ARTÍCULO Nº 513 (CVE: BOME-A-2021-513) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5861 - martes, 18 de mayo de 2021 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 - Juzgado de lo social Nº 1
Citación a la empresa Construcción Integral S.L., en procedimiento impugnación de actos de la administración 621 / 2020.
NIG: 52001
44 4 2020 0000619
Modelo: 380000
IAA IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION
0000621 /2020
Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO
0000621 /2020
Sobre ORDINARIO
DEMANDANTE/S D/ña: MOHAMED EL BARKANI .
ABOGADO/A: VICENTE MIGUEL AGUERA AGUILERA
DEMANDADO/S D/ña: CONSTRUCCION INTEGRAL S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL - FOGASA ABOGADO/A: , LETRADO DE FOGASA
EDICTO
D/Dª MARIA LUZ MARTINEZ
ESCUDERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº
001 de MELILLA, HAGO SABER:
Que en el IAA IMPUGNACIÓN DE
ACTOS ADMINISTRRACIÓN 621 /2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D.MOHAMED EL BARKANI contra CONSTRUCCIÓN INTEGRAL S.L. Y CONTRA
FOGASA, se ha dictado la siguiente resolución:
CÉDULA DE CITACIÓN
TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR
JDO. DE LO SOCIAL N. 1.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
IMPUGNACION DE ACTOS DE LA
ADMINISTRACION 0000621 /2020.
PERSONA A LA QUE SE CITA
CONSTRUCCION INTEGRAL
S.L., como parte/s demandada/s.
OBJETO DE LA CITACIÓN
Asistir en esa condición
al/los acto/s de juicio, concurriendo a
tales actos con las pruebas de que intente valerse y también, si la parte
contraria lo pide, y el/la Tribunal lo admite, contestar a las preguntas que se
le formulen en la práctica de la prueba de interrogatorio.
LUGAR, DÍA Y HORA EN LA QUE
DEBE COMPARECER
Deben comparecer el día 27/5/2021 a las 09:15 horas en la Sala de Vistas
asignada a este Juzgado de lo Social nº1 , para la celebración del acto de
juicio.
PREVENCIONES
LEGALES
1º.- La incomparecencia del
demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de
conciliación, y en su caso, juicio, continuando éste sin necesidad de declarar
su rebeldía (art. 83.3 LJS).
2º.- Se le hace saber que la
parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su
defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.
3º.- Debe asistir al juicio con
todos los medios de prueba de que intente valerse (art.82.3 LJS), y, en el caso
de que se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte,
deberá comparecer y contestar al interrogatorio o, en caso contrario, podrán
considerase reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se
refieren las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos
personalmente y su fijación como ciertos le resulte perjudicial en todo o en
parte.
Conforme dispone el artículo
91.3 de la LJS, el interrogatorio de las personas jurídicas se practicará con
quienes legalmente las representen y tengan facultades para responder a tal
interrogatorio.
Si el representante en
juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la
persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin, la parte interesada
podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando
debidamente la necesidad de tal interrogatorio personal.
Podrán asimismo solicitar,
al menos con - CINCO DÍAS - de antelación a la fecha del juicio, aquellas
pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de
citación o requerimiento (art. 90.3 LJS).
4º.- Se le advierte que la parte
actora ha solicitado como pruebas:
Su interrogatorio como
demandado.
A tal efecto se le indica
que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en
que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte
perjudiciales (Art. 91.2 LJS).
La aportación al acto del
juicio de los siguientes documentos: Se
le advierte que si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar
causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte
contraria en relación con la prueba acordada (art. 94.2 LJS).
El domicilio y los datos de
localización facilitados con tal fin, surtirán
plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin
efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados, asimismo deberán comunicar
los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o
similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos
de comunicación con el tribunal.
7º.- Las partes podrán formalizar conciliación
en evitación del proceso por medio de comparecencia ante la oficina judicial,
sin esperar a la fecha de señalamiento, así como someter la cuestión a los
procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto
en el art. 63 de esta ley, sin que ello suponga la suspensión salvo que de
común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la
mediación y por el tiempo máximo establecido en el procedimiento
correspondiente que no podrá exceder de quince días.
En MELILLA, a trece de abril
de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN EN LEGAL
FORMA a la empresa CONSTRUCCIÓN INTEGRAL S.L., en ignorado paradero, expido el presente
para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Se advierte al destinatario
que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de
la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de
la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o
sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En MELILLA, a 8 de Mayo de
dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA