ARTÍCULO Nº 556 (CVE: BOME-A-2021-556) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5864 - viernes, 28 de mayo de 2021 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3


Notificación a D. Jerónimo Niza Millán, en procedimiento de juicio sobre delitos leves 58 / 2020.

BOME-P-2021-1678 Descargar página

LEV JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000058 /2020

N.I.G: 52001 41 2 2020 0002303

Delito/Delito Leve: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL, ISABEL DUEÑAS HERRUZO

Contra: JERONIMO NIZA MILLAN

 

EDICTO

 

DOÑA RAQUEL ALONSO CHAMORRO LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE MELILLA

 

DOY FE Y TESTIMONIO:

 

Que en el Juicio Delito Leve 58/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

 

Han sido vistos por Dª Laura López García, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Melilla, los precedentes autos de Juicio por Delito Leve nº 58/20 seguidos por un presunto delito leve de ESTAFA, incoado en virtud de denuncia, en el que han sido denunciante ISABEL DUEÑAS HERRUZO y denunciado JERONIMO NIZA MILLÁN constando en las actuaciones las circunstancias personales de todos ellos, y ejerciendo la acción pública el Ministerio Fiscal.

 

Que debo CONDENAR Y CONDENO a JERONIMO NIZA MILLÁN, como autor penalmente responsable de un delito leve de estafa a la pena de 40 días de MULTA, con una cuota diaria de SEIS (6) EUROS (€) al día. En caso de impago, el condenado cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

 

En concepto de responsabilidad civil se condena a JERONIMO NIZA MILLÁN a indemnizar a ISABEL DUEÑAS HERRUZO en la cantidad de 350 euros.

 

Se imponen al condenado, las costas procesales causadas.

 

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, para la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de cinco días desde su notificación.

 

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION a JERÓNIMO NIZA MILLÁN con domicilio en la calle VILLAMANRIQUE 74 de Sevilla, y su publicación en el Boletín oficial de esta ciudad, expido el presente en MELILLA a veintiocho de abril de dos mil veintiuno.

 

LA LDA. ADMON JUSTICIA