ARTÍCULO Nº 541 (CVE: BOME-A-2021-541) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5864 - viernes, 28 de mayo de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES


Adenda de rectificación de errores materiales advertidos en el convenio de colaboración suscrito el 24 de febrero de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Centro Asistencial de Melilla para el desarrollo de programas de atención a personas mayores residentes para el año 2021.

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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria de fecha 30 de abril de 2021 (Resolución núm. 2021000206 de fecha 03/05/2021), adoptó el siguiente acuerdo a propuesta de la Consejería de Economía y Políticas Sociales, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2100074:

 

ADENDA DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES MATERIALES ADVERTIDOS EN EL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 24 DE FEBRERO DE 2021, ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES RESIDENTES PARA EL AÑO 2021,

 

Consejería:           CONSEJERIA DE ECONOMIA Y POLITICAS SOCIALES

 

Datos de Aprobación:

 

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2021000206

03/05/2021

 ES-G2990190-7 (CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA)

Fecha de formalización:           19/05/2021

 

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 25 de mayo de 2021,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez

 

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ANEXO

 

ADENDA DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES MATERIALES ADVERTIDOS EN EL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 24 DE FEBRERO DE 2021, ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES RESIDENTES PARA EL AÑO 2021.

 

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

 

I.- Con fecha se publica en el Boletín Oficial de Melilla Extraordinario núm. 13, de 25 de febrero 2021, Convenio de Colaboración suscrito el 24 de febrero de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Centro Asistencial de Melilla para el desarrollo de Programas de Atención a Personas Mayores Residentes para el año 2021.

II.- Con fecha 8 de abril de 2021, se elabora Informe Técnico que señala la existencia de un error  en la las cláusulas segunda, décima y en el anexo A.2 del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de febrero de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Centro Asistencial de Melilla para el desarrollo de Programas de Atención a Personas Mayores Residentes para el año 2021. Constando la siguiente literalidad

 

“SEGUNDA. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO

La Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a su Aplicación Presupuestaria 05/23101/48900 del presente ejercicio 2021, aportará la cantidad de UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS (1.372.400,00 €), RC SUBVENCIONES nº 12021000005279 de 22/02/2021 por importe de 309.155,00 € y RC SUBVENCIONES nº 12021000005280 de 22/02/2021 por importe de 1.063.245,00 €, para la realización de los citados programas y actuaciones que figuran en los Anexos.”

 

En la cláusula décima del convenio, se dice:

 

DÉCIMA.- PUBLICIDAD

En toda la publicidad y difusión que se realice sobre los programas y actuaciones derivados del presente convenio se hará constar expresamente que dichas actividades han sido subvencionadas por la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Economía y Políticas Sociales), así como a incorporar su logotipo en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de las citadas actuaciones, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento Regulador de la Imagen Gráfica Institucional de la Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4612, de 29/05/2009).”

 

Asimismo, en los apartados número 9, 10 y 11 del anexo A.2 del citado convenio, se dice:

 

“…

 

9.- PRESUPUESTO TOTAL: 1.063.245,00 €

10- COSTE DIARIO DE LA PLAZA OCUPADA: 29,13 €

11- COSTE DIARIO DE RESERVA DE PLAZA: 33,82 € “

 

III.- El art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la revocación de actos y rectificación de errores, que:

 

1.     Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

2.     Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.   

 

IV.- En este supuesto el error detectado en las cláusulas segunda, décima y en el anexo A.2 del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de febrero de 2021, debería tener el siguiente texto:

 

“SEGUNDA. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO

La Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a su Aplicación Presupuestaria 05/23101/48900 del presente ejercicio 2021, aportará la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS (1.286.260,00 €), RC SUBVENCIONES nº 12021000005279 de 22/02/2021 y RC SUBVENCIONES nº 12021000005280 de 22/02/2021, para la realización de los citados programas y actuaciones que figuran en los Anexos.”

