ARTÍCULO Nº 655 (CVE: BOME-A-2021-655) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5870 - viernes, 18 de junio de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES


Extracto de la orden de la consejería de economía y políticas sociales nº4051 de fecha 14 de junio de 2021, por el que se realiza la convocatoria ordinaria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de formación-empleo en la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del p.o. fse 2014-20. anualidad 2021.

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TituloES: Extracto de la Orden de la Consejería de Economía y Políticas Sociales nº 2021004051 de fecha 14 de junio de 2021, por el que se realiza la CONVOCATORIA ORDINARIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ITINERARIOS DE FORMACIÓN-EMPLEO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA EN EL MARCO DEL P.O. FSE 2014-20. ANUALIDAD 2021.

TextoES: BDNS(Identif.):569972

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/569972)

 

Primero. Beneficiarios.

1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presente Convocatoria las Empresas o Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica, cuyo objeto social sea la formación y se encuentren registradas en el registro de beneficiarios y licitadores de Proyecto Melilla SA..

2.- No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como aquellas Entidades que hayan incumplido los requisitos de alguna de las subvenciones gestionadas desde Proyecto Melilla S.A. o de la Ciudad Autónoma de Melilla.

3.- Los beneficiarios deberán disponer de manera directa o indirecta de local en la Ciudad Autónoma de Melilla con Licencia de apertura como Centro de Formación (o documento equivalente según la legislación vigente) y Certificado, emitido por técnico competente, acreditativo del cumplimiento de la normativa sobre Accesibilidad y Eliminación de barreras (BOME 4089 de 25 de mayo de 2004) así como de los criterios de interpretación adoptados (Orden 1548 de 25/11/2011). Asimismo se acreditará que dicho Centro de formación se encuentra censado por el SEPE o el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEYFP) en Melilla.

4.- Para el caso de cursos asociados a certificados de profesionalidad la entidad adjudicataria dispondrá de manera directa o indirecta de Centro homologado por el SEPE para dicha especialidad en la Ciudad Autónoma de Melilla, así como autorización previa al comienzo del curso por parte del SEPE/MEYFP Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEYFP) en Melilla.

 

Segundo. Objeto.

La Ciudad Autónoma de Melilla, a través de su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A., pretende potenciar un conjunto de acciones destinadas a formar a los ciudadanos empadronados en la Ciudad Autónoma de Melilla en situación de desempleo, especialmente los que no continúan en los sistemas de enseñanza reglada, con el fin de garantizar y adecuar sus conocimientos a los requerimientos propios del mercado de trabajo de forma que satisfagan las necesidades empresariales, mediante el acceso de los desempleados a itinerarios de formación-empleo que mejoren su empleabilidad, utilizando para ello acciones de Formación Profesional para el Empleo.

 

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Decreto n.º 134 de fecha 15 de diciembre de 2016, relativo a la aprobación definitiva de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de formación y empleo, en la Ciudad Autónoma de Melilla. publicadas en BOME N.º 5402 de 26 de diciembre de 2016. Se puede consultar en la página web: http://www.melilla.es/mandar.php/n/10/2032/5402.pdf

 

Cuarto. Cuantía.

Se establece un presupuesto para esta Convocatoria de 913.585 €, resultante de la suma de dos cantidades:

 

* 633.585 € que se financiarán con cargo al Programa Operativo Regional del FSE,dentro del Eje Prioritario 1, Objetivo específico. 8.1.2. Cofinanciado al 80% por el Fondo Social Europeo y al 20% por la Ciudad Autónoma de Melilla. Aplicación presupuestaria 08/24103/44901. RC nº 12021000026035 de 31/05/2021.

* 280.000 € que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 08/43300/44900 para financiar el Eje 5 de gasto que figura en el Artículo 8 de esta Convocatoria, así como aquellos gastos que no sean 
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financiables a través del FSE, como resultado de la cancelación del curso. Financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. RC nº 12021000012759, nº 120200008943 y nº 12020000060774.

 

La presente Convocatoria dispone de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de Proyecto Melilla SA, existiendo saldo suficiente para atender la presente Convocatoria.

 

Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 100% del coste elegible, debidamente justificado, de las acciones formativas, con los límites establecidos en la presente convocatoria diferenciándose dos tramos diferentes:

 

1º tramo. –  Se establece una cuantificación de la ayuda, del 100 por 100 de los costes directos de personal (Eje 1), con un máximo de 50 €/hora para titulados universitarios y 40 €/hora para el resto de perfiles. Para el resto de costes, indirectos y otros directos (excluido Eje 5), el resultante de aplicar el 40% sobre el total de los gastos directos de personal (formadores) que finalmente se liquiden. Este tramo de la ayuda estaría financiado al 80 por el Fondo Social Europeo y al 20% por la Ciudad Autónoma de Melilla.

2º tramo. - A la cantidad resultante del primer tramo habría que sumarle el 100 por 100 de los costes del Eje 5, Compensaciones a tanto alzado por asistencia de alumnos desempleados a las acciones formativas siempre que finalicen las acciones formativas. Este tramo de la ayuda estaría financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Quinto. Plazo de Presentación de solicitudes.

La fecha límite de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Si la presentación de la solicitud se realizara en algún lugar distinto del registro de Proyecto Melilla SA, deberá remitirse escrito indicando dicha circunstancia al email formacion@promesa.net, con la documentación escaneada, antes de que finalice el plazo fijado en el párrafo anterior, siendo motivo de exclusión de la Convocatoria la no remisión de dicho email en el plazo previsto. El email acreditará en cualquier caso que toda la documentación se ha entregado en el Registro correspondiente dentro del plazo establecido.

 

Sexto. Forma de las Solicitudes.

Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A. o en la página web www.promesa.net, entregándose estas debidamente cumplimentadas y firmadas electrónicamente en el registro electrónico de Proyecto Melilla https://www.promesa.net/registro-de-entradas/, previa asignación de número de expediente por el Dpto. de Formación.

 

Las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de Proyecto Melilla, S.A. (C/ La dalia nº 36. 52006 Melilla) y en todos aquellos a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2021-06-14

Firmante: El Consejero de Economía y Políticas Sociales;

Mohamed Mohamed Mohand