ARTÍCULO Nº 285 (CVE: BOME-A-2021-285) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5847 - martes, 30 de marzo de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - TRIBUNAL DE EXAMEN - Tribunal de examen


Indicaciones a opositores conforme al protocolo de actuación para la celebración de las pruebas para la provisión en propiedad de dos plazas de auxiliar de administración, personal laboral.

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TRIBUNAL DE OPOSICION LIBRE PARA PROVISION EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR DE ADMINISTRACION, PERSONAL LABORAL

 

A N U N C I O

 

De conformidad con la Resolución Nº 409 de fecha 22 DE MARZO DE 2021, de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, relativa a "  PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA" , cuya finalidad es  establecer las medidas preventivas y organizativas para evitar el contagio y propagación del COVID-19 y adoptar las medidas necesarias para proteger la seguridad y la salud de todas las personas implicadas en los procesos selectivos que se celebren por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y afectando estas nuevas medidas al proceso selectivo en curso para la provisión en propiedad de dos plazas de Auxiliar de Administración, Personal Laboral, cuya fecha de realización del primer ejercicio ha sido fijada para el día 11 de abril de 2021, se pone en conocimiento de todos los opositores :

 

PRIMERO.- Los aspirantes deberán presentar en el momento del llamamiento  una DECLARACIÓN RESPONSABLE en la que se acredite conocer y aceptar las medidas de salud pública vigentes al respecto. El modelo de declaración responsable será conforme al indicado en el Anexo I de este protocolo ( publicado en el BOME núm. 5846, de fecha 26 de marzo de 2021).

SEGUNDO.- Sólo se permitirá el acceso al edificio a los opositores que realicen los ejercicios y personal implicado en el desarrollo de las mismas, no permitiéndose el acceso a acompañantes (a excepción de casos particulares, debidamente justificados).

TERCERO.- No se admitirá la entrada de ninguna persona desprovista de mascarilla protectora, que deberá cubrir completamente boca y nariz mientras se permanezca en el recinto (salvo los casos previstos en la normativa, previamente justificados). En el supuesto de que alguno de los participantes no disponga de la oportuna mascarilla, se le suministrará una de manera excepcional

CUARTO.- Los aspirantes que no cumplan con las normas establecidas en este protocolo no podrán participar en la realización de las pruebas selectivas. Cualquier incumplimiento de su contenido y la no atención a las instrucciones dadas por parte de las personas que integran los órganos de selección o personal de apoyo conllevará la expulsión del aula y la imposibilidad de continuar con el desarrollo del examen.

QUINTO.- Aquellos opositores que tengan síntomas compatibles con COVID-19, así como a los que se les haya diagnosticado la enfermedad y no hayan finalizado el periodo de aislamiento o los que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de la COVID-19, atendiendo a las indicaciones de las autoridades sanitarias, no podrán acceder a los lugares indicados por los tribunales para realizar los exámenes.

SEXTO.- Si algún aspirante comunicara con anterioridad a la celebración del examen que se encuentran ingresado, en aislamiento domiciliario o cuarentena, en atención a la excepcionalidad de la pandemia mundial provocada por la Covid-19, (Anexo II BOME  núm. 5846, de 26 de marzo ), se tomará en consideración la circunstancia alegada debiendo presentar el citado ANEXO II junto con la documentación necesaria a través de la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla o en alguno de los Registros Auxiliares de la Ciudad Autónoma, TRES DÍAS HÁBILES ANTES DE LA CELEBRACION DEL EJERCICIO,  junto con la DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE TAL CIRCUNSTANCIA, EXPEDIDA POR FACULTATIVO CORRESPONDIENTE QUE DEBERÁ SER APORTADA POR EL INTERESADO, a fin de valorar la posibilidad de realizar el ejercicio en otra fecha, procurándose, en la medida de lo posible, de que no se altere el desarrollo normal del proceso selectivo.

Cuando cambie la situación del opositor afectado deberá comunicarlo de forma inmediata al Presidente del Tribunal  o a la Consejería competente en materia de Función Pública, en 
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cualquier caso en el plazo máximo de tres días, con el fin de proceder a la organización de las pruebas y no diferir la realización del ejercicio.

 

SEPTIMO.- Aquellos opositores que tengan una temperatura superior a 37,5º, se le hará una segunda comprobación de la temperatura pasados 15 minutos, y si persiste la misma, no podrá acceder al recinto donde se practique la prueba. Esta circunstancia se reflejará en el acta, debiendo ser citado en otro momento por el Tribunal para la realización de la prueba.

 

Melilla 26 de marzo de 2021,

La Secretaria Técnica de Economía,

Gema Viñas del Castillo