 “ DÉCIMA.- PUBLICIDAD

En toda la publicidad y difusión que se realice sobre los programas y actuaciones derivados del presente convenio se hará constar expresamente que dichas actividades han sido subvencionadas por la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Economía y Políticas Sociales), así como a incorporar su logotipo en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de las citadas actuaciones, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento Regulador de la Imagen Gráfica 
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Institucional de la Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4612, de 29/05/2009)

 

En el caso de que la financiación de las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte se realicen con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 e impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, deberá incorporarse de forma visible el logotipo institucional de la Dirección General correspondiente de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 con el fin de identificar el origen de carácter público de las subvenciones.

 

El logotipo institucional a que se refiere el apartado anterior únicamente podrá ser  empleado en los materiales que se utilicen para la realización, información y difusión de las actuaciones que constituyen el objeto de las subvenciones y no con otros fines publicitarios ajenos a las mismas.”

 

La redacción que debe figurar en los apartados número 9, 10 y 11 del anexo A.2 del convenio será la siguiente “…

 

9.- PRESUPUESTO TOTAL: 977.105,00 €

10- COSTE DIARIO DE LA PLAZA OCUPADA: 26,77 €

11- COSTE DIARIO DE RESERVA DE PLAZA: 32,64 € “

 

V.- Como quiera que la rectificación implica la alteración del coste económico del Convenio de Colaboración, se remite en aplicación de lo establecido en el art. 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de la Base 60, de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2021 de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus Organismos Autónomos .

VI.- El art. 18.2 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, la Adenda de rectificación de errores materiales, firmada por las partes en prueba de su conformidad, deberá ser remitida para su publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad

 

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

 

La rectificación del error advertida en el Convenio de Colaboración suscrito el 24 de febrero de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Centro Asistencial de Melilla para el desarrollo de Programas de Atención a Personas Mayores Residentes para el año 2021  (BOMe. Extraordinario núm. 13, de 25 de febrero 2021,), que deberá quedar como sigue:

 

Respecto a las Cláusulas del texto del Convenio, la redacción será la siguiente :

(...)

 

“SEGUNDA. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO

La Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a su Aplicación Presupuestaria 05/23101/48900 del presente ejercicio 2021, aportará la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS (1.286.260,00 €), RC SUBVENCIONES nº 12021000005279 de 22/02/2021 y RC SUBVENCIONES nº 12021000005280 de 22/02/2021, para la realización de los citados programas y actuaciones que figuran en los Anexos.”

 

(...)

 

 DÉCIMA.- PUBLICIDAD

En toda la publicidad y difusión que se realice sobre los programas y actuaciones derivados del presente convenio se hará constar expresamente que dichas actividades han sido subvencionadas por la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Economía y Políticas Sociales), así como a incorporar su logotipo en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de las citadas actuaciones, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento Regulador de la Imagen Gráfica Institucional de la Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4612, de 29/05/2009)

 

En el caso de que la financiación de las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte se realicen con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 e impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, deberá incorporarse de forma visible el logotipo institucional de la Dirección General correspondiente de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 con el fin de identificar el origen de carácter público de las subvenciones.

 

El logotipo institucional a que se refiere el apartado anterior únicamente podrá ser  empleado en los materiales que se utilicen para la realización, información y difusión de las actuaciones que constituyen el objeto de las subvenciones y no con otros fines publicitarios ajenos a las mismas.”

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Rectificación de los  apartados número 9, 10 y 11 del anexo A.2 del Convenio arriba descrito, que será la siguiente “…

 

9.- PRESUPUESTO TOTAL: 977.105,00 €

10- COSTE DIARIO DE LA PLAZA OCUPADA: 26,77 €

11- COSTE DIARIO DE RESERVA DE PLAZA: 32,64 € “

 

De conformidad con lo establecido el art. 18.2 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, la Adenda de rectificación de errores materiales, firmada por las partes en prueba de su conformidad, deberá ser remitida para su publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad y al Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.