ARTÍCULO Nº 655 (CVE: BOME-A-2021-655) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5870 - viernes, 18 de junio de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Extracto de la orden de la consejería de economía y políticas sociales nº4051 de fecha 14 de junio de 2021, por el que se realiza la convocatoria ordinaria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de formación-empleo en la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del p.o. fse 2014-20. anualidad 2021.
TituloES: Extracto de la Orden de la Consejería de
Economía y Políticas Sociales nº 2021004051 de fecha 14 de junio de 2021, por
el que se realiza la CONVOCATORIA ORDINARIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ITINERARIOS DE FORMACIÓN-EMPLEO EN LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA EN EL MARCO DEL P.O. FSE 2014-20. ANUALIDAD 2021.
TextoES: BDNS(Identif.):569972
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b
y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/569972)
Primero. Beneficiarios.
1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones
reguladas en las presente Convocatoria las Empresas o Entidades sin ánimo de
lucro con personalidad jurídica, cuyo objeto social sea la formación y se
encuentren registradas en el registro de beneficiarios y licitadores de
Proyecto Melilla SA..
2.- No podrán obtener la condición de beneficiarios
aquellas entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias a que se
refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, así como aquellas Entidades que hayan incumplido los
requisitos de alguna de las subvenciones gestionadas desde Proyecto Melilla
S.A. o de la Ciudad Autónoma de Melilla.
3.- Los beneficiarios deberán disponer de manera
directa o indirecta de local en la Ciudad Autónoma de Melilla con Licencia de
apertura como Centro de Formación (o documento equivalente según la legislación
vigente) y Certificado, emitido por técnico competente, acreditativo del
cumplimiento de la normativa sobre Accesibilidad y Eliminación de barreras
(BOME 4089 de 25 de mayo de 2004) así como de los criterios de interpretación
adoptados (Orden 1548 de 25/11/2011). Asimismo se acreditará que dicho Centro
de formación se encuentra censado por el SEPE o el Ministerio de Educación y
Formación Profesional (MEYFP) en Melilla.
4.- Para el caso de cursos asociados a certificados de
profesionalidad la entidad adjudicataria dispondrá de manera directa o
indirecta de Centro homologado por el SEPE para dicha especialidad en la Ciudad
Autónoma de Melilla, así como autorización previa al comienzo del curso por
parte del SEPE/MEYFP Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEYFP) en
Melilla.
Segundo. Objeto.
La Ciudad Autónoma de Melilla, a través de su sociedad
instrumental Proyecto Melilla, S.A., pretende potenciar un conjunto de acciones
destinadas a formar a los ciudadanos empadronados en la Ciudad Autónoma de
Melilla en situación de desempleo, especialmente los que no continúan en los
sistemas de enseñanza reglada, con el fin de garantizar y adecuar sus
conocimientos a los requerimientos propios del mercado de trabajo de forma que
satisfagan las necesidades empresariales, mediante el acceso de los
desempleados a itinerarios de formación-empleo que mejoren su empleabilidad,
utilizando para ello acciones de Formación Profesional para el Empleo.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se
encuentran en el Decreto n.º 134 de fecha 15 de diciembre de 2016, relativo a
la aprobación definitiva de las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas a la realización de itinerarios de formación y empleo,
en la Ciudad Autónoma de Melilla. publicadas en BOME N.º 5402 de 26 de
diciembre de 2016. Se puede consultar en la página web:
http://www.melilla.es/mandar.php/n/10/2032/5402.pdf
Cuarto. Cuantía.
Se establece un presupuesto para esta Convocatoria de
913.585 €, resultante de la suma de dos cantidades:
* 633.585 € que se financiarán con cargo al Programa
Operativo Regional del FSE,dentro del Eje Prioritario 1, Objetivo específico.
8.1.2. Cofinanciado al 80% por el Fondo Social Europeo y al 20% por la Ciudad
Autónoma de Melilla. Aplicación presupuestaria 08/24103/44901. RC nº
12021000026035 de 31/05/2021.
financiables a través del FSE, como resultado de la
cancelación del curso. Financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla. RC
nº 12021000012759, nº 120200008943 y nº 12020000060774.
La presente Convocatoria dispone de crédito adecuado y
suficiente en los presupuestos de Proyecto Melilla SA, existiendo saldo
suficiente para atender la presente Convocatoria.
Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el
100% del coste elegible, debidamente justificado, de las acciones formativas,
con los límites establecidos en la presente convocatoria diferenciándose dos
tramos diferentes:
1º tramo. – Se establece una cuantificación de la
ayuda, del 100 por 100 de los costes directos de personal (Eje 1), con un
máximo de 50 €/hora para titulados universitarios y 40 €/hora para el resto de
perfiles. Para el resto de costes, indirectos y otros directos (excluido Eje
5), el resultante de aplicar el 40% sobre el total de los gastos directos de
personal (formadores) que finalmente se liquiden. Este tramo de la ayuda
estaría financiado al 80 por el Fondo Social Europeo y al 20% por la Ciudad
Autónoma de Melilla.
2º tramo. - A la cantidad resultante del primer tramo
habría que sumarle el 100 por 100 de los costes del Eje 5, Compensaciones a
tanto alzado por asistencia de alumnos desempleados a las acciones formativas
siempre que finalicen las acciones formativas. Este tramo de la ayuda estaría
financiado al 100% por la Ciudad Autónoma de Melilla.
Quinto. Plazo de Presentación de solicitudes.
La fecha límite de presentación de solicitudes es de 15
días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de
la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Si la presentación de la solicitud se realizara en
algún lugar distinto del registro de Proyecto Melilla SA, deberá remitirse
escrito indicando dicha circunstancia al email formacion@promesa.net, con la
documentación escaneada, antes de que finalice el plazo fijado en el párrafo
anterior, siendo motivo de exclusión de la Convocatoria la no remisión de dicho
email en el plazo previsto. El email acreditará en cualquier caso que toda la
documentación se ha entregado en el Registro correspondiente dentro del plazo
establecido.
Sexto. Forma de las Solicitudes.
Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos
disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A. o en la página web
www.promesa.net, entregándose estas debidamente cumplimentadas y firmadas
electrónicamente en el registro electrónico de Proyecto Melilla
https://www.promesa.net/registro-de-entradas/, previa asignación de número de
expediente por el Dpto. de Formación.
Las solicitudes podrán presentarse en los registros y
oficinas de Proyecto Melilla, S.A. (C/ La dalia nº 36. 52006 Melilla) y en
todos aquellos a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Lugar de
la Firma: Melilla
Fecha de
la Firma: 2021-06-14
Firmante:
El Consejero de Economía y Políticas Sociales;
Mohamed
Mohamed Mohand