ARTÍCULO Nº 621 (CVE: BOME-A-2021-621) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5868 - viernes, 11 de junio de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PRESIDENCIA - PRESIDENCIA
Adenda al convenio de asistencia jurídica entra la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Ciudad Autónoma de Melilla.
El Consejo de Gobierno ha procedido a la aprobación de la Prórroga del
Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la
Ciudad Autónoma de Melilla, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios
de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2100098 y los siguientes datos:
Consejería: |
PRESIDENCIA CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA PRESIDENCIA |
Datos de Aprobación |
|
Órgano |
Consejo de Gobierno Consejo de Gobierno Consejo de Gobierno |
Número |
2021000346 - 2021000346 |
Fecha |
30/04/2021 - 30/04/2021 |
Entidad |
ES-S2826007-C (ABOGACIA GENERAL DEL ESTADO),
ES- S2826007-C (ABOGACIA GENERAL
DEL ESTADO), , ES-S2826007-C (ABOGACIA GENERAL DEL ESTADO) |
Fecha de formalización: |
06/05/2021 26/02/2019 06/05/2021 |
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su
publicación para su general
conocimiento.
Melilla 8 de junio de 2021,
El Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany
ADENDA AL CONVENIO DE ASISTENCIA JURÍDICA
ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (MINISTERIO DE JUSTICIA, ABOGACÍA
GENERAL DEL ESTADO-DIRECCIÓN DEL SERVICIO JURÍDICO DEL ESTADO) Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
R E U N I D O S
De una parte, la Sra. Dña. Consuelo Castro Rey,
en su condición de Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico
del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de
junio, BOE nº 158; en virtud de Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, por la
que se delegan competencias, actuando en
nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 61 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, D. Eduardo de Castro González,
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, cargo que desempeña en virtud del
Real Decreto 389/2019, de 18 de junio, y actuando al amparo de lo dispuesto en
el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, por el que se aprueba
el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Melilla.
MANIFIESTAN
Primero.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla, de acuerdo con lo establecido en
la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e
Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene
actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 26 de febrero
de 2019 y publicado en el Boletín Oficial del Estado con fecha 4 de junio de
2019, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del
Estado.
Segundo.- Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece
dos años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la
vigencia del mismo como máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las
partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.- Prorrogar el convenio de asistencia jurídica de 26 de febrero de 2019,
por dos años más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.
Segundo.- En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la
Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la
Ciudad Autónoma de Melilla el 26 de febrero de 2019, mantiene su vigencia.
Tercero.- La presente adenda surtirá efectos una vez sea inscrita en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal, y publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Y para que
conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente Adenda.
Por el Ministerio de Justicia Por la Ciudad Autónoma de Melilla
Fdo: Consuelo Castro Rey Fdo: Eduardo de Castro González