ARTÍCULO Nº 524 (CVE: BOME-A-2021-524) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5862 - viernes, 21 de mayo de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO


Decreto del Consejo de Gobierno por el que se modifica el decreto de distribución de competencias entre las consejerías, para la atribución a la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la tramitación de las subvenciones concedidas en virtud de la línea COVID de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, creada por el real decreto-ley 5 / 2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

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ANUNCIO

 

DECRETO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS CONSEJERÍAS, PARA LA ATRIBUCIÓN A LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS EN VIRTUD DE LA LÍNEA COVID DE AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS (EMPRESARIOS Y PROFESIONALES) Y EMPRESAS PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PRIVADO, CREADA POR EL REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2021, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PROPUESTA DE DECRETO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS CONSEJERÍAS, PARA LA ATRIBUCIÓN A LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS EN VIRTUD DE LA LÍNEA COVID DE AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS (EMPRESARIOS Y PROFESIONALES) Y EMPRESAS PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PRIVADO, CREADA POR EL REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19

 

Primero.- El artículo 14.1 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo de 1995, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, atribuye al Presidente de la Ciudad la función de dirigir y coordinar la actividad del Consejo de Gobierno, órgano institucional colegiado integrado por el propio Presidente y los Consejeros, que ostenta las funciones ejecutivas y administrativas de conformidad con los artículos 16 y 17 del propio Estatuto, sin perjuicio de las competencias reservadas al Pleno de la Asamblea a tenor de lo preceptuado en el artículo 12 del citado texto estatutario.

 

El Reglamento del Gobierno y de la Administración establece, en su artículo 68, que el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, al tomar posesión de su cargo o cuando se produzca una modificación de las estructuras de gobierno, deberá proponer un Decreto en el que se establezcan las competencias que le correspondan a la Presidencia y a cada una de las diferentes Consejerías en las que se estructure en cada momento el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla. El Decreto de distribución de competencias, que tendrá forma articulada, deberá contener, al menos, los siguientes aspectos:

 

a)     Denominación de las diferentes Consejerías.

b)     Competencias que le correspondan a cada Consejería.

c)     Estructura administrativa que le corresponda a cada Consejería, al menos hasta nivel de Direcciones Generales, y deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, para su general conocimiento y efectos.

 

Segundo.- En virtud de lo anteriormente dispuesto, se encuentra actualmente vigente el aprobado por el Consejo de Gobierno en fecha 19 de diciembre de 2019, modificado posteriormente por Decreto de fecha 12 de febrero de 2021.

 

Dicho Decreto establece en su apartado 4.2.2, como competencias de la Consejería de Economía y Políticas Sociales, entre otras el “Establecimiento de mecanismos de apoyo para la incentivación de inversiones empresariales generadoras de empleo, mediante el establecimiento de prioridades y 
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preferencias en los sectores económicos susceptibles de apoyo y la regulación de dichas políticas a través de los correspondientes reglamentos de ejecución de los objetivos básicos fijados por el artículo 5.2 apartado c) del Estatuto de Autonomía de Melilla, en coordinación con la Consejería competente en materia de empleo y con la sociedad pública PROYECTO MELILLA, S.A. y aquellas entidades que, en su caso, pudieran crearse.”

 

Además, la referida sociedad pública PROYECTO MELILLA, S.A. queda adscrita a dicha Consejería.

 

Tercero.- Recientemente se aprobó el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19 (en adelante, Real Decreto-ley 5/2021), que establece en su artículo 1 lo siguiente:

 

Artículo 1. Objeto, ámbito de aplicación y creación de la Línea de ayudas directas a empresarios y profesionales.

1. Se crea la Línea Covid de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.

 

Con cargo a los recursos de esta Línea se concederán ayudas directas en los términos previstos en este Real Decreto-ley.

 

Los destinatarios de las ayudas serán las empresas no financieras y los autónomos más afectados por la pandemia, siempre y cuando tengan su domicilio fiscal en territorio español o cuando se trate de entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento permanente. Estas ayudas directas tendrán carácter finalista, empleándose para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles.

 

En su artículo 2 dispone:

 

Artículo 2. Compartimentos de la Línea y asignación entre Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.

1. La línea estará compuesta por dos compartimentos:

 

a) Un primer compartimento, con una dotación de 5.000 millones de euros, que se asignarán a todas las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla, salvo a las Comunidades Autónomas a que se refiere el apartado b).

 

En virtud del referido Real Decreto corresponde a la Ciudad Autónoma de Melilla la realización de las correspondientes convocatorias para la concesión de las ayudas directas a los destinatarios ubicados en su territorio. Igualmente, se encargará de la tramitación, gestión y resolución de las solicitudes, del abono de las ayudas y de los controles previos y posteriores al pago. Asimismo le corresponderá el seguimiento y control de la correcta utilización de las ayudas directas por parte de los destinatarios finales.

 

Cuarto.- Por lo tanto, con la redacción actual del Real Decreto de Distribución de competencias, correspondería la tramitación de las subvenciones antes referidas a la Consejería de Economía y Políticas Sociales, con la colaboración de la sociedad pública PROYECTO MELILLA, S.A..

 

No obstante, desde el Gobierno de la Nación se están tramitando los necesarios convenios de colaboración con las Consejerías competentes en materia de Hacienda de todas las Comunidades Autónomas, por lo que por homogeneidad con el resto del Estado resultaría conveniente que la tramitación desde la Ciudad Autónoma de Melilla se hiciera a través de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.

 

Asimismo, se considera que por razones de organización administrativa actualmente la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio posee mayores recursos humanos para hacer frente a la mencionada tramitación, teniendo en cuenta además la fuerte carga de trabajo que soporta la Consejería de Economía y Políticas Sociales en materia de asistencia social y salud pública. Por lo tanto se propone la modificación del Decreto de Distribución de Competencias, añadiendo un nuevo apartado dentro del epígrafe 3.2, de las Competencias de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, con el siguiente tenor literal:

 

3.2.8. Tramitación de la concesión de subvenciones otorgadas mediante la Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19.

 

a)     Corresponderá a la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, a través de la Dirección General de Empleo y Comercio, la realización de las correspondientes convocatorias para la concesión de las ayudas directas a los destinatarios ubicados en su territorio.

b)     Igualmente, se encargará de la tramitación, gestión y resolución de las solicitudes, del abono de las ayudas y de los controles previos y posteriores al pago.

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c)     Asimismo le corresponderá el seguimiento y control de la correcta utilización de las ayudas directas por parte de los destinatarios finales.

d)            A estos efectos, podrá disponer de los medios que se consideren necesarios. Concretamente y únicamente para la tramitación de los procedimientos mencionados en este epígrafe, la sociedad pública PROYECTO MELILLA, S.A. se considerará adscrita directamente a la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio. Asimismo, la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio podrá proveerse de medios mediante mecanismos de contratación pública.

 

Se autoriza a la Consejera de Hacienda, Empleo y Comercio a la suscripción del Convenio referido en el artículo 4.4. del Real Decreto-ley 5/2021 de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid19.  

 

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

 

La modificación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad, mediante la adición de un nuevo apartado 3.2.8. con el siguiente tenor literal:

 

3.2.8. Tramitación de la concesión de subvenciones otorgadas mediante la Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19.

 

a)     Corresponderá a la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, a través de la Dirección General de Empleo y Comercio, la realización de las correspondientes convocatorias para la concesión de las ayudas directas a los destinatarios ubicados en su territorio.

b)     Igualmente, se encargará de la tramitación, gestión y resolución de las solicitudes, del abono de las ayudas y de los controles previos y posteriores al pago.

c)     Asimismo le corresponderá el seguimiento y control de la correcta utilización de las ayudas directas por parte de los destinatarios finales.

d)     A estos efectos, podrá disponer de los medios que se consideren necesarios. Concretamente y únicamente para la tramitación de los procedimientos mencionados en este epígrafe, la sociedad pública PROYECTO MELILLA, S.A. se considerará adscrita directamente a la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio. Asimismo, la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio podrá proveerse de medios mediante mecanismos de contratación pública.

e)     Se autoriza a la Consejera de Hacienda, Empleo y Comercio a la suscripción del Convenio referido en el artículo 4.4. del Real Decreto-ley 5/2021 de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19.  

 

Lo que se publica para su conocimiento y efectos.

 

Melilla 17 de mayo de 2021,

El Técnico de Administración General,

Antonio Jesús García Alemany