ARTÍCULO Nº 696 (CVE: BOME-A-2021-696) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5872 - viernes, 25 de junio de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR
Orden nº 793 de fecha 21 de junio de 2021, relativa a convocatoria para Talleres Urbanos Solidarios, Melilla 2021.
Conforme a lo dispuesto en el Decreto de
atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla,
en su apartado 7.2.3 corresponde a la Consejería de Distritos, Juventud,
Participación Ciudadana, Familia y Menor, entre otras, la competencia en
materia de desarrollo el “Desarrollo político, económico, social, cultural, deportivo y artístico
de la juventud”, y concretamente, en virtud
de lo dispuesto en el punto e) de dicho apartado, la elaboración de programas
de desarrollo e integración de la juventud.
La Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor reconoce la importancia de
proponer y disponer de acciones formativas
y actividades de ocio lúdico recreativo y socioculturales a los jóvenes
melillenses, encaminadas a proporcionar
una programación que les sea atractiva y de calidad. Por ello esta Dirección
General de Juventud y Mayor, ha dispuesto la presente Convocatoria de “Talleres Urbanos Solidarios” por los que acoger una
serie de actividades en un programa que cursará en los meses de julio, agosto y septiembre, con un total de 90 plazas dirigidos a jóvenes
de entre 14 y 17 años, que se desarrollarán por turnos repartidos quincenalmente,
con un aforo máximo de 15 asistentes por turno. La programación que contará
con: Talleres de informática básica;
talleres de arte urbano; teatro;
talleres de natación en piscina y playa; gaming; y desayunos saludables, estará
dirigida preferentemente a jóvenes pertenecientes a familias con riesgo de
exclusión social, que perciban ingresos inferiores al salario mínimo
interprofesional (SMI); perceptores del Ingreso Mínimo de Inserción (IMI);
encontrarse en situación de subsidio de desempleo; violencia de género; o
cualquier otra situación que justifique la pertenencia a dicho colectivo, todo
ello debidamente acreditado por la administración competente, con el fin de
fomentar la integración cultural y social a los jóvenes que se encuentren en
este colectivo. Asimismo, podrá presentarse a la presente Convocatoria cualquier
interesada/o a la misma, asumiéndose la preferencia de asignación de las plazas
existentes atendiendo a las condiciones expuestas anteriormente.
Mediante Orden del Excmo.
Sr. Consejero de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor,
número 2021000784 del pasado 18 de junio de 2021 se incoa el pertinente
procedimiento administrativo para la CONVOCATORIA PARA TALLERES URBANOS SOLIDARIOS,
MELILLA 2021.
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 21734/2021, en virtud de las competencias
que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
CONVOCATORIA PARA TALLERES URBANOS SOLIDARIOS, MELILLA 2021.
1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA.
CONVOCATORIA PARA TALLERES
URBANOS SOLIDARIOS, MELILLA 2021.
2.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA.
Entre los objetivos que se
persiguen con estos talleres se encuentran el establecimiento de una formación
educativa- recreativa para los niños y niñas con dificultades económicas, por
el que disfruten en un entorno libre y amable, de desarrollo y enriquecimiento
personal con personal cualificado en los diferentes talleres dispuestos para
tal fin.
3.- REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS SOLICITANTES.
1.- Tener entre 14 y 17 años
de edad, ambos inclusive, en el año en curso.
2.- Ser residente en la
Ciudad Autónoma de Melilla, (certificado de empadronamiento.)
3- Los talleres estarán
dirigidos preferentemente a niños/as pertenecientes a familias que se
encuentren en riesgo de exclusión social, que deberá ser acreditado con el
correspondiente certificado por la administración competente, con el fin de
fomentar la integración, cultural y social a las jóvenes que se encuentren en
este colectivo.
Podemos definir a dicho
colectivo como Familias que perciban ingresos inferiores al salario mínimo
interprofesional (SMI); perceptores del Ingreso Mínimo de Inserción (IMI);
encontrarse en situación de subsidio de desempleo; violencia de género; o
cualquier otra situación que justifique la pertenencia a dicho colectivo, todo
ellos debidamente acreditado por la administración competente.
4-En el caso de no cubrirse
las plazas por el cupo de personas en riesgo de exclusión social, estas pasaran
a formar parte del cupo general, por lo que cualquier interesado/a a los
talleres de la presente convocatoria podrá presentar su solicitud.
4.- DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
CONVOCATORIA PARA TALLERES URBANOS SOLIDARIOS, MELILLA 2021.
ACTIVIDADES |
Informática básica, arte urbano, teatro, natación
en piscina y playa, gaming, y
desayunos saludables. |
FECHA |
Comprende los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 |
HORARIO DE LOS TALLERES |
de 9:30 a 14:00 Horas. La programación de los talleres quedará supeditada a la gestión que la
empresa adjudicataria estime oportuna. |
EDAD |
Tener entre 14 y 17 años de edad, ambos inclusive, En el
año en curso de la actividad |
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES |
DIEZ DÍAS naturales a partir del día siguiente a su publicación en el BOME. |
PLAZAS |
90 PLAZAS TOTALES Se asignarán las plazas por turnos, quincenalmente. Número de plazas por quincena: 15, siendo estos los asistentes como
máximo por turno. |
TARIFA |
GRATUITA |
REQUISITO PARA ACCEDER A LAS PLAZAS PREFERENTEMENTE |
Se atenderá al criterio establecido de encontrarse en algunas de las
siguientes circunstancias preferentemente: -Riesgo de exclusión social. -Percibir ingresos inferiores al salario mínimo
interprofesional. - Perceptores del Ingreso Mínimo de Inserción (IMI) -Situación de subsidio de desempleo. -Violencia de género. -Otros. |
NOTA ACLARATORIA |
Dándose la circunstancia de no cubrirse las plazas existentes en algunas
de las situaciones descritas en el apartado anterior, las vacantes pasarán a
formar parte del cupo general, pudiendo acceder a las mismas cualquier
interesado/a a los talleres. |
La asignación de plazas se
realizará por riguroso orden de entrada de solicitudes atendiendo a que los
aspirantes cumplan con los requisitos correspondientes a la Convocatoria.
-Si tras el período de
presentación de solicitudes quedaran plazas sin asignar, por no recepcionarse
el total de las plazas existentes (90) se ampliará de oficio el plazo de
presentación de solicitudes, el cual se publicará mediante el Boletín Oficial
de la Ciudad para crear conocimiento, a fin de cubrir las plazas que pudieran
quedar vacantes, hasta cubrir el total de las mismas. Asimismo, se tendrán en
cuenta las listas de espera establecidas, si existieran.
6.- La empresa adjudicataria
del servicio, se hará cargo de la inscripción de todos aquellos alumnos que
resulten beneficiarios en la presente convocatoria , haciéndose cargo de toda
la programación., asignación de los beneficiarios a los turnos, etc.
5.- MARCO NORMATIVO.
-
Constitución Española de 1978.
-
Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía
de Melilla.
-
Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
-
Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
-
Acuerdo del Consejo de Gobierno de distribución de competencias de 19 de
diciembre de 2019 (BOME extraordinario núm. 43 de igual fecha).
-
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
-
Decreto de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en su apartado 7.2.3 corresponde a la Consejería de
Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor, entre otras, la
competencia en materia de desarrollo el “Desarrollo político, económico, social, cultural,
deportivo y artístico de la juventud”,
y
concretamente, en virtud de lo dispuesto en el punto e) de dicho apartado, la
elaboración de programas de desarrollo e integración de la juventud.
artículo
33.5 del vigente Reglamento.
6.- FASES DE EJECUCIÓN.
I. Confección de la Convocatoria
para la selección de los beneficiarios del programa:
-
Descripción: Elaboración de la
Convocatoria del Programa.
-
Órgano responsable/ejecutor: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor apoyado por la Dirección
General de Juventud y el Mayor.
II.
Selección de los beneficiarios
del Programa:
-
Descripción: Selección de los
beneficiarios del Programa, ajustándose a lo establecido en la Convocatoria.
-
Órgano responsable/ejecutor: Dirección General de
Juventud y el Mayor.
-
Órgano resolutorio: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.
III.
Contratación de los servicios
suficientes e idóneos para el PROGRAMA:
-
Descripción: Contratación de los
distintos servicios programados.
-
Órgano responsable/ejecutor: Dirección General de
Juventud y el Mayor.
-
Órgano resolutorio: Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana,
Familia y Menor.
IV.
Desarrollo de las actividades.
-
Descripción: Ejecución/ realización del programa.
-
Órgano responsable/ejecutor: Empresa contratada. Supervisión por la
Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.
7.- RESPONSABLES DE EJECUCIÓN. La responsabilidad de la ejecución del
presente programa recae sobre:
-
El Consejero de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor en lo referente a
la aprobación del Programa.
-
La Dirección General de Juventud y el Mayor, en lo referente a la
ejecución del Programa, el apoyo administrativo y coordinación general del
programa, en lo referente a la recepción de instancias y publicación de las
listas de beneficiarios.
8.- LUGAR, FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1.- Las solicitudes,
debidamente formalizadas, se registrarán en la red de Oficinas de Información y
Atención al Ciudadano de la Ciudad (OIAC), en la sede electrónica de la ciudad,
(www.sede.melilla.es) en el apartado registro
electrónico, catálogo de tramites, seleccionando el trámite denominado CONVOCATORIA PARA TALLERES
URBANOS SOLIDARIOS, MELILLA 2021, o en cualquiera de las formas establecidas en el
artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2.- Las solicitudes se
formalizarán en modelo oficial (www.melilla.es), y deberán ser firmadas y
cumplimentadas en su totalidad acompañada de la siguiente documentación
(ANEXO):
2.1
Fotocopia de documento acreditativo de la identidad del participante. (
DNI del menor)
2.2
Autorización del padre/madre o tutor/a legal debidamente cumplimentada y
firmada (para participar en el programa)
2.3
Fotocopia del documento acreditativo de la identidad, en vigor, del
padre/madre o tutor/a legal que firme la autorización
2.4
Fotocopia del Carné Joven Europeo en vigor, en su caso.
2.5
Fotocopia del Libro de Familia Numerosa en vigor, en su caso.
2.6
Certificado de residente, en vigor, (certificado de empadronamiento).
2.7
En el caso de pertenecer al colectivo de exclusión social u otros, acreditación de dicha situación por el órgano
competente.
2.8
Certificado de IRPF.
3.- El plazo para presentar
las solicitudes será de DIEZ DÍAS naturales a partir del día siguiente a la publicación del programa de la presente
convocatoria.
9.- SELECCIÓN
Se procederá a la
adjudicación de las plazas mediante riguroso orden de registro de entrada de la
solicitud y de acuerdo con los requisitos mínimos establecidos en la presente.
10.- PROCEDIMIENTO
1.- El Secretario Técnico de
la Consejería hará de instructor en presente procedimiento realizando cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales podrán participar en el
programa.
2- Comprobadas las
solicitudes, procederá a requerir que subsanen las deficiencias y se aporten
los documentos de los que carezcan en el plazo de diez días naturales.
De conformidad con el
artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la
presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada
ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la
presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien
directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que
pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Melilla 21 de junio de 2021,
El Consejero de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor,
Mohamed Ahmed Al Lal