ARTÍCULO Nº 541 (CVE: BOME-A-2021-541) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5864 - viernes, 28 de mayo de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Adenda de rectificación de errores materiales advertidos en el convenio de colaboración suscrito el 24 de febrero de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Centro Asistencial de Melilla para el desarrollo de programas de atención a personas mayores residentes para el año 2021.
El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva
Ordinaria de fecha 30 de abril de 2021 (Resolución núm. 2021000206 de fecha
03/05/2021), adoptó el siguiente acuerdo a propuesta de la Consejería de
Economía y Políticas Sociales, habiendo sido inscrito en el Registro de
Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2100074:
ADENDA DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES
MATERIALES ADVERTIDOS EN EL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 24 DE FEBRERO
DE 2021, ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA
PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES RESIDENTES PARA
EL AÑO 2021,
Consejería: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y POLITICAS SOCIALES
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2021000206 03/05/2021 ES-G2990190-7 (CENTRO ASISTENCIAL DE
MELILLA) |
Fecha de
formalización: 19/05/2021
De acuerdo con la normativa vigente de
aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla
25 de mayo de 2021,
El
Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano
Juan Santamaría Martínez
ANEXO
ADENDA DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES MATERIALES
ADVERTIDOS EN EL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 24 DE FEBRERO DE 2021,
ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA EL
DESARROLLO DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES RESIDENTES PARA EL AÑO
2021.
ANTECEDENTES
Y FUNDAMENTOS
I.- Con fecha se publica en el Boletín Oficial de
Melilla Extraordinario núm. 13, de 25 de febrero 2021, Convenio de Colaboración
suscrito el 24 de febrero de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el
Centro Asistencial de Melilla para el desarrollo de Programas de Atención a
Personas Mayores Residentes para el año 2021.
II.- Con fecha 8
de abril de 2021, se elabora Informe Técnico que señala la existencia de un
error en la las cláusulas segunda,
décima y en el anexo A.2 del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de febrero
de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Centro Asistencial de Melilla
para el desarrollo de Programas de Atención a Personas Mayores Residentes para
el año 2021. Constando la siguiente literalidad
“SEGUNDA. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CRÉDITO
PRESUPUESTARIO
La Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a su
Aplicación Presupuestaria 05/23101/48900 del presente ejercicio 2021, aportará
la cantidad de UN MILLÓN TRESCIENTOS
SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS (1.372.400,00 €), RC SUBVENCIONES nº
12021000005279 de 22/02/2021 por importe de 309.155,00 € y RC SUBVENCIONES nº
12021000005280 de 22/02/2021 por importe de 1.063.245,00 €, para la realización
de los citados programas y actuaciones que figuran en los Anexos.”
En la cláusula décima del
convenio, se dice:
“
DÉCIMA.-
PUBLICIDAD
En toda la publicidad y
difusión que se realice sobre los programas y actuaciones derivados del
presente convenio se hará constar expresamente que dichas actividades han sido
subvencionadas por la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(Consejería de Economía y Políticas Sociales), así como a incorporar su
logotipo en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o
publicidad de las citadas actuaciones, siendo de aplicación lo establecido en
el Reglamento Regulador de la Imagen Gráfica Institucional de la Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4612, de 29/05/2009).”
Asimismo, en los apartados
número 9, 10 y 11 del anexo A.2 del citado convenio, se dice:
“…
9.- PRESUPUESTO TOTAL:
1.063.245,00 €
10- COSTE DIARIO DE LA PLAZA
OCUPADA: 29,13 €
11- COSTE DIARIO DE RESERVA
DE PLAZA: 33,82 € “
III.- El art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
relativo a la revocación de actos y rectificación de errores, que:
1.
Las
Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento
jurídico.
2.
Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier
momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de
hecho o aritméticos existentes en sus actos.
IV.- En este supuesto el error detectado en las
cláusulas segunda, décima y en el anexo A.2 del Convenio de Colaboración
suscrito el 24 de febrero de 2021, debería tener el siguiente texto:
“SEGUNDA. CUANTÍA DE LA
SUBVENCIÓN Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO
La Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a su
Aplicación Presupuestaria 05/23101/48900 del presente ejercicio 2021, aportará
la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS
OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS (1.286.260,00 €), RC
SUBVENCIONES nº 12021000005279 de 22/02/2021 y RC SUBVENCIONES nº
12021000005280 de 22/02/2021, para la realización de los citados programas y
actuaciones que figuran en los Anexos.”
“ DÉCIMA.- PUBLICIDAD
Institucional de la Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4612, de 29/05/2009)
En el caso de que la
financiación de las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte se
realicen con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Derechos Sociales
y Agenda 2030 e impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio,
deberá incorporarse de forma visible el logotipo institucional de la Dirección
General correspondiente
de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030 con el fin de identificar el origen de carácter público
de las subvenciones.
El logotipo institucional a que se refiere el
apartado anterior únicamente podrá ser
empleado en los materiales que se utilicen para la realización,
información y difusión de las actuaciones que constituyen el objeto de las
subvenciones y no con otros fines publicitarios ajenos a las mismas.”
La redacción que debe figurar en los apartados número
9, 10 y 11 del anexo A.2 del convenio será la siguiente “…
9.-
PRESUPUESTO TOTAL: 977.105,00 €
10- COSTE DIARIO DE LA PLAZA OCUPADA: 26,77 €
11- COSTE DIARIO DE RESERVA DE PLAZA: 32,64 € “
V.- Como quiera que la rectificación implica la
alteración del coste económico del Convenio de Colaboración, se remite en
aplicación de lo establecido en el art. 214
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de la Base 60,
de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2021 de la Ciudad Autónoma de Melilla
y sus Organismos Autónomos .
VI.- El art. 18.2 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre,
General de Subvenciones, la Adenda de rectificación de errores materiales,
firmada por las partes en prueba de su conformidad, deberá ser remitida para su
publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad
Por todo lo anterior y de
conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al
Consejo de Gobierno lo siguiente.
La rectificación del error
advertida en el Convenio de Colaboración suscrito el 24 de febrero de 2021,
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Centro Asistencial de Melilla para el
desarrollo de Programas de Atención a Personas Mayores Residentes para el año
2021 (BOMe. Extraordinario núm. 13, de
25 de febrero 2021,), que deberá quedar como sigue:
Respecto a las Cláusulas del
texto del Convenio, la redacción será la siguiente :
(...)
“SEGUNDA. CUANTÍA DE LA
SUBVENCIÓN Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO
La Ciudad Autónoma de Melilla con cargo a su
Aplicación Presupuestaria 05/23101/48900 del presente ejercicio 2021, aportará
la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS
OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA EUROS (1.286.260,00 €), RC
SUBVENCIONES nº 12021000005279 de 22/02/2021 y RC SUBVENCIONES nº
12021000005280 de 22/02/2021, para la realización de los citados programas y
actuaciones que figuran en los Anexos.”
(...)
“ DÉCIMA.- PUBLICIDAD
En toda la publicidad y difusión que se
realice sobre los programas y actuaciones derivados del presente convenio se
hará constar expresamente que dichas actividades han sido subvencionadas por la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Economía y
Políticas Sociales), así como a incorporar su logotipo en cuantos materiales se
reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de las citadas
actuaciones, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento Regulador de
la Imagen Gráfica Institucional de la Organización Administrativa de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME nº 4612, de 29/05/2009)
En el caso de que la
financiación de las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte se
realicen con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Derechos Sociales
y Agenda 2030 e impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio,
deberá incorporarse de forma visible el logotipo institucional de la Dirección
General correspondiente
de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030 con el fin de identificar el origen de carácter público
de las subvenciones.
El logotipo institucional a que se refiere el
apartado anterior únicamente podrá ser
empleado en los materiales que se utilicen para la realización,
información y difusión de las actuaciones que constituyen el objeto de las
subvenciones y no con otros fines publicitarios ajenos a las mismas.”
Rectificación de los apartados número 9, 10 y 11 del anexo A.2 del
Convenio arriba descrito, que será la siguiente “…
9.- PRESUPUESTO TOTAL:
977.105,00 €
10- COSTE DIARIO DE LA PLAZA
OCUPADA: 26,77 €
11- COSTE DIARIO DE RESERVA
DE PLAZA: 32,64 € “
De conformidad con lo
establecido el art. 18.2 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de
Subvenciones, la Adenda de rectificación de errores materiales, firmada por las
partes en prueba de su conformidad, deberá ser remitida para su publicación en
la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad y al Boletín
Oficial de la Ciudad de Melilla.