ARTÍCULO Nº 765 (CVE: BOME-A-2021-765) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5880 - viernes, 23 de julio de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de julio de 2021, relativo a modificación del plan estratégico de subvenciones.
El Consejo de Gobierno, en
sesión ejecutiva Extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 19 de
julio de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO
SEGUNDO.-
MODIFICACIÓN
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES CONSEJERIA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO.- El
Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio, que literalmente dice:
“
Con fecha 13 de marzo de
2021 se publica en el BOE núm. 62 el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo,
de “medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a
la pandemia de COVID-19”. En el artículo 2.4 del citado R.D. Ley se establece:
“4. Las Comunidades Autónomas y
las Ciudades de Ceuta y Melilla realizarán las correspondientes convocatorias
para la asignación de las ayudas directas a los destinatarios sitos en sus
territorios, asumirán la tramitación y gestión de las solicitudes, así como su
resolución, el abono de la subvención, los controles previos y posteriores al
pago y cuantas actuaciones sean necesarias para garantizar la adecuada
utilización de estos recursos, de acuerdo a lo previsto en la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo
reglamentario.”
En el BOE num. 73, de 26 de
marzo, se publica la Orden del Ministerio de Hacienda HAC/283/2021, por la que
se concretan los aspectos necesarios para la distribución definitiva, entre las
Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, de los recursos de la
Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas prevista en el Título I
del Real Decreto-ley 5/2021. En su apartado 2.a) se asigna a la Ciudad Autónoma
de Melilla, la cuantía de 12.271.000,00 €.
En el BOME número 5862, de
21 de mayo de 2021, se publica el
Decreto del Consejo de Gobierno, de modificación del Decreto de
distribución de competencias entre las Consejerías, para la atribución a la
consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la tramitación de las subvenciones
concedidas en virtud de la línea COVID de ayudas directas a autónomos (empresarios
y profesionales) y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del
endeudamiento del sector privado, creada por el real decreto-ley 5/2021, de 12
de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en
respuesta a la pandemia de la COVID-19. Esta modificación añade un nuevo
apartado dentro del epígrafe 3.2, de las Competencias de la Consejería de
Hacienda, Empleo y Comercio, con el siguiente tenor literal:
“3.2.8. Tramitación de la
concesión de subvenciones otorgadas mediante la Línea Covid de ayudas directas
a autónomos y empresas del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas
extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia
de la Covid-19.
a)
Corresponderá a la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, a través
de la Dirección General de Empleo y Comercio, la realización de las
correspondientes convocatorias para la concesión de las ayudas directas a los
destinatarios ubicados en su territorio.
b)
Igualmente, se encargará de la tramitación, gestión y resolución de las
solicitudes, del abono de las ayudas y de los controles previos y posteriores
al pago.
c)
Asimismo le corresponderá el seguimiento y control de la correcta
utilización de las ayudas directas por parte de los destinatarios finales.
d)
A estos efectos, podrá disponer de los medios que se consideren
necesarios. Concretamente y únicamente para la tramitación de los
procedimientos mencionados en este epígrafe, la sociedad pública
PROYECTO MELILLA, S.A. se
considerará adscrita directamente a la Consejería de Hacienda, Empleo y
Comercio. Asimismo, la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio podrá
proveerse de medios mediante mecanismos de contratación pública.”
El BOE núm. 145 de 18 de
junio de 2021, publica el Convenio entre
el Ministerio de Hacienda, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la
Ciudad de Melilla, en aplicación de lo establecido en el artículo 4.4 del Real
Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la
solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. En el referido
Convenio, la Ciudad Autónoma de Melilla se compromete entre otros a suministrar
información detallada sobre las convocatorias realizadas y los resultados de
las mismas, en los siguientes términos:
a)
La Ciudad remitirá al Ministerio de Hacienda una relación de las
resoluciones de las ayudas concedidas en aplicación del Título I del Real
Decreto-ley 5/2021 y de las convocatorias de ayudas que se produzcan en
desarrollo de dicha disposición. Asimismo, se remitirá información sobre los
pagos o transferencias a los beneficiarios y los eventuales reintegros que se
produzcan.
Estas relaciones incluirán,
al menos, información sobre la convocatoria que da soporte a cada ayuda, la
identificación del beneficiario y su naturaleza, el código CNAE acreditado
según el artículo 3.5 del Real Decreto-ley 5/2021 o el código CNAE principal
dentro de los determinados por la normativa que regula la concesión de las
ayudas, la aplicación presupuestaria de los presupuestos autonómicos con cargo
a la cual se hacen efectivas las ayudas, la fecha de resolución y el importe de
la ayuda concedida, así como las fechas e importes de los pagos efectivos al
beneficiario, y, en su caso, la fecha de la resolución de reintegro, su importe
y las fechas e importes en los que los mismos se hacen efectivos por parte del
beneficiario, así como de las fechas e importes de los reintegros que se
realicen a la Administración General del Estado.
b)
La información se remitirá por la Ciudad al Ministerio de Hacienda que
gestionará dicha información en especial colaboración con la Agencia
Tributaria, en particular en cuanto a la gestión de los datos remitidos, los
cuales podrán alojarse en sus servidores además de en los del propio
Ministerio.
c)
El Ministerio de Hacienda podrá solicitar a la Ciudad cuanta información
adicional considere necesaria sobre la gestión de las convocatorias de las
ayudas y los resultados de las mismas.
Por todo lo anterior y de
conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al
Consejo de Gobierno lo siguiente.
Visto la necesidad de modificar el Plan
Estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, con objeto de
tramitar la convocatoria de Ayudas Directas a empresas reguladas en el R.D. Ley
5/2021, procede la inclusióin de una nueva línea de subvención de la Consejería
de Haciena, Empleo y Comercio con el siguiente contenido:
-
OBJETIVO
ESTRATÉGICO: Colaborar en la recuperación económica de las
empresas de la C.A. de Melilla con la consiguiente creación de empleo, apoyado
la solvencia del sector privado, mediante la provisión a las empresas y
autónomos de ayudas directas de carácter finalista, financiadas por el Gobierno
de España, que permitan satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y
otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes incurridos
por los autónomos y empresas consideradas elegibles, según de establece en el
R.D. ley 5/2021.
-
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS: Esta línea de ayudas directas va dirigida a los
autónomos y empresas con sede social en territorio español, cuyo volumen de
operaciones anual en 2020 haya experimentado una caída superior a un 30 por 100
con respecto a 2019 y cuya actividad esté incluida en alguno de los códigos de
la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) previstos en el
Anexo I del Real Decreto-Ley 5/2021 o en los que añadan las Comunidades
Autónomas al haberse visto particularmente afectada en el ámbito de su
territorio. Estas obligaciones deberán haberse generado entre el 1 de marzo de
2020 y el 31 de mayo de 2021 y proceder de contratos anteriores a la fecha de
entrada en vigor del Real Decreto-Ley, el 13 de marzo de 2021. Estas ayudas
estarán en todo caso sujetas al compromiso de mantenimiento de actividad de las
empresas y no reparto de dividendos, con el fin de garantizar que llevan
efectivamente a un refuerzo de la solvencia y a una mayor capacidad de
producción y empleo en el contexto de la recuperación económica.
-
ÁREA
DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio.
-
CENTRO
GESTOR:
Dirección General de Empleo y Comercio.
-
SECTOR
AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Se considera actividad subvencionable, a los efectos del presente
programa, la realización de una actividad económica incluida en la
Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) previstos en el
Anexo I del Real Decreto-Ley 5/2021 o en los que añadan en la Convocatoria al
haberse visto particularmente afectada en la
Ciudad Autónoma de Melilla, por la empresas con sede social en
territorio español y que desempeñen esta actividad en esta Ciudad Autónoma.
-
OBJETIVO
Y EFECTOS QUE SE PRETENDE OBTENER: Apoyar
la solvencia de las empresas que realizan una actividad económica en la Ciudad
Autónoma de Melilla que permitan satisfacer la deuda y realizar pagos a
proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, lo que
contribuirá al mantenimiento de numerosos puestos de trabajo.
-
PLAZO
NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
En un
primer plazo, las ayudas deberán resolverse antes del 31 de diciembre de 2021.
Con posterioridad, deberán de mantenerse los compromisos inherentes a este
programa de ayudas, y ser comprobadas las mismas por el órgano gestor, por lo
que la finalización por completo del programa se estima en el 15 de julio de
2024.
-
COSTES
PREVISIBLES EJERCICIO 2021: 12.271.000,00 Euros.
-
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA: Aplicación presupuestaria 2021 02
43000 47900 “AYUDAS COVID-19 R.D. LEY 5/2021”.
-
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: Financiadas al 100% por el Gobierno de España, Ministerio de Hacienda.
-
PLAN
DE ACCIÓN:
se prevé los siguientes:
a.- Subvención de ayudas
directas a los beneficiarios.
b.- Forma de concesión:
Convocatoria.
c.- Mecanismo de aplicación:
Actuará como Bases reguladoras el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, “de medidas extraordinarias de apoyo a la
solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19”, y en concreto su Título I,
“Línea Covid de
ayudas directas a autónomos y empresas”, así como en lo no establecido en el mismo, la
Orden de Convocatoria.
-
SEGUIMIENTO
Y EVALUACIÓN:
Evaluación mediante comprobación por la oficina dependiente de la Dirección
General de Empleo y Comercio de los importes otorgados con los justificantes de
gastos previstos en el R.D. Ley 5/2021 y su normativa de desarrollo, así como
en la Orden de Convocatoria. También deberá de realizarse un seguimiento del
mantenimiento de las condiciones establecidas para los beneficiarios en el R.D.
Ley 5/2021.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de
la Dirección General de Empleo y Comercio.
-
EVALUACIÓN: Oficina de la Dirección
General de Empleo y Comercio.
Melilla 20 de julio de 2021,
El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany