ARTÍCULO Nº 427 (CVE: BOME-A-2021-427) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5858 - viernes, 7 de mayo de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 9/2021, seguido a instancias por D. Santiago José Cruz López.

BOME-P-2021-1363 Descargar página

 

El Juzgado Contencioso-Administrativo, nº 2 de Melilla, en escrito de ocho de abril de 2021, comunica lo siguiente:

 

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Modelo: 000200

EDIFICIO V CENTENARIO TORRE NORTE PLANTA 13 Teléfono 952672326 Fax: 952695649

Equipo/usuario: AHR

 

NIG: 52001 45 3 2021 0000266

Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000009/2021

Sobre: ADMINISTRACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

De D/ña: SANTIAGO JOSE CRUZ LOPEZ

Abogado: GENTZANE CARRION GOMEZ

Procurador Sr./a. D./Dña.: JOSE LUIS YBANCOS TORRES

Contra D/ña.: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE

 

Conforme a lo acordado en resolución del día de la fecha en el procedimiento al margen reseñado, por el presente proceder a reclamar el expediente administrativo, una vez recibido se dará traslado al recurrente para formular nueva demanda, pudiendo, en ese momento, ratificarse en la ya presentada.

 

-       Requerir a CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE para que ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos expedientes/s administrativos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra del plazo concedido sin que haya sido remitido.

-       El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargados, deberá remitirse en soporte informático.

-       De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosoadministrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.

 

Lo que se publica a efectos del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJCA

 

Melilla 3 de mayo de 2021,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva