empresa.
Segundo.- Se propone que los contratos de personal temporal sean de
interinidad, de carácter eventual o de sustitución.
Se define el contrato de interinidad como aquél que viene referido a un puesto
de trabajo que no está cubierto por personal propio de la mercantil.
Se define eventual aquella persona que se contrata para un momento puntual
por necesidad del servicio aumentando esporádicamente la plantilla.
Se define por sustitución aquel personal que sustituye al titular del puesto
debido a baja, licencia o excedencia con reserva de plaza.
Para esto se constituirá una única
lista de prelación que servirá para las tres clases de contratos temporales.
Al personal que forme parte de la
lista, se le ofrecerá siempre, los contratos de la siguiente forma:
Si no tiene relación con RTVMelilla se
le ofrecerá el contrato que resulte de la primera vacante disponible en
cualquier modalidad.
Si ya tiene relación con RTVMelilla de
forma temporal, se le ofrecerá tanto la modalidad contractual de interinidad
como la de sustitución, pudiendo renunciar tanto al nuevo contrato ofrecido
como al que ocupaba sin ser sancionado.
La selección de personal temporal se
efectuará respetando los principios de IGUALDAD, MÉRITO, CAPACIDAD Y
PUBLICIDAD, garantizándose la necesaria agilidad y eficacia y contando con la
participación de las organizaciones sindicales firmante de este pacto, en el
modo y forma que viene regulado en el Convenio Colectivo de Personal de RTVMelilla
y a través de la correspondiente CIVE, teniendo siempre presente que dicho
Convenio Colectivo del personal laboral de esta sociedad dispone en su artículo
6 que la organización del trabajo es facultad exclusiva de los órganos y
dirección de RTVMelilla.
Tercero.- Se proponen como Bases reguladoras de la Bolsa de Trabajo las
siguientes:
1.-
OBJETO. 1.1.
La creación de esta Bolsa de Trabajo
tiene como objeto la contratación con carácter temporal para cubrir con
carácter excepcional, las necesidades urgentes e inaplazables de personal en la
categoría correspondiente, que no puedan ser atendidas por el personal de RTVMelilla,
siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias, con arreglo a las
siguientes BASES, una vez negociadas en la Comisión Paritaria, con respeto de
los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1. Para ser admitidos a la Bolsa de
Trabajo, los aspirantes deberán reunir, los requisitos de capacidad siguientes:
a) Ser español/a o nacional de otro Estado miembro de la U.E., o
tener residencia legal en España. También podrán participar el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho y los descendientes y los de su
cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Ser mayor de edad (18 años) y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación exigida en las bases para la
categoría profesional que corresponda, o estar en condiciones de obtenerla en
la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las entidades locales, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e) Poseer plena capacidad funcional para el desempeño de las tareas
propias del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria. No padecer
enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible
con el desempeño de las funciones propias del puesto.
La titulación académica a que se
refiere la letra c), deberá estar expedida por centros oficiales debidamente
reconocidos. En el caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Cultura.
2.2. Los requisitos establecidos en
esta Base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.
3.
SOLICITUDES.
3.1. La solicitud para tomar parte en
estas pruebas para la formación de la Bolsa de Trabajo, se ajustará al modelo
que figura como Anexo I de esta Resolución, se podrá descargar desde la web de
Televisión Melilla www.playmelilla.es
Las solicitudes se dirigirán al
Presidente del Consejo de Administración de RTVMelilla en Avda. General
Macías,11; 1º Izqda., a las que se acompañarán una fotocopia del D.N.I., titulación
exigida, vida laboral y todos aquellos méritos que deseen acreditar en la fase
de concurso. Junto a esta documentación y a efectos de notificación, los aspirantes
deberán proporcionar un domicilio postal, un número de teléfono, y una
dirección de correo electrónico.
3.2. El plazo de presentación de
solicitudes será de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en la página web de Televisión Melilla www.playmelilla.es
3.3. La presentación de solicitudes
deberá realizarse en las oficinas de RTVMelilla, sitas en Avda. General Macías,
11; 1º Izqda., en horario de 10,00 horas a 13,00 horas de lunes a viernes, o
bien de forma telemática debido a la actual situación sanitaria al correo electrónico
que se facilite.
4.
COMISIÓN DE VALORACIÓN.
La Comisión de Valoración será la
siguiente:
Presidente:
Presidente del Consejo de
Administración de RTVMelilla
Secretario: Un trabajador de RTVMelilla designado por el Presidente,
que actuará con voz pero sin voto.
Vocales: Un vocal designado por el Presidente y un segundo vocal en la
figura de un delegado de personal de RTVMelilla elegido entre ellos.
Se constituirá una Comisión Paritaria
de Seguimiento, constituida por la Administración y las Organizaciones
Sindicales firmantes del presente Pacto, que se reunirá con carácter ordinario
cada tres meses y, extraordinario a petición de cualquiera de las partes
firmantes.
Serán funciones de esta Comisión:
·
Garantizar el perfecto cumplimiento
de los pactos.
·
Solucionar cuantas reclamaciones
se formulen sobre selección y cese de personal temporal.
·
Tomar las medidas que la Comisión
crea oportunas, al objeto de subsanar posibles errores en la contratación.
·
Cuantas circunstancias excepcionales
se produzcan en la aplicación de estos pactos.
5.
ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
5.1. Terminado el plazo de presentación
de solicitudes, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos que se publicará en la página web de
Televisión Melilla, señalándose un plazo de tres días hábiles para su
subsanación. La Resolución declarando definitivamente aprobada la lista de
admitidos y excluidos, será publicada de la misma forma. En las listas deberán
constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad, así
como en su caso, las causas de exclusión.
Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanaran el motivo de exclusión o aleguen la omisión
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
6.
PROCESO SELECTIVO.
Se establece como sistema de selección
para la determinación del orden en que los aspirantes quedarán situados en la
Bolsa, la valoración de méritos y si fuera necesario, se realizará una prueba
práctica.
6.1
Pruebas selectivas.
6.1.1.
Fase de Concurso.
En dicha fase se valorarán los méritos
alegados que sean justificados documentalmente y debidamente compulsados por
los aspirantes en el momento de presentar la solicitud, con arreglo al
siguiente baremo hasta un máximo de 45 puntos:
a.
Experiencia profesional hasta un máximo de 25 puntos.
a.1. Por haber desempeñado un puesto igual o similar al del objeto de
la convocatoria, en RTVMelilla. Se otorgará 0,80 puntos por mes trabajado,
debidamente justificado mediante copia(s) de contrato(s) de trabajo(s),
acompañado de un certificado de vida laboral.
a.2. Por haber desempeñado un puesto igual o
similar al del objeto de la convocatoria, en empresa comunicación audiovisual se
otorgará 0,30 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante
copia(s) de contrato(s) de trabajo(s), acompañado de un certificado de vida
laboral.
b.
Méritos académicos hasta un máximo de 20 puntos.
Por recibir cursos de formación y
perfeccionamiento de 20 o más horas homologados por Administraciones Públicas o
Entes Públicos, Organizaciones Sindicales y Confederación de Empresarios,
relacionados con las funciones propias y específicas del puesto de trabajo al
que se opta, se otorgará 0,25 puntos por cada 20 horas.
7.
LISTA DE PUNTUACIONES DE LOS CANDIDATOS
Finalizadas
las pruebas, la Comisión de Valoración hará público en la página web de
Televisión Melilla las listas de las puntuaciones obtenidas en las fases de
concurso y práctica y ordenados atendiendo a ésta.
La
pertenencia a la relación de candidatos que resulte de la presente convocatoria
no constituirá, en ningún caso, mérito en pruebas selectivas para acceder, como
personal fijo al servicio de RTVMelilla.
8.
GESTIÓN DE LA RELACIÓN DE CANDIDATOS.
La gestión de
las relaciones de candidatos se llevará a cabo por RTVMelilla dando cuenta a
los Delegados de personal de cada actuación que se realice.
El
llamamiento de los seleccionados, cuando se autorice la contratación personal
de carácter temporal, se realizará por riguroso orden de relación de candidatos
y conforme a los siguientes puntos:
a) La relación de candidatos tendrá
carácter rotatorio, de tal manera que una vez haya sido llamado el último de
los seleccionados, se iniciará de nuevo.
b) RTVMelilla procederá
al llamamiento telefónico y por correo electrónico del aspirante seleccionado,
comenzando por aquel que se halle situado en primer lugar de la relación de
candidatos, citándole en el plazo que se estima conveniente, a tenor de la
urgencia de la contratación.
Asimismo, en
estos casos, si no es posible localizar al candidato, tras tres intentos de
comunicación, entre los que mediará como mínimo un intervalo de una hora se
procederá al llamamiento de los sucesivos candidatos hasta localizar uno
disponible, permaneciendo los candidatos que no hubiesen sido localizados en el
mismo puesto que ocupaban en la Bolsa, a la espera de un nuevo llamamiento.
c) Si el llamado no se
persona en las instalaciones de la empresa, habiendo sido citado en la forma
prevista en los apartados anteriores, se citará al siguiente que le corresponda
en la relación de candidatos. En este caso, la incomparecencia es causa de
exclusión de la Bolsa de trabajo.
d) Se mantiene su turno de las correspondientes
bolsas de Trabajo a quienes no puedan aceptar las ofertas de ocupar
temporalmente una plaza porque concurran en los mismos alguna de las siguientes
circunstancias:
* Periodo de embarazo o el correspondiente a la maternidad o situaciones asimiladas.
* Enfermedad del aspirante.
* Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.
* Mantener una relación de empleo de carácter temporal con RTVM.
Finalizado
uno o varios contratos de trabajo de carácter temporal que hayan tenido una
duración inferior a seis meses en conjunto, el trabajador que haya finalizado
dichos contratos permanecerá en la relación de candidatos seleccionados en el
mismo puesto que tenía, y que será llamado nuevamente cuando se produzca una
nueva autorización de contratación temporal, siguiendo el procedimiento
establecido en esta misma base.
Esta
situación se mantendrá hasta que el trabajador seleccionado haya desempeñado su
trabajo un máximo de seis meses en conjunto con los sucesivos contratos,
excepto que con el último contrato formalizado se exceda de dicho límite, en
cuyo caso se estará hasta la finalización del mismo.
7. VIGENCIA DE LA BOLSA DE TRABAJO.
La relación de candidatos que resulte
de la presente convocatoria tendrá una vigencia de cuatro años desde la publicación
de las listas de candidatos, con posibilidad de prorrogar la presente Bolsa
para años sucesivos en tanto no se apruebe una nueva o hasta que se estime
necesario el mantenimiento de la misma.
8.
RETRIBUCIÓN.
La retribución de las personas
contratadas con sujeción a la Bolsa de Trabajo, se regirá por el Convenio
Colectivo del personal laboral de Televisión Melilla.
9.
EXCLUSIÓN DE LOS CANDIDATOS.
Serán excluidos de
la relación de candidatos los que carezcan de alguno de los requisitos exigidos
para optar a la relación de candidatos. La exclusión de la relación será
notificada al interesado por el Presidente del Consejo de Administración de RTVMelilla
a propuesta de la Comisión.
10.
EXCLUSIONES
Serán
excluidas de la correspondiente lista de personal temporal:
·
Quienes
renuncien sin causa justificada.
·
Quienes no hayan presentado
escrito y fotocopia justificativa de una renuncia, en el plazo de diez días
hábiles.
Todas las exclusiones comprendidas en
este apartado se entenderán, desde la fecha de renuncia sin causa justificada o
cese por no haber superado el periodo de prueba, seis meses la primera vez y un
año a partir de la segunda ocasión.
Asimismo serán causa de penalización
las siguientes circunstancias:
a)
La falsedad en la documentación será motivo de exclusión de la
bolsa de trabajo. En todo caso, se instará a la
resolución administrativa o judicial que se adopte, a efectos de su inclusión
de nuevo en la misma.
b)
La continua no disponibilidad para la contratación, en más de
cinco ocasiones en días diferentes sin causa justificada, será penalizada con la exclusión de la bolsa de trabajo por un
periodo de seis meses, transcurridos los cuales, será el interesado quien
vuelva a solicitar su inclusión en la misma.
Todo ello sin perjuicio de que el
interesado pueda presentar su reclamación ante el órgano competente.
c)
Se hará un listado de excluidos y
causas para informar a la Comisión de Seguimiento de los pactos cada 3 meses.
11. REGULACIÓN DE LAS LISTAS.
SERÁN CONSIDERADOS NOMBRAMIENTOS DE LARGA DURACIÓN LOS QUE SE
FORMALICEN POR:
·
INTERINIDADES
POR VACANTE
·
SUSTITUCIONES
DE PERSONAL POR:
- COMISIONES DE SERVICIO
- PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL
- LIBERADOS SINDICALES DE 6 MESES
- INFORMES PROPUESTA DE INVALIDEZ
- EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE HIJO
- EXCEDENCIAS FORZOSAS
·
TODAS AQUELLAS SITUACIONES, QUE ASÍ
SEAN CONSIDERADAS POR LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Los
nombramientos de larga duración, a jornada completa se realizarán por orden de
lista, entre el personal:
·
Que NO haya sido EXCLUIDO de la
lista de contratación correspondiente.
·
Que NO se encuentre en situación
de RENUNCIA POR CAUSA JUSTIFICADA, a EXCEPCIÓN DE QUE TRABAJE EN RTVMelilla.
SERÁN
CONSIDERADOS NOMBRAMIENTOS DE CORTA DURACIÓN LOS QUE SE FORMALICEN POR:
·
SUSTITUCIONES no contempladas en
los nombramientos de larga duración
·
EVENTUALIDADES
·
TODAS AQUELLAS SITUACIONES, QUE
ASÍ SEAN CONSIDERADAS POR LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Los
nombramientos de corta duración, a jornada completa se realizaran por orden de
lista, entre el personal:
·
Que NO haya sido EXCLUIDO de la
lista de contratación correspondiente.
·
Que NO se encuentre en situación
de RENUNCIA POR CAUSA JUSTIFICADA.
·
Que NO SE ENCUENTRE TRABAJANDO, a
EXCEPCIÓN DE LOS NOMBRAMIENTOS EVENTUALES A TIEMPO PARCIAL
Los
nombramientos eventuales a tiempo parcial, se realizarán por orden de lista, entre
el personal:
·
Que NO haya sido EXCLUIDO de la
lista de personal correspondiente en la modalidad a tiempo parcial.
·
Que NO se encuentre en situación
de RENUNCIA POR CAUSA JUSTIFICADA, A EXCEPCIÓN DE QUE TRABAJE EN RTVMELILLA y
solamente para los contratos que se formalicen por sustitución de personal con
permisos por motivo de conciliación de vida personal, familiar y laboral y por
razón de violencia de género (con justificación del juzgado).
Melilla, 5 de marzo de 2021
El Secretario del Consejo de Admón.
Carlos Lisbona Moreno