ARTÍCULO Nº 492 (CVE: BOME-A-2021-492) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5860 - viernes, 14 de mayo de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado 108 / 2021, seguido a instancias por Dª. Luisa Mimun Aomar.

BOME-P-2021-1532 Descargar página

El Juzgado Contencioso-Administrativo, nº 2 de Melilla, en escrito de 10 de mayo de 2021, con entrada en esta Ciudad el 12 de mayo del mismo año y registrado con  nº 38966, comunica lo siguiente:

 

“UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Modelo: N30150

PLAZA DEL MAR SN EDIF V CENTENARIO TORRE NORTE PLANTA 13 Teléfono: 952672326 Fax: 952695649

Equipo/usuario: ISC

 

N I G: 52001 45 3  2021 0000369

Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000108/2021

Sobre: INDEMINIZACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD

De: D./ña. CELIA SEGURA SAROMPAS

Abogado: LUISA MIMUN AOMAR

Contra D/ña. CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA 

Abogado: LETRADO AYUNTAMIENTO

 

Conforme a lo acordado en anterior resolución en el procedimiento al margen reseñado, por el presente solicito de V.I. la remisión del expediente que motivó la interposición del presente recurso.

 

El expediente administrativo deberá remitirlo a este órgano judicial:

 

-       Completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índice de los documentos que contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia  que se conserve (art 48.4  LJCA). El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INCIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

-       De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuántos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días, La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

-       Incorporando al mismo las notificaciones para emplazamiento efectuadas, de conformidad con lo dispuesto en el Art 49 de la LJCA.

-       Con al menos QUINCE DÍAS de antelación al señalado para la vista, que está

-       señalada, una vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, para el próximo día 20/07/2021 a las 11:00 horas

 

Deberá comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el artículo 38.1 de la LJCA.

 

El presente oficio sirve de emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se entenderá efectuada por el simple envío del expediente.

 

Deberá comunicar a este órgano judicial, la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.

 

Se interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente señalada y fechada por la oficina de recepción”

 

Lo que se publica a efecto del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJCA.

 

Melilla 13 de mayo de 2021,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva