ARTÍCULO Nº 553 (CVE: BOME-A-2021-553) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5864 - viernes, 28 de mayo de 2021 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 - Juzgado de lo social Nº 1
Citación a la empresa Construcción Integral S.L., en procedimiento de impugnación de actos de la administración 621 / 2020.
NIG: 52001 44 4 2020 0000619
Modelo: 380000
IAA IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION
0000621 /2020
Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO
0000621 /2020
Sobre ORDINARIO
DEMANDANTE/S D/ña: MOHAMED EL BARKANI .
ABOGADO/A: VICENTE MIGUEL AGUERA
AGUILERA
DEMANDADO/S D/ña:
CONSTRUCCION INTEGRAL S.L., FONDO DE GARANTIA
SALARIAL - FOGASA
ABOGADO/A: , LETRADO DE FOGASA
EDICTO
D/Dª MARIA LUZ MARTINEZ
ESCUDERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº
001 de MELILLA, HAGO SABER:
Que en el IAA IMPUGNACIÓN DE
ACTOS ADMINISTRRACIÓN 621 /2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D.MOHAMED EL BARKANI contra CONSTRUCCIÓN INTEGRAL S.L. Y CONTRA
FOGASA, se ha dictado la siguiente resolución:
CÉDULA DE CITACIÓN
TRIBUNAL
QUE ORDENA CITAR
JDO. DE LO SOCIAL N. 1.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
IMPUGNACION DE ACTOS DE LA
ADMINISTRACION 0000621 /2020.
PERSONA A LA QUE SE CITA
CONSTRUCCION INTEGRAL S.L.,
como parte/s demandada/s.
OBJETO DE LA CITACIÓN
Asistir en esa condición
al/los acto/s de juicio, concurriendo a tales actos con las pruebas de que
intente valerse y también, si la parte contraria lo pide, y el/la Tribunal lo
admite, contestar a las preguntas que se le formulen en la práctica de la prueba
de interrogatorio.
LUGAR, DÍA Y HORA EN LA QUE
DEBE COMPARECER
Deben comparecer el día
6/09/2021 a las 09:45 horas en la Sala de Vistas asignada a este Juzgado de lo Social nº1 , para
la celebración del acto de juicio.
PREVENCIONES
LEGALES
1º.-
La
incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración
de los actos de conciliación, y en su caso, juicio, continuando éste sin
necesidad de declarar su rebeldía (art. 83.3 LJS).
2º.-
Se le hace
saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con
abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos
oportunos.
3º.- Debe asistir al juicio con
todos los medios de prueba de que intente valerse (art.82.3 LJS), y, en el caso
de que se admita la prueba de interrogatorio, solicitada por la otra parte,
deberá comparecer y contestar al interrogatorio o, en caso contrario, podrán
considerase reconocidos como ciertos en la sentencia, los hechos a que se
refieren las preguntas, siempre que el interrogado hubiere intervenido en ellos
personalmente y su fijación como ciertos le resulte perjudicial en todo o en
parte.
Conforme dispone el artículo
91.3 de la LJS, el interrogatorio de las personas jurídicas se practicará con
quienes legalmente las representen y tengan facultades para responder a tal
interrogatorio.
Si el representante en juicio
no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona
conocedora directa de los mismos. Con tal fin, la parte interesada podrá
proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando
debidamente la necesidad de tal interrogatorio personal.
Podrán asimismo solicitar, al
menos con - CINCO DÍAS - de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas
que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o
requerimiento (art. 90.3 LJS).
4º.-
Se le
advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas:
Su interrogatorio como
demandado.
A tal efecto se le indica que
si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que
hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte
perjudiciales (Art. 91.2 LJS).
La aportación al acto del
juicio de los siguientes documentos: Se
le advierte que si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar
causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte
contraria en relación con la prueba acordada (art. 94.2 LJS).
5º.-
Debe
comunicar a esta Oficina Judicial un domicilio para la práctica de actos de
comunicación y cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la
sustanciación de este proceso, con los apercibimientos del art. 53.2 LJS (art.
155.5 párrafo 1º de la LEC) haciéndole saber que, en aplicación de tal mandato,
en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o
interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio
y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de
localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos
intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean
facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos
actualizados,
asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,
dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo
utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
7º.- Las partes podrán
formalizar conciliación en evitación del proceso por medio de comparecencia
ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha de señalamiento, así como
someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar
constituidos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 63 de esta ley, sin que
ello suponga la suspensión salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas
partes, justificando la sumisión a la mediación y por el tiempo máximo
establecido en el procedimiento correspondiente que no podrá exceder de quince
días.
En MELILLA, a 25 de mayo de
dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN
Y CITACIÓN EN LEGAL FORMA a la empresa CONSTRUCCIÓN INTEGRAL S.L., en ignorado paradero,
expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Se advierte al destinatario
que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de
la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de
la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o
sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En MELILLA, a 25 de Mayo de
dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA