ARTÍCULO Nº 493 (CVE: BOME-A-2021-493) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5860 - viernes, 14 de mayo de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Orden nº 395 de fecha 3 de mayo de 2021, relativa a convocatoria del curso escolar 2021 - 2022 de la Escuela de Música y Danza "Pilar Muñoz González".
La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad, mediante Orden núm. 2021000395, del día 03 de mayo de
2021, ha dispuesto lo siguiente:
“Al objeto de preparar el inicio del curso escolar
2021-2022 de la ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA “PILAR MUÑOZ GONZÁLEZ” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA, de conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 33
del Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017) y conforme al vigente
Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías, aprobado
mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2019, (BOME de
19 de diciembre de 2019, extraordinario nº 43) VENGO EN ORDENAR:
La Convocatoria
del Curso Escolar 2021-2022 de la Escuela
de Música y Danza
“Pilar Muñoz González” de la Ciudad Autónoma de Melilla para los/as alumnos/as
que ya cursaron sus estudios en dicha Escuela durante el curso 20202021 y
alumnado de nuevo ingreso, con sujeción a las siguientes determinaciones:
1º.- Las asignaturas que se podrán cursar durante el curso
2021-2022 son las siguientes: Música y Movimiento, Lenguaje Musical, Piano,
Flauta Travesera, Danza Española y Danza Clásica.
2º.- El plazo para que los/as alumnos/as que cursan
estudios en el actual curso 2020-2021
comuniquen a la Escuela su continuidad en el próximo curso 2021-2022 permanecerá abierto
desde el día 17 de mayo
al 14 de junio del 2021.
3º.- La
presentación de solicitudes de plaza para el próximo curso 2021-2022 por parte de los/as alumnos/as de nuevo ingreso y de elección
de otras asignaturas distintas, será
desde el próximo día
14 de junio hasta el 30 del mismo mes de junio.
4º.- El plazo de formalización de matrículas por
el alumnado que resulte admitido será desde el próximo día 01 de septiembre hasta el 16 de septiembre.
5º- De acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal de
aplicación, (BOME extraordinario nº 21 (II) de 30 de Diciembre de 2009), el
importe de las matrículas a satisfacer será el siguiente:
·
. Una
asignatura..............................60,00 euros
·
. Dos
asignaturas.............................85,00 euros
·
. Tres asignaturas
..........................105,00 euros
·
. Cuatro asignaturas.......................135,00
euros
6º. Los titulares del Carné Joven, expedido por la
Ciudad Autónoma de Melilla y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes
del Protocolo de Lisboa del día 1 de Junio de 1987 gozarán de una bonificación
del 25% de las tarifas.
Las familias numerosas de primera clase (General)
disfrutarán de una reducción del 50 % y las de segunda clase o de honor
(Especial) del 100% del importe de la matrícula.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante
fotocopia del título que acredite tal condición.
Los sujetos pasivos mayores de 65 años gozarán de una
bonificación de 50% del importe de la tasa correspondiente.
7º.- Las matrículas se formalizarán en la Secretaría de
la Escuela de Música y Danza situada en calle Querol nº 7, en horario laboral de
10 a 13 horas.
8º.- Para la matriculación, los/as alumnos/as deberán
aportar fotocopia del DNI, y en caso de no tenerlo, fotocopia del DNI o Tarjeta de Residencia de los padres, en vigor, acompañando todos
los/as alumnos/as una fotografía de tamaño carné del alumno/a por cada
asignatura en la que se matricule, así como el resguardo del ingreso bancario
de la cantidad correspondiente a la matrícula, en el número de cuenta ES68 0049
2506 14 2814180049 del Banco de Santander.
9º.- Los/as alumnos/as que no formalicen la matrícula
en el periodo establecido, se entenderá que desisten de su plaza renunciando a
la misma.
10º.- Los horarios que se asignen para el nuevo curso
tienen carácter orientativo y pueden ser modificar por motivos justificados.
cedidos a terceros cuando ello resulte necesario por
motivos de control o gestión de sus competencias y al amparo de una norma que
lo legitime. Los derechos de los interesados relacionados en los artículos 15 a
21 del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 podrán ejercerse
utilizando los medios recogidos en la Política de Privacidad de la Ciudad Autónoma
de Melilla. Puede consultar la información adicional y detallada sobre
Protección de Datos en el Registro de Actividades de Tratamiento de la Sede
Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla. https://sede.melilla.es”
Lo que se traslada al Boletín Oficial de Melilla para
su publicación, en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública,
advirtiendo que la orden transcrita no pone fin a la vía administrativa y que
contra la misma cabe interponer recurso de Alzada en el plazo de un mes ante el
Excmo. Sr. Presiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en los términos
previstos en los artículos 121 y 122 de la mencionada Ley 39/2015, de 01 de
Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
pudiendo, no obstante, los interesados interponer cualquier otro recurso que
estimen procedente.
Melilla 5
de mayo de 2021,
El
Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Joaquín
M. Ledo Caballero