ARTÍCULO Nº 212 (CVE: BOME-A-2021-212) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5843 - martes, 16 de marzo de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 10 de marzo de 2021, relativo a la aprobación inicial de la modificación parcial del reglamento de Policía Local de la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-P-2021-469 Descargar página

 

ACUEDO DE LA EXCMA. ASAMBLEA DE FECHA 10 DE MARZO DE 2021, RELATIVO A LA APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE  POLICÍA LOCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

La Excma. Asamblea de Melilla en sesión ordinaria celebrada  el 10 de marzo de 2021, acordó aprobar la siguiente propuesta:

 

APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE POLICÍA LOCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EXCLUYENDO EL “EMBARAZO” COMO CAUSA DE PASE A SEGUNDA ACTIVIDAD (ELIMINACIÓN  APARTADO 3 DEL ARTÍC. 85), quedando  como sigue:

 

“Art. 85.- Pase a la segunda actividad

 

Las causas para pasar a la situación de segunda actividad son:

 

1.             La petición del interesado al cumplir la edad fijada a continuación según la Escala y Categoría a la que pertenezca:

 

a)            Escala Técnica: Sesenta años

b)            Escala Ejecutiva: Cincuenta y siete años

c)            Escala Básica: Cincuenta y cinco años

 

2.             La insuficiencia apreciable y presumible, no permanente, de las facultades físicas o psíquicas necesarias para el eficaz desempeño de las funciones propias de la categoría que ostenten.”

 

Y dado que figuraban dos artículos, el 27 y 28 sin contenido,(como nulos) se ha renovado la numeración a partir del artículo 27 hasta el 116,  con el fin de no dejar artículos vacíos.

 

De conformidad con lo establecido en el art. 84. c del Reglamento de la Asamblea de Melilla, se expone al público a los efectos de reclamaciones, por un período de un mes en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME) , durante el cual los ciudadanos y personas jurídicas podrán formular las mismas.

 

Si no se presentasen reclamaciones el texto reglamentario quedará definitivamente aprobado. 

 

Si se presentasen reclamaciones, el Pleno resolverá sobre ellas y aprobará definitivamente la norma reglamentaria.

 

Melilla 14 de marzo de 2021,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Joaquín M. Ledo Caballero