ARTÍCULO Nº 725 (CVE: BOME-A-2021-725) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5876 - viernes, 9 de julio de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
Orden nº 809 de fecha 4 de julio de 2021, relativa a no sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinario el proyecto de nuevas instalaciones de gestión de residuos del vivero municipal de Melilla.
RESOLUCIÓN DE NO SOMETIMIENTO A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ORDINARIO EL PROYECTO DE NUEVAS INSTALACIONES DE GESTIÓN DE RESIDUOS DEL VIVERO MUNICIPAL DE MELILLA
Por Orden del Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad de 4 de julio de 2021, registrada al Número 20211000809 del Libro de Resoluciones No Colegiadas, se DISPONE:
- No someter a Evaluación de Impacto Ambiental ordinario el proyecto de NUEVAS INSTALACIONES DE GESTIÓN DE RESIDUOS DEL VIVERO MUNICIPAL DE MELILLA, mediante la emisión del presente informe de impacto ambiental, siempre y cuando se tengan en cuenta las medidas correctoras y preventivas incluidas en la documentación técnica aportada.
Remítase al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, para su publicación, en virtud de los dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 8 de diciembre de evaluación ambiental.
El presente informe de impacto ambiental que determina que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos en el mismo establecidos, perderá su vigencia y cesará su producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de 4 años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Notifíquese al interesado.
De acuerdo con el artículo 47.6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el presente informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan por vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto
En link adjunto se puede consultar el informe técnico emitido.
PTS_M_0007 |
Informe Técnico |
Melilla, 5 de julio de 2021,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,
Juan Luis Villaseca Villanueva