ARTÍCULO Nº 725 (CVE: BOME-A-2021-725) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5876 - viernes, 9 de julio de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD


Orden nº 809 de fecha 4 de julio de 2021, relativa a no sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinario el proyecto de nuevas instalaciones de gestión de residuos del vivero municipal de Melilla.

BOME-P-2021-2237 Descargar página

RESOLUCIÓN DE NO SOMETIMIENTO A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ORDINARIO EL PROYECTO DE NUEVAS INSTALACIONES DE GESTIÓN DE RESIDUOS DEL VIVERO MUNICIPAL DE MELILLA

 

Por Orden del Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad de 4 de julio de 2021, registrada al Número 20211000809 del Libro de Resoluciones No Colegiadas, se DISPONE:

 

- No someter a Evaluación de Impacto Ambiental ordinario el proyecto de NUEVAS INSTALACIONES DE GESTIÓN DE RESIDUOS DEL VIVERO MUNICIPAL DE MELILLA, mediante la emisión del presente informe de impacto ambiental, siempre y cuando se tengan en cuenta las medidas correctoras y preventivas incluidas en la documentación técnica aportada.

 

Remítase al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, para su publicación, en virtud de los dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 8 de diciembre de evaluación ambiental.

 

El presente informe de impacto ambiental que determina que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos en el mismo establecidos, perderá su vigencia y cesará su producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Melilla, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de 4 años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

 

Notifíquese al interesado.

 

De acuerdo con el artículo 47.6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el presente informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan por vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto

 

En link adjunto se puede consultar el informe técnico emitido.

 

PTS_M_0007

Informe Técnico

13523611767773576565

 

 

Melilla, 5 de julio de 2021,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva