ARTÍCULO Nº 659 (CVE: BOME-A-2021-659) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5870 - viernes, 18 de junio de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Notificación a D. Victor Salas Téllez y Dª. Ana Hamed Hammú.

BOME-P-2021-2021 Descargar página

 

El Excmo. Sr. consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, mediante orden16/03/2021, registrada al número 2021000673, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

ASUNTO: OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA SIN AUTORIZACIÓN MEDIANTE UNA ESTRUCTURA CUBIERTA ADOSADA A LA FACHADA DE VIVIENDA SITA EN CALLE DE HORCAS COLORADAS NÚMERO 6

 

En relación con el asunto de referencia, le informo que según intervención de la Policía Local practicada en fecha 9 de  marzo de 2021, se ha podido comprobar la existencia de construcción no autorizada en la vía pública, concretamente, una estructura cubierta adosada a la fachada de la vivienda sita en calle de Horcas coloradas número 6.

 

 La instalación de la mencionada estructura en vía publica no consta amparada por la preceptiva autorización, pudiendo constituir dicha actuación un supuesto de uso privativo de vía pública no autorizado, con grave alteración de las condiciones básicas de accesibilidad y libre utilización de los espacios públicos.

 

De las diligencias practicadas se ha venido en saber que los promotores de la obra cuya construcción se denuncia son D. Víctor Salas Téllez y doña Ana Hamed Hammú, ambos con domicilio en la dirección reseñada.

 

En atención al deber de cumplimiento de la Ordenanza de Accesibilidad y Eliminación de Barreras en la Ciudad de Melilla ( BOME n.º 4089, de 25 de mayo de 2004), de la Orden VIV 561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, así como lo preceptuado en los artículos 99 y 100 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normas vigentes que sean de aplicación a esta materia, y de acuerdo con los informes que constan en este expediente, esta Dirección General Propone que se adopte lo siguiente:

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8053/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

1.º Que debe notificársele a D.  Víctor Salas Téllez y doña Ana Hamed Hammú, que en el plazo improrrogable de diez días, contados a partir del día siguiente al de notificación de la presente resolución, proceda a la total demolición de la mencionada estructura edificada en vía pública, dejando la zona afectada por la ocupación libre de todo obstáculo y restituida a su estado original.

2.º Advertirle que en caso de no realizar lo indicado anteriormente, la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante sus órganos competentes en cada caso, realizará el acto, por sí o a través de las personas que determine, a costa del obligado. El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá según lo previsto en la ley.

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 17 de marzo de 2021,

La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte