ARTÍCULO Nº 533 (CVE: BOME-A-2021-533) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5863 - martes, 25 de mayo de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Extracto de la orden nº 1795 de fecha 6 de abril de 2021, relativa a convocatoria pública de subvenciones destinadas a la realización de acciones de formación en el marco de la Escuela de Hostelería de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2021.
TituloES:
Extracto de la Orden de la Consejería de Economía y Políticas Sociales nº
2021001795 de fecha 06 de abril de 2021, por el que se convoca la Convocatoria
pública de subvenciones destinadas a la realización de acciones de formación en
el marco de la "ESCUELA DE HOSTELERÍA” de la Ciudad Autónoma de Melilla
para el año 2021
TextoES:
BDNS(Identif.):565201
De conformidad
con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/565201)
Las ayudas de
la presente convocatoria se acogen a los Reglamentos (CE) 1303/2013 por el que
se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Social Europeo y
Reglamento (CE) 1304/2013 relativo al Fondo Social Europeo.
Primero.
Beneficiarios:
Podrán ser
beneficiarios de las subvenciones las entidades e instituciones que cumplan los
siguientes requisitos:
a) Tener
personalidad jurídica propia.
b) Estar
especializada en el ámbito de la formación en Hostelería y Turismo o
encontrarse acreditada, mediante certificación, por cualquier Escuela de Turismo
y Hostelería o entidad Oficial con competencias en la materia.
c) Tener
capacidad para realizar las acciones a que se refiere el artículo 1 de la
presente convocatoria, en el término de la Ciudad de Melilla.
d) Estar al
corriente de sus obligaciones Tributarias nacionales y locales, así como con la
Seguridad Social, en el momento de solicitar las subvenciones y durante todo el
periodo que dure la acción.
e) No estar
incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de
beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 27 del RD
887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Disponer de
Solvencia Técnica suficiente según el artículo 12.f de las Bases.
g) Disponer de
Solvencia económica suficiente según el artículo 12.f de las Bases.
h) La Entidad
beneficiaria solicitará el alta en el Registro de Beneficiarios de subvenciones
de Proyecto Melilla SA (según BOME núm. 4803 de 29/03/11) antes de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes, en caso de no haberlo
realizado con anterioridad.
Segundo.
Objeto.
El objeto de
las subvenciones reguladas en la Convocatoria es financiar la realización de
acciones de formación destinadas a la formación integral de jóvenes
desempleados o inactivos en el sector de la Hostelería y Turismo.
Tercero. Bases
reguladoras.
Las bases
reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Decreto número 4393 de
fecha 29 de octubre de 2014 (BOME num 5.179 de 4/11/14), relativo a las a
las bases para la realización de acciones de formación en el marco de la
"Escuela de hostelería" de la Ciudad Autónoma de Melilla, que se
puede consultar en http://www.melilla.es/mandar.php/n/8/6004/5179.pdf
Cuarto.
Cuantía.
Se establece
un presupuesto para esta Convocatoria de 410.000 € que se financiarán con cargo
al Programa Operativo del FSE para Melilla 2014-2020 dentro del siguiente
encuadre:
EJE
PRIORITARIO 1 / OBJETIVO TEMÁTICO 8: PROMOVER LA SOSTENIBILIDAD Y LA CALIDAD EN
EL EMPLEO Y FAVORECER LA MOVILIDAD LABORAL.
PRIORIDAD DE
INVERSIÓN 8.1: Facilitar el acceso al empleo de los desempleados y personas
inactivas, prestando atención a las
diferencias por razón de sexo, incluido mediante iniciativas
locales de empleo y apoyo a la movilidad laboral. Para
la realización de las siguientes acciones formativas:
- Acciones de
la Rama Profesional de Turismo y Hostelería, Área profesional: Hostelería,
especialidad: Cocina. Duración Total 1.400 horas y con módulos
teórico-prácticos de ofertas gastronómicas y sistemas de aprovisionamiento,
elaboración y conservación culinarios, seguridad e higiene, inglés profesional
y prácticas profesionales no laborales. Nº mínimo de alumnos desempleados: 15.
Nivel Iniciación. Ajustado a temario de certificados de profesionalidad SEPE
* HOTR0108
OPERACIONES BÁSICAS DE COCINA (350 horas duración mínima)
* HOTR0408
COCINA (Mínimo 810 horas – Máximo 1050 horas).
- Acciones de
la Rama Profesional de Turismo y Hostelería, Área profesional: Hostelería,
especialidad: Servicio de Restaurante y Bar. Duración Total 1.250 horas
consistentes en módulos teórico-prácticos de servicio básico de
restaurante-bar, aprovisionamiento de bebidas y comidas rápidas, servicio de
restaurante, servicio de vinos, elaboración y acabado de platos a la vista del
cliente, servicios especiales de restauración, seguridad e higiene en el
trabajo, inglés profesional y prácticas profesionales no laborales. Nº mínimo
de alumnos desempleados: 15. Ajustado a temario de certificados de
profesionalidad.
* HOTR0208
OPERACIONES BÁSICAS DE RESTAURANTE Y BAR (290 horas duración mínima)
* HOTR0608
SERVICIOS DE RESTAURANTE (Mínimo 580 horas- Máximo 960 horas).
- Acciones de
la Rama Profesional de Turismo y Hostelería, Área profesional: Hostelería,
especialidad: Operaciones básicas de iniciación a la pastelería y técnicas
básicas culinarias. Duración mínima 430 horas. Nº mínimo de alumnos
desempleados: 15. Incluirá las Unidades formativas pertenecientes al
certificado de profesionalidad SEPE HOTR0109. Prácticas profesionales no
laborales mínimas de 40 horas incluidas.
Quinto. Plazo
de presentación de solicitudes.
1.- Las
solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas
de Proyecto Melilla S.A. o en la página web www.promesa.net, entregándose estas
debidamente cumplimentadas en soporte papel en el registro de Proyecto Melilla
y en soporte magnético al correo formacion@promesa.net.
2.- Las
solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de Proyecto Melilla,
S.A. (C/ La dalia nº 36. 52006 Melilla), y en aquellos registros habilitados
por Ley.
3.- La fecha
límite de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde
el día siguiente a su publicación en BOME en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Si la
presentación de la solicitud se realizara en algún lugar distinto de Proyecto
Melilla SA, deberá remitirse escrito al número de fax 952679810 indicando dicha
circunstancia antes de que finalice el plazo fijado en el párrafo anterior,
siendo motivo de exclusión de la Convocatoria la no remisión de dicho fax en el
plazo previsto. El fax acreditará en cualquier caso que toda la documentación
se ha entregado en el Registro correspondiente dentro del plazo establecido.
Sexto. Forma
de las solicitudes.
Las
solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas
de Proyecto Melilla S.A., así como en su página web www.promesa.net. que
reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a que se refiere el artículo 12 de
las BBRR.
Lugar de la Firma: Melilla
Fecha de la Firma:
2021-04-06
Firmante: El Consejero de
Economía y Políticas Sociales,
Mohamed Mohamed Mohand