ARTÍCULO Nº 375 (CVE: BOME-A-2021-375) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5855 - martes, 27 de abril de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Orden nº 922 de fecha 22 de abril de 2021, relativa a sustitución y nombramiento de vocales en el tribunal calificador de las pruebas teóricas selectivas para la obtención de las titulaciones de patrón de navegación básica, patrón de embarcaciones de recreo, patrón de yate y capitán de yate.
El Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo
y Deporte titular de la Consejería, mediante Orden de
22/04/2021, registrada al número 2021000922, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Visto escrito de abstención
formulado por Doña Isabel María Hoyo Bernal, designada por Orden número 823 de fecha siete de abril de 2021,
Vocal Titular en el Tribunal calificador
de las pruebas teóricas selectivas para la obtención de las titulaciones de Patrón
de Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y
Capitán de Yate y considerando que concurren causas justificadas para la
abstención , según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen del Sector Público,
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 3120/2021, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- Aceptar la abstención
de Doña Isabel María Hoyo Bernal.
2º.- La sustitución , como
Vocal Titular, de Doña Isabel María Hoyo Bernal por Doña Pilar Gutiérrez Ramón
(que actúa en el mismo Tribunal Suplente).
3º.- El nombramiento como
Vocal Suplente de D. Gerardo Estruch Casals.
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 22 de abril de 2021,
La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras,
Urbanismo y Deportes,
Francisco Torres Belmonte