ARTÍCULO Nº 633 (CVE: BOME-A-2021-633) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5869 - martes, 15 de junio de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO


Orden nº1766 de fecha 11 de junio de 2021 relativa a la aprobación definitiva de la tasa por distribución de agua correspondiente al cuarto trimestre de 2020

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Esta Dirección General de Ingresos Públicos y Coordinación, en función de lo establecido en la Ordenanza Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Melilla dada cuenta de la necesidad de aprobar el padrón correspondiente a la TASA POR DISTRIBUCION Y DEPURACION DE AGUA CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2020 y de conformidad con lo establecido en TRLRHL y en concordancia con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en uso de las facultades que me han sido conferidas al efecto,

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 19417/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Primero. - la APROBACION DEFINITIVA del Padrón correspondiente a la TASA POR DISTRIBUCION Y DEPURACION DE AGUA CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2020, por importe de UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON SETENTA Y CINCO EUROS. (1.662.144,75 €).

Segundo. — Aprobar los períodos de pago en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva correspondiente a la Tasa por Distribución y Depuración de Agua correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2020, establecido en el Calendario Fiscal aprobado con fecha 27 de noviembre de 2020 BOME 5812, que nos dice que se iniciará en periodo de cobro en periodo voluntario de pago con fecha 21 de junio de 2021 y finalizará el 17 de septiembre de 2021.

Tercero. — Aprobar la exposición pública correspondiente a la Tasa por Distribución y Depuración de Agua correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2020.

 

El padrón correspondiente estará expuesto al público, en las dependencias municipales sito en Melilla Avenida Duquesa de la Victoria 21 Bajo 52004, por un período de quince días a partir de la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA de la aprobación.

 

La información relativa a los datos de los padrones o matrículas, en aplicación del deber de confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitarán al obligado tributario o su representante.

 

Para la consulta de los datos del padrón o matrícula se utilizarán medios informáticos siempre que las disponibilidades técnicas lo permitan. El acceso a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

 

Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al recurso ContenciosoAdministrativo, ante el titular de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los mismos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, o cualquier otro que convenga a sus intereses.

 

Cuarto. — Aprobar el anuncio de cobranza.

El cobro de los tributos de cobro periódico por recibo se ajustará a los siguientes criterios:

 

A)    Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario serán los establecidos en el calendario fiscal aprobado con fecha 27 de noviembre de 2020 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 5812.

B)            Modalidades de cobro: la recaudación de los tributos municipales y demás ingresos derecho público que se gestionen mediante padrones fiscales o matrículas se realizará:

 

-       A través de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación.- Red de Cajeros del sistema automatizado de pago de la Ciudad Autónoma de Melilla situados en diversas dependencias de esta Administración.

-       En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es)

-       Mediante transferencia bancaria al número de cuenta ES45-0182-4220-84020000-7001, indicando NIF y Referencia/Número Recibo.

 

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C)            Medios de pago:

 

— La domiciliación bancaria.

— En efectivo, mediante dinero de curso legal.

— Tarjeta de crédito o débito.

 

1.             El pago mediante domiciliación bancaria: la domiciliación bancaria para el pago de los recibos de padrón o matrícula podrá realizarse, hasta veinte días antes del cargo en cuenta, por cualquiera de los siguientes medios: — Por escrito y presentado por Registro de Entrada.

 

— En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).

 

2.             El pago mediante tarjeta de crédito o débito:

 

— En cajeros bancarios: serán a cargo del obligado al pago las comisiones o gastos que se produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas.

— A través de las plataformas de pago disponibles en la web municipal en la dirección www.melilla.es sin cargo para el obligado al pago por las comisiones o gastos que se produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas. D) Los lugares, días y horas de ingreso:

 

1.             En las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación, los días que sean laborables para estas durante el horario comercial habitual.

2.             En los cajeros de las entidades colaboradoras, cualquier día y hora, no obstante, el último día de pago, no se garantiza la disponibilidad de los sistemas tecnológicos correspondientes después de las quince horas, pudiendo incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por 100.

 

Entidades colaboradoras en la recaudación: Unicaja, BBVA, La Caixa, Banco Santander, Banco Sabadell y Cajamar.

 

3.             En la web municipal www.melilla.es. En la web municipal, a cualquier día y hora; no obstante, el último día de pago no se garantiza la disponibilidad de los sistemas tecnológicos correspondientes después de las catorce horas, pudiendo incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por 100.

 

Pagos fuera de plazo: de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, “Boletín Oficial del Estado” de 2 de septiembre de 2005), se advierte de que, transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber realizado este, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

 

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.

 

Melilla 11 de junio de 2021,

La Consejera de Hacienda, Empleo y Comercio,

Dunia Al Mansouri Umpiérrez