ARTÍCULO Nº 479
(CVE: BOME-A-2021-479)
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BOME Nº 5859 - martes, 11 de mayo de 2021 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3
Notificación a D. Mesod Carciente Chocrón y otros en procedimiento ordinario 161 / 2020.

N.I.G.:
52001 41 1 2020 0000872
ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000161 /2020
Sobre ACCION DECLARATIVA DE DOMINIO
DEMANDANTE
, DEMANDANTE , DEMANDANTE ,
DEMANDANTE , DEMANDANTE , DEMANDANTE,
DEMANDANTE , DEMANDANTE , DEMANDANTE ,
DEMANDANTE D/ña. KALTUM EL
OUTMANI BOUFTILA, HAFIDA DRIS MAANAN , MOHAMED DRIS MAANAN , LAYLA DRIS MAANAN
, MOURAD DRIS MAANAN , INSAF DRIS MAANAN , DINA DRIS MAANAN , FERYAL DRIS
MAANAN , NORA DRIS MAANAN , HAYAT DRIS MAANAN
Procurador/a Sr/a. ISABEL HERRERA GOMEZ, ISABEL
HERRERA GOMEZ , ISABEL HERRERA GOMEZ, ISABEL HERRERA GOMEZ , ISABEL HERRERA
GOMEZ , ISABEL HERRERA GOMEZ , ISABEL HERRERA GOMEZ , ISABEL HERRERA GOMEZ ,
ISABEL HERRERA GOMEZ , ISABEL HERRERA GOMEZ
Abogado/a Sr/a. LUIS BUENO HORCAJADAS, LUIS BUENO
HORCAJADAS , LUIS BUENO HORCAJADAS , LUIS BUENO HORCAJADAS , LUIS BUENO
HORCAJADAS , LUIS BUENO HORCAJADAS , LUIS BUENO HORCAJADAS , LUIS BUENO
HORCAJADAS , LUIS BUENO HORCAJADAS , LUIS BUENO HORCAJADAS
DEMANDADO ,
DEMANDADO , DEMANDADO , DEMANDADO
D/ña. MESOD CARCIENTE CHACRON, AMUYAL BELILTY MERCEDES , LEA COHEN
BENALAL , SADIA GARCIENTE AMUYAL
E
D I C T O
DOÑA RAQUEL ALONSO CHAMORRO,
Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia nº 3, hago
saber, que en el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia nº 76/21
de 10.03.2021, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Melilla, a 10 de marzo de
2021.
Han sido vistos por Doña Laura López
García Juez titular del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número Tres de Melilla los autos de juicio
ordinario seguidos en este Juzgado con el número 161/20 a instancia de Doña
Kaltum El Outmani Bouftila, Doña Hafida Dris Maanan, Doña Nora Driss Mahanan,
Don Mohamed Dris Maanan, Doña Layla Dris Maanan, Don Hayat Dris Maanan, Don
Mourad Dris Maanan, Doña Insaf Dris Maanan, Doña Dina Dris Maanan y Don Feryal
Dris Maanan representados por la procuradora Dª Isabel Maria Herrera Gómez y
con la asistencia letrada de D. Luis Bueno Horcajadas frente a Don Mesod
Carciente Chacron, Doña Amuyal Belilty Mercedes, Don Sadia Garciente Amuyal y
Doña Lea Cohen Benalal declarados en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Se estima íntegramente la demanda interpuesta por
Doña Kaltum El Outmani Bouftila, Doña Hafida Dris Maanan, Doña Nora Driss
Mahanan, Don Mohamed Dris Maanan, Doña Layla Dris Maanan, Don Hayat Dris Maanan,
Don Mourad Dris Maanan, Doña Insaf Dris Maanan, Doña Dina Dris Maanan y Don
Feryal Dris Maanan representados por la procuradora Dª Isabel Maria Herrera
Gómez y con la asistencia letrada de D. Luis Bueno Horcajadas frente a Don
Mesod Carciente Chacron, Doña Amuyal Belilty Mercedes, Don Sadia Garciente
Amuyal y Doña Lea Cohen Benalal declarados en situación de rebeldía procesal,
con los siguientes pronunciamientos:
1.- Se reconoce y declara a Doña Kaltum El
Outmani Bouftila, propietaria a título de dueña por prescripción adquisitiva
extraordinaria del dominio de la plena propiedad del cincuenta por ciento pro
indiviso de la Finca registral número 4485 inscrita en el Registro de la
Propiedad de Melilla.

dueños por prescripción
adquisitiva extraordinaria del dominio de la plena propiedad del 5,5555 por
ciento pro indiviso cada uno de la Finca registral número 4485 inscrita en el
Registro de la Propiedad de Melilla.
3.- Se condena a los
demandados a estar y pasar por las consecuencias de las anteriores
declaraciones.
4.- Se acuerda dirigir
mandamiento al Sr. Registrador de la propiedad de Melilla, para realizar los
actos necesarios para la inscripción definitiva a favor de los actores del
inmueble, finca registral 4485, previa cancelación de las inscripciones
anteriores contradictorias y que se opusieran a ello.
Se condena a la parte demandada a pagar las
costas de esta instancia.
Esta sentencia no es firme y contra la misma puede
interponerse recurso de apelación ante este Juzgado para la Iltma. Audiencia de
Málaga Sección Séptima dentro de los veinte días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia,
lo pronuncia, manda y firma Dª LAURA LÓPEZ GARCÍA Juez titular de este Juzgado
de Primera Instancia en Instrucción nº 3 de Melilla; doy fe.
Y como consecuencia del
ignorado paradero de Mesod Carciente
Chocrón, Amuyal Belilty Mercedes, Sadia Carciente Amuyal y Lea Cohen Benalal,
se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En MELILLA, a cinco de abril
de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA