ARTÍCULO Nº 543 (CVE: BOME-A-2021-543) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5864 - viernes, 28 de mayo de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 94 / 2021, seguido a instancias por D. Miguel Ángel Torralbo Barragan.
El Juzgado
Contencioso-Administrativo, nº 1 de Melilla, en escrito de 18 de mayo de 2021,
con entrada en esta Ciudad el 25 de mayo del mismo año y registrado con nº 42975, comunica lo siguiente:
“UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Modelo: N30150
PLAZA DEL MAR SN EDIF V CENTENARIO TORRE NORTE
PLANTA 13 Teléfono: 952695512 Fax: 952695649
Equipo/usuario: CLF
N I G: 52001 45 3
2021 0000289
Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO
0000094/2021
Sobre: INDEMINIZACIÓN DAÑOS Y
PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD
De: D./ña. MIGUEL ÁNGEL TORRALBO BARRAGAN
Abogado: Mª LETICIA SÁNCHEZ TORREBLANCA
Contra D/ña. CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Abogado: LETRADO AYUNTAMIENTO
Conforme a lo acordado en
anterior resolución en el procedimiento al margen reseñado, por el presente
solicito de V.I. la remisión del expediente que motivó la interposición del
presente recurso.
El expediente administrativo
deberá remitirlo a este órgano judicial:
-
Completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índice de
los documentos que contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos
órganos judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del
original o de la copia que se conserve
(art 48.4 LJCA). El expediente
administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al
Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes
administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los
documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del
cargador, deberá remitirse en soporte informático.
-
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución
administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días
siguientes a su adopción, a cuántos aparezcan como interesados en dicho
expediente, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días, La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.
-
Incorporando al mismo las notificaciones para emplazamiento efectuadas,
de conformidad con lo dispuesto en el Art 49 de la LJCA.
-
Con al menos QUINCE
DÍAS de
antelación al señalado para la vista, que está
-
señalada, una vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, para
el próximo día 21/07/2021 a las 10:00 horas
Deberá comunicar a este
órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos
contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de
acumulación que previene el artículo 38.1 de la LJCA.
El presente oficio sirve de
emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se entenderá
efectuada por el simple envío del expediente.
Deberá comunicar a este
órgano judicial, la autoridad o empleado responsable de la remisión del
expediente administrativo.
Se interesa la devolución de
la copia que se adjunta, debidamente señalada y fechada por la oficina de
recepción”
Lo que se publica a efecto
del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJCA.
Melilla 25 de mayo de 2021,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y
Sostenibilidad,
Juan Luis Villaseca Villanueva