ARTÍCULO Nº 683 (CVE: BOME-A-2021-683) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5871 - martes, 22 de junio de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - FUNDACION MELILLA CIUDAD MONUMENTAL - FUNDACION MELILLA CIUDAD MONUMENTAL


Resolución nº 40 de fecha 7 de junio de 2021, relativa a convocatoria de las cuatro becas de investigación en el ámbito patrimonial de la Ciudad Autónoma de Melilla "Marcas de Agua".

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La Excma. Sra. Presidenta de la Fundación Melilla Ciudad Monumental, mediante Resolución núm. 2021000040 de fecha 07 de junio de 2021, ha resuelto lo siguiente:

 

La aprobación de la Convocatoria de las Becas de Investigación Científica "Marcas de Agua", conforme a lo siguiente:

 

CONVOCATORIA DE LAS CUATRO BECAS DE INVESTIGACIÓN EN EL ÁMBITO PATRIMONIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA "MARCAS DE AGUA"

 

Las Becas dotadas con 10.000 Euros, cada una de ellas conlleva una asignación presupuestaria de dos mil quinientos euros (2.500 €) que se otorgará, para la realización de los campos de investigación científica para las becas "Marcas de Agua".

 

La participación en las becas «Marcas de Agua» implica la observancia de las siguientes reglas:

 

La presentación de solicitudes a estas Becas de investigación implica la total aceptación de sus becados a las presentes Bases

 

1. Podrán concurrir a la convocatoria de becas «Marcas de Agua» los jóvenes menores de 35 años, con residencia legal en Melilla, titulados universitarios de grado medio o superior o titulado en grado, con prioridad de acceso de aquellos que estén desempleados.

 

Así mismo será requisito imprescindible para obtener las becas de investigación encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como haber justificado en forma y plazo subvenciones anteriormente percibidas.

 

3.             Las solicitudes para las becas «Marcas de Agua» se presentarán telemáticamente en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla o mediante comparecencia física en cualquiera de las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el marco del artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas debiendo dirigirse a la Fundación Melilla Ciudad Monumental.

4.             Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial disponible en la web oficial de la Ciudad: www.melilla.es (Consejería de Presidencia y Administración Pública / Fundación Melilla Ciudad Monumental). Deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

 

A)    Fotocopia del DNI o Tarjeta de residencia del solicitante.

B)    Currículum vitae, debidamente documentado, en el que incluirá: Datos personales;

Formación académica con las calificaciones obtenidas en los estudios universitarios; Actividades relacionadas con la investigación; Publicaciones; Formación complementaria.

C)    Acreditación, en su caso, de la situación de desempleo.

D)            Memoria con el planteamiento de la investigación que se va a realizar, en la que consten los siguientes apartados: Datos personales del solicitante. Título de la beca seleccionada. Justificación de la temática seleccionada / 1.000 caracteres. Reflexión sobre la aportación del trabajo del investigador al patrimonio melillense / 1.000 caracteres. Metodología y Cronograma del proyecto de investigación. Descripción de las fuentes bibliográficas. Descripción de las fuentes documentalesarchivísticas.

 

5.             Los trabajos de investigación deberán finalizarse en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria. En caso de insuficiencia de proyectos susceptibles de ser subvencionados en cada modalidad, el importe sobrante podría incrementar el inicialmente adjudicado a otra modalidad de participación.

6.             Una vez concluido el proyecto de investigación, su resultado será entregado a la Fundación Melilla Ciudad Monumental, firmado por el autor de la investigación, acompañando una copia del mismo en formato digital según los formatos preestablecidos por la Fundación Melilla Ciudad Monumental.

7.             De conformidad con el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las becas «Marcas de Agua» se conceden en atención a la concurrencia del cumplimiento de los requisitos y méritos establecidos para poder percibirlas, por lo que no requerirán otra justificación que la acreditación de los mismos previamente a la concesión y la posterior realización del proyecto subvencionado.

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8.     Además del resto de supuestos previstos en la legislación sobre subvenciones, el incumplimiento de lo establecido en el apartado anterior será causa de reintegro de la cantidad percibida en concepto de beca.

 

CRITERIOS / PONDERACIÓN

 

9 Las solicitudes de concesión se valorarán conforme a los siguientes criterios:

 

a)     Originalidad del enfoque de la investigación / 15%.

b)     Aportación de datos e información inédita por medio del trabajo de campo o de archivo / 15%.

c)     Aportación de la investigación al acervo patrimonial de Melilla/ 20%.

d)     Idoneidad de la metodología / 20%.

e)     Potencialidad de la publicación del trabajo / 20%.

f)      Currículum vitae / 10%.

 

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME).

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá no obstante y de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999), ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes a computar al día siguiente de su publicación.

 

Melilla 12 de junio de 2021,

El Secretario de la F. Melilla Monumental,

Arturo Jiménez Cano