ARTÍCULO Nº 576 (CVE: BOME-A-2021-576) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5865 - martes, 1 de junio de 2021 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3
Notificación a d. Mimoun El Maach, en procedimiento juicio inmediato sobre delitos leves 14 / 2020.
LEI JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000014 /2020
N.I.G:
52001 41 2 2020 0004531
Delito/Delito Leve: HURTO (CONDUCTAS VARIAS)
Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL, LIDL
ESTABLECIMIENTO COMERCIAL , JESUS NOHEDA SERRANO
Contra: MIMOUN EL MAACH
EDICTO
DÑA. ENCARNACION OJEDA SALMERON DOY
FE Y TESTIMONIO
Que en el LEI nº 14/2020 se
ha dictado la presente sentencia con nº 72/2020 de fecha 09/12/2020, que en su
encabezamiento y parte dispositiva dice:
Vistos por Dña. Alicia Ruiz
Ortiz, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de los de esta
ciudad, los autos correspondientes al LEI 14/2020 seguidos por un delito
leve de HURTO y en el que han sido parte
denunciante el representante legal de
LIDL y como denunciado D. MIMOUN EL
MAACH, siendo parte el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública,
resulta lo siguiente.
Que DEBO CONDENAR Y CONDENO
a MIMOUN EL MAACH como autor
criminalmente responsable de un delito
leve de hurto del artículo 234.2º del CP
, a la pena de 30 días de Multa, a razón de 3 euros diarios, que deberá
satisfacer en un solo plazo, una vez firme esta resolución, apercibiéndosele de
que si no satisface dicho importe voluntariamente o por vía de apremio, le será
de aplicación lo dispuesto en el artículo 53.1º del Código Penal, quedando
sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de
libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que se cumplirá en régimen
de localización permanente o Trabajos en Beneficio de la Comunidad, previa
conformidad del penado, debiendo
indemnizar solidariamente ambos penados al establecimiento LIDL n la cantidad
de 3,79 euros , en concepto de responsabilidad civil derivada de delito;
cantidad que devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos a
partir de la fecha de dictado de esta sentencia con imposición de costas a
ambos condenados.
Notifíquese la presente
resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que la
misma es firme y que contra ella no cabe
RECURSO ALGUNO.
Y para que conste y sirva de
NOTIFICACION a MIMOUN EL MAACH con documento extranjero, actualmente en
paradero desconocido, y su publicación en el Boletín oficial de esta ciudad,
expido el presente en Melilla a veintisiete
de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACION DE JUSTICIA